Juicio de usucapión
Ocupás el inmueble hace años y no tenés título. Prueba de la posesión, plano de mensura y trámite hasta inscribir el dominio a tu nombre.
Consultar este casoUsucapión, escrituración y saneamiento de títulos en Córdoba. Te decimos si tu caso da para iniciar, qué te falta y cuánto sale la consulta — antes de que vengas al estudio.
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El síntoma suele ser el mismo —hace años que el inmueble es tuyo y el papel no lo dice—, pero la causa no. Qué falta y contra quién hay que ir cambia en cada caso, y elegir mal cuesta tiempo y dinero.
Ocupás el inmueble hace años y no tenés título. Prueba de la posesión, plano de mensura y trámite hasta inscribir el dominio a tu nombre.
Consultar este casoSos coheredero o condómino y hace años que ocupás el inmueble como propio, excluyendo a los demás. Para usucapir contra ellos hay que probar que cambiaste de título, y eso tiene requisitos propios.
Consultar este casoPagaste todo y nunca te escrituraron. Intimación fehaciente para poner en mora y demanda para que se otorgue la escritura.
Consultar este casoAnotar la posesión en el Registro Personal de Poseedores de Córdoba la hace oponible a terceros y bloquea que otro registre la misma parcela. El trámite está exento de tasas y sellados. Es el paso previo que casi nadie da.
Consultar este casoMucha gente llega pidiendo una usucapión sin saber todavía si es lo que corresponde. Por eso no empezamos por la demanda: empezamos por leer los papeles y ver qué hay.
Boleto, recibos, impuestos a tu nombre, mejoras que hiciste. Lo que haya. Por WhatsApp, sin formularios largos.
Y qué prueba te falta para que el juicio tenga chances reales. A veces el camino es más corto de lo que pensabas.
Honorarios y gastos del juicio, detallados. Recién ahí decidís si seguís.
Sabemos que el precio de una consulta no se pregunta. Por eso te lo decimos sin que tengas que pedirlo.
¿Y el juicio, cuánto sale? No lo fija el abogado: lo fija la Ley 9459. El art. 64 manda aplicar la escala del art. 36 sobre el valor real y actual del inmueble, con un piso de 100 JUS por toda la primera instancia — y si el inmueble es tu vivienda única, la base de cálculo es más favorable. Cómo se calcula, en detalle →
Sí, se empieza igual. El plano firmado por agrimensor y visado por Catastro es un requisito del juicio, pero no hace falta tenerlo el primer día: se puede encargar mientras se reúne la prueba de la posesión. En la consulta te decimos si conviene hacerlo antes o después.
No frena la usucapión. El juicio se dirige contra quien figura en el Registro y, si falleció, contra sus herederos. Cambia el modo de notificar y suele sumar tiempo, pero no impide la acción. Es de los escenarios más frecuentes.
No hay precio fijo porque no lo fija el abogado: lo fija la Ley 9459 según el valor real y actual del inmueble, con un piso de 100 JUS. Si es tu vivienda única, la base es más favorable. La consulta inicial sí tiene precio cerrado: $50.000.
No prometemos plazos, porque depende de cosas que no controla el abogado. Lo acelera tener el plano aprobado, que el titular registral esté vivo y ubicable, y que no aparezca oposición. Lo demora lo contrario, y las medidas preparatorias.
Se puede, pero no alcanza con ocuparla. Como empezaste poseyendo en nombre de todos, hay que probar la interversión del título: actos concretos y públicos que muestren que pasaste a poseer para vos, excluyendo a los demás, y desde cuándo. Es el punto donde se caen la mayoría de estos juicios.
En general sí, y casi nadie lo hace. La Ley 9150 creó el Registro Personal de Poseedores de Córdoba: la inscripción es oponible a terceros y, una vez registrada una posesión, no puede registrarse otra sobre la misma parcela. Los trámites están exentos de tasas, aportes y sellados, y si acreditás que no tenés medios, el plano de mensura lo hace el Estado provincial. Tené en cuenta que desde el 1 de enero siguiente a la inscripción los impuestos de la parcela empiezan a correr a tu nombre.
Sí, en toda la provincia. Para inmuebles en otras provincias coordinamos con colegas de esa jurisdicción: la usucapión tramita ante el juez del lugar donde está el inmueble.
Si preferís escribir antes de llamar, dejanos los datos y te respondemos nosotros.