- Dr. Emiliano Herrera
- General
- 28 febrero 2022
Te contamos qué tipos de testamentos existen en la Argentina, y cuáles son los requisitos para su validez
¿Qué es un testamento?
Un testamento es un acto personalísimo de última voluntad, que es esencialmente revocable y que dispone de los bienes o de parte de los bienes después del fallecimiento.
Además puede contener disposiciones extra patrimoniales, como por ejemplo: la donación de órganos, la disposición del cuerpo después de la muerte, el reconocimiento de hijos de manera póstuma, nombrar al tutor para los menores, entre otras.
La posibilidad de hacer un testamento se encuentra limitada si hay herederos forzosos. Lo que no significa que no se puede hacer, sino que hay una limitación respecto a qué porcentaje de los bienes uno puede disponer por medio de un testamento. Existiendo herederos forzosos, sería un tercio de los bienes los que se pueden disponer.
Forma del testamento:
El testamento es un acto solemne, lo que significa que tiene una forma dispuesta, en este caso la forma escrita.
Sí o sí tiene tener la forma escrita para cualquiera de los tres tipos de testamento que establece el Código Civil y Comercial.
Tipos de testamento:
Según nuestra ley tenemos tres tipos:
- el testamento ológrafo
- el testamento por acto público
- y el testamento consular
Testamento ológrafo
El testamento ológrafo es el testamento más sencillo de hacer ya que requiere menos gastos. Es el testamento que se hace íntegramente de puño y letra y que tiene la fecha y la firma.
Cada uno de estos elementos es un elemento esencial y sin el cual ese testamento es nulo.
No podemos hacerlo por máquina escribir o por computadoras sino que tiene que estar escrito íntegramente la totalidad del texto por el puño y letra del testador.
Respecto a la fecha, también es un elemento esencial y hay mucha jurisprudencia al respecto: lo importante es que esté determinada de alguna manera se puede determinar cuál es la fecha en que se otorgó ese testamento. Esto es importante por la posibilidad de revocar ese testamento con un testamento o un acto posterior o por un matrimonio posterior.
A su vez, el otro elemento es la firma, el testamento tiene que estar firmado de la manera que habitualmente firma la persona.
Testamento por acto público
El testamento por acto público se hace ante un escribano con la presencia de dos testigos. La ventaja de este tipo de testamento respecto al ológrafo es que se logra una mayor seguridad ya que el ológrafo es posible falsificarlo o que se pierda o sea destruido. Pero a la vez tiene un costo muchísimo mayor y puede ser susceptible de nulidad si no se cumplen los requisitos que establece la ley.
Testamento consular
El testamento consular igualmente requiere la presencia de una autoridad que sería un encargado de negocios, un ministro plenipotenciario, y dos testigos y tiene todo un procedimiento para que ese testamento tenga validez.
Como vemos, hacer un testamento no tiene mayores complejidades, si hay que tener en cuenta los requisitos que mencionamos y que te contamos en el video que sigue a continuación.
Si tiene alguna duda si quiere planificar su sucesión, consúltenos que podemos ayudarle en todo lo que es la planificación patrimonial.
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