- Dr. Emiliano Herrera
- General
- 20 abril 2021
Lo ayudamos con sus trámites jubilatorios. Póngase en contacto con nosotros para facilitar todos sus trámites previsionales.
Prestación previsional que corresponde si alcanzaste la edad y años de servicios con aportes que exige la ley.
- 30 Años de trabajo con aportes.
- Edad de la persona. Mujeres 60 años. Hombres 65 años
Existen dos tipos de moratorias vigentes para adherirte y completar los aportes faltantes.
IMPORTANTE: Para que una persona pueda acceder a las moratorias vigentes, Anses realiza una evaluación socioeconómica, se consideran los ingresos, patrimonio, gastos y consumos.
Documentación necesaria:
- Si sos argentino: DNI.
- Si sos extranjero: DNI, Pasaporte u otra documentación oficial que acredite el ingreso al país.
- Contar con CLAVE DE SEGURIDAD SOCIAL expedida por ANSeS.
- Tener generada su CLAVE FISCAL que se tramita en forma presencial en AFIP.
Prestación que corresponde a los docentes y cumplen con los siguientes requisitos:
– Mujeres 57 años. Hombres 60 años de edad.
– 25 años de servicios, de los cuales al menos 10 deben haber sido al frente de estudiantes.
Prestación para trabajadores que por cuestiones físicas o intelectuales, están imposibilitados/as para desempeñar cualquier actividad compatible con su profesión.
Corresponde a:
- Trabajadores/as en relación de dependencia.
- Trabajadores/as autónomos/as.
Requisitos:
- Que una junta médica determine que esas cuestiones físicas o intelectuales impidan en un 66% desempeñar sus actividades.
- No haber alcanzado la edad y los años de aportes establecidos para acceder a la jubilación ordinaria.
Cumplir con la condición de aportante regular o aportante irregular con derecho.
Prestación que otorga ANSES a las personas mayores de 65 años que no cuentan con ninguna jubilación o pensión.
Requisitos:
- Tener 65 años o más.
- Contar con los datos personales y relaciones familiares actualizados.
- Ser argentino/a originario/a o argentino/a naturalizado/a con 10 años de residencia en el país anteriores a la solicitud.
- Si es extranjero/a deberá tener una residencia mínima de 20 años.
- No cobrar ni tener derecho a ninguna jubilación o pensión de un organismo nacional o de cajas o institutos provinciales o municipales, ni seguro de desempleo.
- Mantener la residencia en el país una vez solicitada la pensión.
Beneficios:
» Cuentan con cobertura de salud y servicios de PAMI.
» Pueden acceder al crédito ANSES.
Prestación que se puede solicitar ante el fallecimiento de un trabajador para que su grupo familiar pueda continuar con la cobertura de seguridad social.
Corresponde a los/as siguientes parientes del trabajador fallecido en actividad:
- Cónyuge.
- Hijos solteros hasta los 18 años que no perciban otra prestación o con discapacidad sin límite de edad.
Para acceder a la prestación, el trabajador fallecido debe haber cumplido con la condición de aportante regular o irregular con derecho.
Si se realiza el trámite durante el primer año de ocurrido el fallecimiento, se pagará lo que corresponda desde el día posterior al fallecimiento del/de la titular.
El fallecimiento de un jubilado otorga a sus familiares el derecho a cobrar una pensión derivada de su jubilación.
Corresponde:
- Viudo/a (cónyuge o concubino/a).
- Hijos solteros de hasta 18 años (que no perciban otra prestación).
- Hijos con discapacidad sin límite que al momento de la muerte del jubilado que se encontraba a su cargo e incapacitado para trabajar.
Por consultas contáctenos por whatsapp al 3515638572 o déjenos un mensaje a través de este formulario y nos contactaremos a la brevedad
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