l 23/01/2009 se publicó la ley 26.474 que modifica la LCT en los siguientes puntos:

Ley de contrato de trabajo. Contrato a tiempo parcial. Modificación.

Se modifica la ley de contrato de trabajo en relación al contrato a tiempo parcial –art. 92 ter L. 20744-.En tal sentido se incorporan los siguientes conceptos:

• Si la jornada pactada supera los 2/3 de la jornada habitual de la actividad, el empleador deberá abonar la remuneración correspondiente a un trabajador de jornada completa.

• La violación del límite de jornada establecido para el contrato a tiempo parcial, generará la obligación del empleador de abonar el salario correspondiente a la jornada completa para el mes en que se hubiere efectivizado la misma, ello sin perjuicio de otras consecuencias que se deriven de este incumplimiento.

• Los aportes y contribuciones para la obra social serán los que corresponda a un trabajador, de tiempo completo de la categoría en que se desempeña el trabajador.

• Los convenios colectivos de trabajo determinarán el porcentaje máximo de trabajadores a tiempo parcial que en cada establecimiento se desempeñarán bajo esta modalidad contractual.

Leave a Comment

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Herrera & Flamenco Abogados

El Estudio Jurídico tiene sede en la ciudad de Córdoba en la oficina ubicada en la calle Arturo M. Bas 136 piso 6 of. C. Está conformado por un equipo de profesionales caracterizado por su capacitación, y el compromiso con sus clientes para darles los mejores resultados posibles. Brindamos atención personalizada a todos y cada uno de nuestros clientes. Consultas al teléfono: (0351) 7724728 o al correo herreraflamencoabogados@gmail.com