En nuestro reciente video del canal de Youtube, el Dr. Emiliano Herrera, integrante de nuestro estudio, comparte valiosos consejos sobre las posesiones y responde a algunas de las preguntas más frecuentes que recibimos. A continuación, te presentamos un breve resumen del contenido del video para que puedas conocer de qué se trata y te animes a verlo completo.

¿Es necesario hacer la compra de derechos posesorios por escritura pública o es suficiente un instrumento privado? El Dr. Herrera explica que ambas formas son válidas. Sin embargo, una escritura pública proporciona mayor seguridad ya que en caso de pérdida, siempre se puede obtener un segundo testimonio del escribano. Por otro lado, si se pierde un instrumento privado con firma certificada, se pierde el elemento probatorio de la operación.

¿Cuál es la función del escribano en estas operaciones? El escribano da fe de lo que sucede frente a él. No puede certificar la veracidad de la información proporcionada por el vendedor, como los años de posesión. Por eso, es crucial acompañar la operación con pruebas y testimonios que acrediten la posesión mencionada.

Importancia de un estudio de títulos y antecedentes El Dr. Herrera sugiere realizar un estudio de títulos, preferiblemente a cargo del abogado que intervendrá en un eventual juicio de usucapión, para asegurar la validez y seguridad de la compra.

Mitos sobre el pago de impuestos y la posesión Es común creer que pagar 20 años de impuestos retroactivamente otorga 20 años de posesión, lo cual no es cierto. La posesión se basa en la disposición material del terreno durante el tiempo declarado, no en el pago de impuestos atrasados.

En el video, se abordan otros aspectos cruciales sobre la compra de posesiones y se ofrece una guía práctica para quienes estén considerando esta opción.

Te invitamos a ver el video completo para obtener más detalles y aclarar tus dudas. También puedes dejarnos tus preguntas en los comentarios, escribirnos por WhatsApp, o coordinar una consulta personalizada.

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