En este artículo vamos a explicar en qué consiste una Declaratoria de Herederos y cómo hacer para iniciarla. Si necesita ayuda puede contactarnos y le responderemos a la brevedad

¿Qué es la Declaratoria de Herederos? ¿Para qué sirve?

La declaratoria de herederos es una resolución dictada por un juezpor la cual se reconoce el carácter de heredero universal a una o varias personas. Se declara que una o varias personas son las herederas del fallecido. Se necesita previo a realizar la sucesión o en caso de querer vender los bienes del causante.

¿Cómo se inicia?

Se hace una presentación judicial, por medio de un abogado, en el cual se declaran quienes son los herederos, se denuncian sus domicilios si son conocidos y se acompaña toda la documentación que acredite el vínculo de parentesco.

¿Cuándo es necesario hacer una declaratoria de herederos?

Cuando han quedado bienes registrables  es necesario hacer una declaratoria de herederos para poder cambiar de titularidad registral, ya sea a  los herederos o para venderlos a terceros. Por lo cual, si existen automotores, inmuebles u otros bienes registrables, se debe hacer la declaratoria para poder transferirlos.

El lugar donde debe iniciarse el juicio:

La declaratoria de herederos hay que iniciarla en la ciudad  donde tenía su último domicilio el fallecido.

¿Qué documentación se necesita para iniciar la declaratoria de herederos?

Toda la necesaria para acreditar la defunción y el vínculo con los herederos, en general es la siguiente:

  • Certificado de defunción
  • Acta de matrimonio
  • Partida de nacimiento

En caso de herederos testamentarios se debe acompañar el testamento.

¿Quienes pueden iniciarla?

1) El cónyuge, los herederos y legatarios (cualquiera de ellos)

2) El albacea;

3) Los acreedores de los herederos o de la sucesión (para cobrarse sus deudas);

4) Todos los que tengan en la sucesión algún derecho declarado por las leyes.

¿Cuáles son los gastos que insume el trámite?

Al iniciar el trámite Tasa de Justicia y Caja de abogados se pagan por monto indeterminado y ese pago se toma a cuenta del pago por el valor de los bienes. Una vez denunciados los bienes, hay que abonar un 2% del valor de los mismos (se toma la base imponible de rentas para su valuación) en concepto de Tasa de justicia y un 1% de Caja de Abogados. A esto debe sumársele otros gastos menores, como la Publicación de edictos y el oficio de inscripción en el registro de Juicios Universales.

Tiene más dudas? Contáctenos a través del siguiente formulario y le responderemos rápidamente

2.004 Comments

  • Pedro

    Dr. mi consulta es la siguiente: mis padres fallecieron unos hace 7 años y otro hace 3, ellos tenían 2 propiedades en pcia, 2 vehículos y una propiedad en Uruguay. Aun estamos con el tramite de sucesión, Mi familia y yo estamos viviendo en una de las propiedades con la intención de cuando se vendan el resto podamos llegar a quedarnos con ella, como todo se demora uno de mis hermanos quiere cobrarnos el alquiler (su posición económica en buena). que podemos hacer? ya que su única intención es el dinero que surga de la venta de todo? nosotros vivimos al día con mi sueldo y el de mi señora. Muchas gracias

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Pedro: su hermano está en condiciones legales de solicitarles un alquiler por el uso de la vivienda que es de todos. Una vez que fije el canon el juzgado van a empezar a deber ese monto mensualmente, y posiblemente se pueda descontar luego del producido de los bienes.

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  • Maria Nuñez

    Hola Dr. mi familia inicio una sucesion hace 14 años y despues se cambio el profesional, ahora nos decidimos a terminarla y el abogado no se encuentra bien de salud y se demora demasiado , mi pregunta es: si cambiamos nuevamente tenemos que pagar mas honorarios?, o los que regule el juez se dividiran en 3 de acuerdo a la labor realizada por cada uno?
    muchas gracias

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      María: si, se dividen de acuerdo a las etapas que haya realizado cada profesional.

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  • Susana

    Estimado Dr. deseo saber que costo aproximado tiene una declaratoria de herederos, mis padres fallecieron, somos dos hermanas y yo deseo que la casa sea de mi hna. quien cuido a los viejitos hasta su muerte. Muchas gracias

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  • Claudio

    Buenas tardes. Somos dos hermanos, nuestra madre fallecio hace siete años, nuestro padre se ha vuelto a casar sin que supieramos del echo, amos a iniciar declaratoria de herederos pero deseariamos saber si en caso de sucederle algo a nuestro padre su nueva esposa o hijos les cabe recibir parte de los bienes de la fallecida. Muchas gracias.

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Claudio: no, no les corresponde. Solamente en un futuro les puede corresponder como herederos de su padre.

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  • Lau

    Buenas tardes queria consultar la propiedad esta a nombre de mis abuelos, mi abuela falleció eL 25% es mio porq mi papá tmb falleció, después de hacer la sucesión y todo eso, se puede cobrar ese 25, de donde lo cobro porque en la propiedad sigue mi abuelo,
    Muchas gracias

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Lau: el cónyuge supérstite tiene derecho de habitación, por lo cual no pueden vender la casa,hasta que su abuelo decida dejar de habitarla.

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  • aris

    Hola mire mi papa fallecio hace 20 años yo vivo en la casa k dejo la havito desde hace tres años mi tia kedo d alvasea segun mi mama el nombre mio y de m hermano aparesen en la escritura k puedo hacer xk kisiera sacr mi escritura pero no tengo ni.gun documento espero m pueda ayudar

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Aris: las consultas que contestamos son en base al derecho argentino, no podemos contestar sobre derecho mexicano.

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  • Maira

    Buenos días, Dr Herrera. Mi madre falleció en 2011 y durante el año pasado mi hermana empezó la sucesión de un inmueble que estaba a nombre de mi madre. Para presentarme a reclamar mi derecho debía ir con abogado, no tenía trabajo y no pude pagar uno. Se pasaron los 30 días del llamado a herederos, y ahora el inmueble quedo a nombre de mi hermana. puedo hacer aún algo?? el mismo esta en la provincia de Entre Ríos. Gracias.

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Maira: si, mientras no haya sido vendido a un tercero de buena fe, usted puede incorporarse como heredero.

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  • DANIELITO

    mi papa adquirio un terreno en 1990 de 8 hectareas con sus respectivas colindancias y mojones pero ahora lo quiere vender pero al medirlo nuevamente salieron 14 hectareas en total y un vecino con quien colinda mi papa lo quiere agandallar manifestando que el terreno sobrante le corresponde, teniendo mas de 20 años citado terreno con mi papa y nadie lo a molestado, ni ha reclamado nada..

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Danielito: este blog es sobre derecho argentino, no le puedo contestar en base al derecho mexicano.

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  • susana

    MI CONSULTA ES .TENGO QUE HACER UNA DECLARATORIA DE HEREDEROS PARA ESCRITURAR UNA VIVIENDA FONAVI EN ROSARIO , SOY COTITULAR Y MI EX ESPOSO FALLECIO EL ESTABA RADICADO EN RECONQUISTA TENIA SU DOMICILIO ALLI .TENGO QUE INICIARA EN RECONQUISTA??

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  • gaby

    los padres de mi esposo fallesieron y ya se iso la siseciòn, son 5 los herederos, uno de ellos vive en la casa en cuestion.. mi marido quiere vender esa casa pero los otros herederos no quieren vender pero asu vez no le permiten que ni siquiera entre a la casa,, que puede hacer el para que ellos vendan o le paguen a el la parte que le corresponde de esa casa ya que no quieren vender ni dejan que el tome pocesòn de esta…gracias

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Gaby: cualquiera de los herederos o condóminos puede pedir la partición de la cosa en común, incluso llegando a la venta forzosa del bien si no hubiere acuerdo entre los herederos.

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  • walter

    una vez finalizada la declaratoria de herederos q tramites se deben realizar p vender un inmueble y cuales son aranceles q se deben abonar y a quienes .
    muchas gracias

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Walter: para vender se hace por tracto abreviado, como se indica en este artículo (link: tracto abreviado) y se pagan tasas de justicia, colegio de abogados, honorarios del abogado, y depende lo que acuerden, los honorarios del escribano y gastos de la escritura.

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  • maribel

    Buenas,mi consulta es….tengo mi casa en la cual vivo hoy y siempre y mi hijo mayor tiene una edificacion arriba ademas tengo 2 hijas mas que viven en otro lado pero quiero heredarle en vida mi casa a mi hijo que vive arriba….que debo hacer?cual es la tarifa normal para dicho procedimiento???donde debo ir??esperosu respuesta a la brevedad dado que estoy enferma…..gracias…

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Maribel: no puede dejarle toda la casa a su hijo, pero puede dejarle un 20% más de la herencia, por un testamento. Así aumentando la parte que le corresponde a su hijo. La otra opción sería hacer una venta de la casa a su hijo.

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  • Cecilia

    Hola Dr, mis abuelos fallecieron, la casa estaba a nombre de ellos, mi papá (unico hijo del matrimonio) quiere hacer la sucesión para poder vender la casa. Consultando a una abogada que le cubre su ex profesión, la misma le dijo que como mi abuela falleció en capital federal y mi abuelo en provincia, ella solo puede ocuparse del tramte de capital, es decir de la sucesion de mi abuela, mientras que para la sucesion de mi abuela debe buscarse un abogado de provincia. Esto es correcto?

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Cecilia: no es el lugar donde fallecieron, si no el lugar donde vivían cuando fallecieron. La sucesión debe hacerse en el último domicilio del causante.

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  • Mónica G.

    ¿Es necesario hacer un juicio de escrituración si hay declaratoria de herederos?? En este caso existe declaratoria de herederos, el terreno y luego la casa que se construyo sobre el, nunca fueron escriturados. Hoy existe el comprador, y necesita escritura para adquirirla vía crédito bancario. El escribano ha demorado mas de dos años el tramite, que todavía no se presenta en el registro de la propiedad, porque el terreno que en principio fue fiscal, no tenía la desafectación de dominio publico.
    Hoy nos dicen que además hay que pedir autorización judicial para escriturar porque uno de los titulares ha fallecido. Pero ya se ha hecho declaratoria de herederos, con lo cual no se entiende.
    Respecto de las demoras en los trámites por parte del escribano, que están haciendo que caiga la intención de compra, se puede argumentar perjuicio económico? Muchas Gracias.

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Mónica: hay que pedirla en la misma declaratoria de herederos. Los herederos necesitan copia para tracto abreviado, salvo que sean menores, en cuyo caso necesitan autorización judicial.

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  • Caro

    Que pasa si son 6 hijos, y uno solo de ellos vive en la ciudad donde se encuentra el terreno de su madre que murio hace muchos años. Ese unico hijo que vive en la ciudad hizo una sucesion por trato abreviado sin avisarle a ninguno de los otros hermanos. Que pasa si los otros hermanos se enteran? Va a haber una nulidad de la sucesion o pueden ir en contra de los bienes del hijo que hizo esta sucesion ¿

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Caro: si el tercero comprador del bien es de buena fe, no pueden hacer nada para recuperar el bien, pero sí pueden ir contra el heredero que fraudulentamente omitió a los coherederos.

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  • Dario

    buenas tardes:

    Mi madre fallecio y tenia una caja de ahorro en banco donde cobraba sus haberes. Nunca retiro el total de la jubilacion ni indenmizaciones. Para retirar todo ese dinero, es necesario hacer una sucesion?

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Darío: si, si no tienen forma de sacarlo por cajero automático, van a tener que hacer la sucesión.

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  • Silvia

    siendo dos hijos herederos de un bien, sin trato entre ellos.. uno en argentina y otro en algun lugar del mundo sin domicilio conocido.. como inicio una sucecion? el heredero que vive en el extranjero como queda en esta sictuacion, debe presentarse o lo citan..? si no se da con esa persona de puede terminar el tramite sucesorio o queda inconcluso ??

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Silvia: el que está acá la inicia y se lo cita al otro al domicilio o conocido o en caso de no poder determinarse el domicilio luego de agotar los medios correspondientes, se lo citará por edictos.

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  • irene

    la declaratoria de herederos, tiene que tener menbrete , firma del juzgado donde se tramito y sello ???porque mi abogado me entrego un papel sin esas caracteristicas, y para colmo se equivoco en la fecha de fallecimineto de mi papa.
    me urge saber la respuesta

    gracias
    IRENE

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Irene: tendría que ver lo que le mandó su abogado, cada provincia tiene sus modos de presentar la sentencia, pero siempre indican el juzgado y llevan la firma del juez y el sello.

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  • claudia

    hola yo tengo un terreno que compre hace ya mas de 10 años nunca escriture pero los dueños fallecieron los dos que tengo que hacer? tengo si un boleto de compra_venta firmado en escribania , con el consentimiento de un hijo. quiero escriturar que tyengo que hacer. desde ya muchas gracias

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  • Mariana Meza

    hola..una pregunta..yo estoy viviendo en la casa de mis abuelos ya fallecidos mas de 30 años..la cuestion es q una tia paga las cuentas del terreno desde q fallecieron..o sea ella es la hija de mis abuelos.al igual q mi padre.,,mi tia me puede dejar en la calle ..puedo hacer algun papel yo..

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Mariana: no, porque vos también como heredera estás usando la casa, por lo cual no hay una posesión que excluya al otro heredero.

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  • carlos

    terminamos de realizar la declaratoria,y el abogado nos pide 100.000 $ por el trabajo-heredamos 2 casas de 150.000 dolares,( en una ya viviamos desde hace 30 años),¿ no es muchisismo’? nunca nos dijo cuanto era su trabajo,pero si que era el 10% de el valor fiscal de las dos casas.mi pregunta es¿ que recibo me hace’?y ¿no es mucho’?

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Carlos: no puedo opinar sobre los honorarios de colegas, si ustedes acordaron pagar lo que regulara el juez, es lo que hay que pagar. No sé de donde son ustedes, porque cada provincia tiene su propio código arancelario en base al cual se regulan los honorarios profesionales en defecto de acuerdo de partes.

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  • maria jose

    hola que tengo que hacer para vender un terreno en declaratoria

    Reply
  • Myriam

    Mi papá y mi mamá no se casaron somos 4 hijos .MI mamá fallece ,después 12 años de convivencia .ellos compran el terreno .vivimos los 4 hijos en la casa .luego de muchos alienígenas papá viaja a Bolivia .y contrae matrimonio y tiene .4 hijos más .el enferma mal .y trae de a uno a sus hijos y se quedan conmigo soy la mayor este año fallece mi papá la viuda no viene con los hijos .se queda en Bolivia .y viene primera vez 8 meses antes que fallece mi pa .yo me hice cargo de mis medios hermanos .por que ella los deja y vuelve a Bolivia y se lleva al más chiquito ..la casa la mitad tiene planos la otra no tiene dejo de palabra no hay papel escrito de la casa .que debo hacer si la viuda quiera o reclama algo .en la casa vivimos 7 hermanos .la mitad con familia nacimos allí .no se que hacer.elle se casó con mi papá en Bolivia .y nosotros vivimos en buenos aires argentina el fallece ahí .los 4 hijos mayores nos hicimos cargo de todo de mi papá la viuda se desentendio de todo .no se hizo cargo de nada .ni de mi papá en sus últimos meses de vida .vivían separados en la misma casa .necesito orientación que debo hacer.muchas gracias .atte

    Reply
  • laura

    hola me podran informar cuales son los requicitos para donarle una parte de mi terreno a mi hija

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Laura: se debe hacer por escritura, por lo cual tiene que concurrir a consultar con un escribano.

      Reply
  • Pamela M

    Buenos días:

    Mi consulta se trata sobre un terreno que está a nombre de dos personas, mi papa y la señora con quién vivía ( no estaban casados ) hasta que falleció el pasado abril 2013 en Uruguay la nacionalidad de ella era uruguaya pero tenia domicilio en Argentina en provincia de Buenos Aires.
    El terreno está situado en provincia de córdoba.
    La señora fallecida tiene dos hijos mayores de edad que viven en España uno de ellos manifestó que no quiere nada, pero el otro no se…

    Me gustaría saber que trámites se deberían hacer ( y que documentación se debería presentar ) para pasar el terreno a mi nombre solamente que soy la Hija del Señor que sigue vivo, y los costos de los mismos. Aclarando que el señor vivo quiere que quede a mi nombre solamente.

    De necesitar mas datos avisarme.
    Desde ya gracias por su tiempo.
    Saludos Cordiales

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Pamela: Su papá no tiene vocación sucesoria respecto a la señora con quien vivía, por lo cual no hay forma por la cual le pueda pasar la totalidad de la propiedad a su nombre. Necesita que los herederos le cedan los derechos sobre el terreno. O de aquí a 20 años hacer una usucapión.

      Reply
  • Patricia

    Hola doctor, yo queria saber que porcentaje mas o menos de la valuacion fiscal de una casa tiene el tramite sucetorio. muchas gracias

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Patricia: depende de qué provincia esté hablando. Cada provincia tiene su código arancelario.

      Reply
  • andrea

    Hola quisiera hacer una consulta, quiero comprar un terreno y no tiene sucesion y el propetario ya difunto tiene una hermana por parte del mismo padre y madre apellido y otros de otros son solo por parte de madre y con diferente apellidos. Mi pregunta es todos los hemanos son herederos o solo la hermana por el mismo apellido??? muchas gracias!!!!!!

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Andrea: todos los hermanos son herederos, ya que están a la misma distancia colateral.

      Reply
  • andrea

    hola necesito preguntarle que puedo hacer y cuanto tarda aproximadamente un juicio a mi tia xq se quedo con la casa de mis abuelos mi papa fallecio hace 10 años y jamas nos quiso dar nada ,tambien sin permiso de nadie tiro las cenisas de mi papa y no me quiere decir a donde yo soy de capital y la casa esta en san isidro de documentacion tengo la defuncion de mi papa y la libreta de casamiento de mis padres que mas nececito y donde tendria que iniciar el juicio?

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Andrea: tiene que hacer la declaratoria de herederos en el domicilio donde vivían sus abuelos al fallecer.

      Reply
  • maria

    Hola. Me gustaria hacerles una pregunta. Que pasa con los objetos no registrables pertenecientes a la persona fallecida? En el supuesto caso de que una persona fallece, esta persona estuvo en pareja con alguien durante algun tiempo pero a la hora de su fallecimiento ya no estaba con ella pero dejo objetos (muebles, libros, ropa, etc) en la propiedad de esta última que nunca fue a retirar. Al fallecer su hermano intima a esta mujer en nombre de los herederos menores, a retirar los objetos de su propiedad alegando que intervendrá el juzgado de menores y reclamando objetos inexistentes.. Es posible esto? Hay alguna posibilidad de que se presenten en el domicilio de esta mujer con una orden judicial o algo similar? es legal un procedimiento semejante? quien determina si es verdad el testimonio de esas personas y sus reclamos? Por otra parte que pasaría si esta mujer al ver que su ex no venia por sus cosas las dio en donación porque le molestaban y le quitaban espacio en su vivienda? Siempre hablando de objetos que carecen de registro y no son de gran valor. Espero puedan responderme la consulta y desde ya muchas gracias.

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      María: me ha hecho muchas preguntas, pero con el tema de los bienes muebles, es difícil determinar el dueño, ya que la posesión de los mismos vale por título, como lo determina el Código civil. Por lo cual, quien reclama algún bien mueble que detenta un tercero y asegura que es suyo, recaerá sobre él la carga de la prueba de dicha situación.

      Reply
  • Damian

    Hola Buenas Tardes!!!, consulta…, tengo una duda…,tenemos una casa y un rodado, que esta a nombre de mi papá y de mi mamá, y somos 3 hermanos…., mi papá falleció ya hace 11 años , ahora bien …, mi mamá se juntó con su nueva pareja, hace 1 mes quería que firme yo unos papeles, la pregunta mía es la siguiente…, ellos pueden falsificar mi firma de alguna manera sin mi consentimiento? ya que yo descofio de mi mamá y su nueva pareja, espero que me puedan ayudar ya que quiero solucionar este conflicto

    Reply
  • Damian

    Hola Buenas Tardes!!!, consulta…, tengo una duda…,tenemos una casa y un rodado, que esta a nombre de mi papá y de mi mamá, y somos 3 hermanos…., mi papá falleció ya hace 11 años , ahora bien …, mi mamá se juntó con su nueva pareja, hace 1 mes quería que firme yo unos papeles, la pregunta mía es la siguiente…, ellos pueden falsificar mi firma de alguna manera sin mi consentimiento? ya que yo descofio de mi mamá y su nueva pareja, espero que me puedan ayudar

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Damián: si falsifican, obviamente es un delito y dicho acto no tiene ningún valor.

      Reply
  • Catalina

    Buenas tardes. Dr. como concubina durante 13, habiéndonos querido casar mientras el estaba internado cosa que no llegamos hacer ya que el falleció, y sin tener hijos. las cosas quedaron de esta manera. me quedan los bienes muebles y el usufructo de la casa, Ahora bien ahí van mis consultas una vez que salga la declaratoria de herederos es necesario que el heredero inscriba el bien mueble o se puede realizar esto mediante tracto abreviado, es decir inscribirlo directamente a mi nombre y 08 o hay que hacer la inscripción y luego yo volver a inscribir el bien mueble a mi nombre una ves firmado un 08. 2da. consulta para obtener el usufructo de la casa debo esperar a que se termine la sucesión, o este trámite se puede tramitar directamente en la escribanía, mientras sigue el trámite sucesorio sobre el inmueble. Y se que es no pero vuelvo a preguntar como concubina no tengo derecho a nada solamente a la pensión. Gracias y espero su respuesta..

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Catalina: supongo que cuando habla de bien mueble se refiere a un automotor. El heredero puede pedir que se autorice a firmar el 08 a nombre de usted. Y respecto al usufructo, la sucesión no cambia la situación, si usted ya constituyó el usufructo, se lo tienen que respetar. El usufructo se constituye por escritura.

      Reply
  • beto

    Dr. somos 5 hermanos de los cuales uno de mis hermanos no esta de acuerdo en vender la casa de mi padre, por que el vive en la casa de mi madre que tambien vive ahi e ahi es atormentado por mi hermano y mi cuñada para que se vaya mi madre de la casa para poder ellos quedarse con la casa. Que hasta el dia de la fecha no podemos vender la casa. ha hadido denuncia familiar en los cuales fueron excluidos en forma temporaria mi heremano y mi cuñada por denuncia penal y agrecicones e mi madre. Cade vez que viene un comprador para ver la casa mi herman o mi cañda salen y le dice al comparor que ya esta vendida o lo amenazan

    mi hermano y mi cuñada se agarron de la casa de mi madre en su totalidad con 2 piezas / una cocina / un livin comedor y el baño / a mi madre le dejaron con una cocina y un pieza mi madre tubo que hacer un baño afuera para ella.DR. LE PARACE A USTED QUE SIENDO PROPIETARIA MI MADRE Y DUEÑA DE LA CASA MI HERMANO Y MI CUÑADA SE APROBECHEN Y ENCIMA SABE QUIEN PAGO TODO LOS IMPUESTO DE LA CASA, LUZ, AGUA, GAS, INMOBILIARIA, MI MADRE CON SU SUELDO DE JUBILIDAD.

    .

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Beto: lo que tendrían que hacer es continuar con la sucesión, y eventualmente si se hace necesario llegar hasta el desalojo. La única persona que se puede oponer a la división del inmueble es la esposa del causante, ninguno de los hijos tiene ese derecho.

      Reply
  • belen

    buenas noches dr, mi ultima consulta, el dia 9 de octubre yo hice una reserva por la compra de una casa….en el momento que deje la seña me informaron que el dia 21 de octubre estaríamos firmando, mire a la fecha que estamos y el señor de la inmobiliaria no sabe informarme que dia se va a realizar la venta.. y a su vez por intermedio mio se va informando en el estado que se encuentra el tema de los papeles del mismo….yo ahora estoy arrepentida y quisiera que me devuelva la reserva que yo deje sin que me haga ningún descuento, porque estoy segura que no me va a querer entregar porque me va a decir que esa reserva la gasto por algunos movimiento que el tuvo que hacer….cuando en realidad no hizo ni movio ningún papel….desde ya muchas gracias por su ayuda….Me podría decir que tendría que hacer

    Reply
  • alejandra

    mi consulta es la siguiente yo hace 7 años q vivo con una abuela a la cual cuidaba me fui a vivir con ella xq no tenia donde vivi, alquilaba un departamento y tenia q desocuparlo.tenia a mi bb de meses y mi hija de 8 años en fin desde el dia q llegue a la casa me hice cargo de la abuela y los gastos de la vivienda. ella murio hace 5 años y ahora aparece un supuesto heredero q puedo hacer yo pague impuestos mejoras de la vivienda etc. tome posecion de la vivienda como si fuera mia

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Alejandra: si usted no tiene ningún derecho sobre el bien, no puede hacer nada, quizás hablar con el heredero para pedir un plazo para encontrar otro lugar e irse de buenas maneras y no tener que afrontar un desalojo. El heredero tendrá que acreditar su situación de heredero.

      Reply
  • Emiliano

    Buen día, para probar que el causante estaba divorciado al momento de su muerte, basta con copia certificada de la sentencia de divorcio bajo el régimen anterior a ley 23515? No tenemos conocimiento si se inscribió el divorcio en el registro. Gracias

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Emiliano: si es anterior a la ley 23.515, no será divorcio, seguramente separación.

      Reply
  • Omar

    Dr. Vivo fuera del país y mis hermanos iniciaron la suceción de mis padres (ambos fallecieron en el término de un año y medio y no dejaron testamento).

    De mi madre ya esta la declaratoria pero ellos cambiaron de abogado y el nuevo se presenta para terminar la de mi madre e iniciar la de mi padre.

    A solicitud de nuevo abogado lehe enviado carta documento al anterior letrado para apartarlo de la sucesion, supuestamente para que pueda el nuevo presentarse a continuar en nombre de todos los hermanos.
    Han pasado varios meses y solo los veo presentados a ellos en una nota en el expediente que dice

    «Por presentado XXXX (v.fs.47; art.699 inc.1° CPCC.), parte en el carácter invocado y constituido el domicilio procesal.

    Cítese conforme lo dispuesto a fs.47, quinto párrafo, a OMAR XX en el domicilio denunciado.

    Agréguense; téngase presente la reovación del patrocinio letrado.

    Peticionado que sea por el profesional interesado; y cumplido que sea con lo dispuesto por el art.23 de la ley 21.839, se proveerá.»

    Pregunta: Puedo pensar que todo es correcto y no hay nada extraño? Pues no veo que yo fuera presentado y se me cita al domicilio declarado (de mis padres) sabiendo ellos (mis hermanos y el letrado) que vivo fuera del país.

    Ninguno de ellos me ha informado de esta citación.

    Espero haya sido claro para que Ud. pueda ayudarme.

    Muchas gracias

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Omar: si usted le revocó el poder al letrado anterior, y no le firmó el escrito al abogado nuevo, es lógico que a usted lo tengan que notificar, ya que no es patrocinado por el abogado.

      Reply
  • Julieta Carolina

    Hola, mi tía heredó por testamento la casa de su cuñada. Ya inicia la sucesión, pero es mayor y quisiera venderla pronto. ¿Puede ponerla en venta aunque no esté terminada la sucesión? Gracias.

    Reply
  • luis daniel

    antes de fallecer mi madre dejo un testament donde el testament indica k cuando yo sea mayor de edad me iba hacer due;o del terreno ….sin embargo yo me kede atras y derepente me entere k tenia medios heramanos y ellos poko a poko se a entrado a vivir en mi casa ke puedo hacer a ellos tbm les pertenece o no el terreno ok

    Reply
  • belen

    y si el menor ni la madre firma????

    Reply
  • belen

    la sucesion y la declaratoria quien la tiene que pagar? muchas gracias por la ayuda que me hes muy util…..La madre tiene que firmar por el menor ya que ella es su tutora? , en el caso de la declaratoria vio que le informe que estaria para abril del año entrante, en el caso que aparezca una persona que nadie conocia, y yo ya compre la posecion,es verdad que no puede reclamar porque la inmobiliaria hace un aviso en el diario avisando la venta de la casa, eso es verdad es valido?

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Belén: como hay un menor, no puede firmar sin autorización del juez. Por lo cual, para que sea válido que firme la madre, hace falta que consiga dicha autorización.

      Reply
  • Claudia

    Dr. Buenos dias!! Consulto lo siguiente, uno de los herederos es quien tiene toda o la mayor parte de la documentacion para iniciar el juicio sucesorio, certificado de fallecimiento de los titulares del inmueble, Escritura Publica del mismo, y se niega a entregarlos y a participar de la sucesion porque ocupa la propiedad, se puede iniciar igual y citarlo por cedula e intimarlo a que presente la documentacion correspondiente?? Siempre agregandolo en el escrito sucesorio como heredero.

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Claudia: si, se puede iniciar igual, no es difícil conseguir otra copia de las partidas de defunción y certificados de nacimiento.

      Reply
  • belen

    usted me dice que el papel que ellos me quieren dar es valido??? no tendría problemas a futuro ?? en el caso del menor que tengo que pedir??? muchas gracias por ayudarme

    Reply
  • belen

    y en el caso del menor que tendría que hacer????

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  • pablo

    hola, buenas noches. Yo quería hacerte una pregunta. Mi mama heredo junto con el hermano y los hijos de su hermana (ya fallecida) un departamento, resulta que nadie quiere hacer tramites y mi mama es bastante quedada también, por eso yo le digo que lo alquile por inmobiliaria y se olvida. La pregunta es…. ¿ se puede alquilar sin haber iniciado la sucesión ni la declaratoria de herederos y e ser así, me conviene hacerlos por inmobiliaria o particular, que riesgo se puede correr con lo inquilinos en caso de que se quieran quedar con el inmueble??? El departamento se encuentra ocupado hace casi 5 años por una persona que no es muy de confianza y nunca se le cobro nada, salvo que abone la luz y el gas de dicho inmueble ¿ corro algún riesgo con esta persona por el tiempo que lleva? ¿ que me recomienda hacer con el tema del alquiler y la persona esta ????

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Pablo: si no hay problemas entre los herederos, no hay problema en alquilar la casa. Mientras tengan un contrato de alquiler no hay problema.

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  • belen

    buenas noches, quería consultarle, que yo quiero comprar una casa, no esta hecha la sucesión y la declaratoria de herederos estaría recién para el mes de abril del año entrante, ellos me quieren firman la cesion de derechos hereditarios….ese papel me sirve

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Belén: si, esa sería una buena forma, pero necesitaría la cesión de todos los herederos, y como usted dijo en una consulta anterior, uno de los herederos es menor de edad.

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  • belen

    buenas noches mi consultas es la siguiente yo quiero comprar una casa que no tiene echa la sucesión , son tres hermanos de lo cual uno fallecio , del mismo tiene tres hijos de lo cual uno es menor de edad,ellos están de acuerdo en vender la casa….a mi me quieren dar solo el papel de posecion, yo quiesiera saber si tiene validez ese papel, y si a futuro no voy a tener problema? que papel tengo que exigir que me den aparte de ese? los tres sobrinos quieren firmar un poder mediante un escribano para dárselo a unos de sus tios ya que ellos viven lejos….quien me garantiza a mi que fuero ellos que firmaron?

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  • belen

    Hola buenas noches, mi consulta es la siguiente yo quiero comprar una casa,y no esta echa la sucesión son tres hermanos uno de ellos facellecio ,pero del fallecido hay tres hijos de lo cual uno es menor de edad, ellos quieren venderme la casa solo con el papel de posecion , la consulta es tiene validez ese papel o que papel tengo que exigir para que yo a futuro no tenga problema……Los 3 hijo del fallecido quieren firmar un poder por escribano como que ellos están de acuerdo en vender y entregárselo a uno de sus tios ya que ellos están lejos¿quien me asegura a mi que son ellos lo que realmente firmaron ese papel?

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Belén: no, si quieren venderle la casa que hagan la sucesión y le hagan la escritura. No es seguro comprar como le quieren vender.

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  • Alicia

    fallecieron dos tías paternas que no tienen herederos forzosos, tampoco hay testamento. Quedan vivas dos hermanas e hijos de otros dos hermanos fallecidos ( yo soy hija de uno de ellos). Una de las herederas tiene un hijo abogado que se esa ocupando de los trámites para iniciar la declaratoria de herederos. Mi pregunta es si ese abogado puede intervenir en el juicio sucesorio. Las tías fallecidas son de Villa María Córdoba y el hijo abogado de una de las herederas es de córdoba. Yo vivo en Neuquen. Quiero saber qué medidas tendría que tomar para tener la garantía de que se van a hacer las cosas bien ya que hay una historia previa en la que nosotros fuimos perjudicados por esa rama de la familia al morir mi abuelo ( en ese momento yo era pequeña y mi padre había muerto, mi madre firmó todo y nos dieron mucho menos de lo que correspondía).

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Alicia: si no tiene confianza en el abogado que está llevando el caso, puede buscar otro abogado que la represente y se presente en el juicio. Es la mejor forma de protegerse, aunque quizás se generen más honorarios.

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  • mariela

    buenas tardes, tengo una consulta, mi madre tiene su casa en un terreno que ella adquirio luego de muchos años de separada (figura en la escritura del mismo que esta separada de hecho) pero nunca se divorcio; ahora ella quiere hacer una division del terreno para que quede una parte para mi y una para mi hermano. la pregunta es: mi padre tiene derecho a reclamar algo, a pesar de que cuando ambos se separaron él hizo abandono de hogar (demostrable)? que tramite tengo que hacer? gracias! saludos

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Mariela: no, no tiene derecho, pero quizás si en la escritura salía que estaba casada, va a necesitar el asentimiento conyugal para hacer la transmisión o hacer el divorcio y separación de bienes.

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