La usucapión es un término jurídico que indica un modo de adquirir la propiedad por el transcurso del tiempo. Esta adquisición se lleva a cabo mediante una posesión continuada durante el tiempo que exige la ley, el cual es de 20 años sin justo título y 10 años con justo título. (debido al cambio de Código, se editó el artículo para que sea consecuente con la regulación del Nuevo Código Civil y Comercial.

Para que la posesión de lugar a la usucapión, se requieren ciertos requisitos:

– Posesión en concepto de dueño, o posesión propiamente dicha. Lo que implica que el poseedor debe tener la disposición de hecho del inmueble, pero ejercerla a título de dueño, como si fuera el dueño. Se excluye de este concepto la tenencia, por lo cual locatarios, comodatarios, etc., no tienen posesión en este sentido, ya que reconocen en otro la propiedad del inmueble. Para que un tenedor pase a poseer como dueño, es necesario un acto que se denomina interversión de título, el cual consiste en actos exteriores claros e indubitables que impliquen la exclusión de cualquier otro propietario.

– La posesión debe ser ostensible y continua. En el nuevo código se elimina la exigencia de que sea pacífica y sin vicios, en tanto la calificación de la posesión ya no tendrá importancia. Teniendo en cuenta que el art. 1.930 presume la continuidad, la prueba de ser discontinua la posesión estará a cargo de quien la afirme.

-Debe ser continua e ininterrumpida por el plazo que establece la ley. Existe la posibilidad de unir en determinados casos la posesión actual a la posesión anterior, computándose todo el tiempo a los efectos de la usucapión. El plazo como se mencionó anteriormente es de 10 años en caso de poseer justo título y de 20 años en caso de no poseerlo.

 

Requisitos para iniciar el juicio de usucapión: (Provincia de Córdoba)

1) Un plano de mensura del inmueble poseído del que surja, si sepudiere determinar, que inmuebles resultan afectados en todo o enparte, confeccionado al efecto por profesional autorizado y visadopor la repartición catastral de la Provincia, con una antelación nomayor de un año.

2) Un estudio de los antecedentes sobre la titularidad del dominio yla condición catastral de los inmuebles afectados, suscripto porprofesional competente.

3) La prueba de que haya de servirse el titular y que acredite el tiempo de posesión: testigos, pago de impuestos, realización de mejoras, etc.

Iniciado el trámite, se solicitan informes a distintas reparticiones públicas, se ordena la publicación de edictos, y se coloca un cartel en la propiedad con las referencias necesarias acerca de la existencia del juicio, en en lugar del inmueble visible desde el principal camino de acceso.

 

Se debe señalar que la adquisición de la propiedad se realiza por el solo transcurso del tiempo de la posesión, el juicio de usucapión tiene efectos declarativos y tiene como fin poder inscribir la titularidad del inmueble a nombre del poseedor.

Cualquier consulta comuníquese con nosotros y con gusto lo asistiremos.

 

Actualización:

Puntos a tener en cuenta si va a comprar una  posesión:

Ante la cantidad de consultas de personas que compran una posesión o quieren comprar una posesión hay que aclarar algunos puntos:

– La única forma de escriturar del poseedor es mediante el juicio de usucapión. La usucapión no es un trámite, es un juicio que implica que se debe producir prueba y se realiza contra el dueño original del inmueble.

– La inscripción en el registro de poseedores de la provincia de Córdoba o Tierras para el futuro, tiene únicamente un valor de publicidad extra. Si bien, la misma posesión de un bien como dueño es una forma de publicidad, la inscripción en el registro de poseedores genera una anotación en el registro como poseedor. Dicho trámite no otorga escritura traslativa del dominio, únicamente sirve para hacer conocer a terceros que se es poseedor del inmueble a través de la anotación en el Registro de la propiedad.

– La usucapión es un juicio que tiene un costo, tanto en tasas, honorarios, planos, como en tiempo, por lo cual se debe a tener en cuenta este factor al comprar una posesión de un bien. El valor de una cesión de posesión tiene que ser sensiblemente inferior a la compraventa de un terreno.

– Antes de comprar debe ser extremadamente cuidadoso, averiguar todo lo posible los antecedentes del poseedor. Tenga en cuenta que si va a hacer el juicio de usucapión va a necesitar toda la prueba posible a los fines de demostrar los veinte años de posesión, pago de impuestos, testigos, facturas de gastos, construcciones realizadas, etc.

– Adquirir una posesión significa un riesgo, ya que el dueño puede recuperar el bien a través de la acción de reivindicación. Como poseedor de mala fe, está sujeto a que el dueño solicite el retiro de lo construido por el poseedor y a costa de éste. También el dueño puede elegir quedarse con lo construido, abonando el mayor valor que adquirió el bien.

 

Te dejamos también un video donde explicamos varios aspecto de este tema y que puede serte de utilidad:

Tenes una consulta? dejala en los comentarios o en el siguiente formulario:

4.227Comentarios

  • Luana Oller

    Buenas noches Dr, Soy poseedora desde hace 30 años de el terreno colindante a mi casa. Mi padre comenzó a cuidarlo y a hacerle mejoras desde los años 90 de manera ininterrumpida. Queremos iniciar el tramite de usucapion. MI duda es si puedo tener alguna negativa por ser terreno del municipio. En estos 30 años jamas hubo denuncia o pedido alguno por parte de este. Aguardo su respuesta. Saludos

    Reply
  • Sabrina Bo

    Hola!! una pregunta, si se va a iniciar el juicio de usucapion por mas de un lote, linderos entre si pero distintas parcelas, se debe hacer un plano de mensura para cada lote? o se hace uno general? porque el agrimensor dice hacer uno general y me resulta raro. Gracias!!

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Sabrina, podes hacerlo de cualquiera de las dos formas

      Reply
      • Tamara Ruiz

        Hola buenas, hace 35 años mi madre vive en un terreno que no es de ella, (tiene dueño) y el dueño sabe que ella vive acá! Y ahora le está reclamando dinero después de 35 años! se puede algo?

        Reply
        • Dr. Emiliano Herrera

          Tamara: depende el caso, si quiere coordinamos para una consulta. Hay que ver las circunstancias, como entro a vivir ahi, que actitud tomaron las partes, etc.

          Reply
      • Eliana

        Hola me ofrecen un lote que iniciaron el plano de mesnura que pretende prescribir pero no finalizaron el trámite (no tienen la plata para terminar de pagarlo o no están interesados). Al estar avanzado el trámite no puedo pasar el plano a mi nombre. Se puede volver a hacer un plano a mi nombre o tendré problemas porque ya hay uno iniciado a nombre de otra persona? Esa aprobación provisoria que vigencia tiene?

        Reply
        • Dr. Emiliano Herrera

          Si, te va a saltar si lo haces nuevamente, pero al tener la cesión de derechos no va a haber problemas porque podés acreditar la situación.

          Reply
    • Esteban

      Buen día: quisiera realizar una consulta, compré mí terreno con sesión de derechos y acciones posesorias con los anteriores boletos de compré y venta hoy en día ya tengo mí casa construida impuestos al día servicios y plano de mensura como tengo que hacer para escriturar o iniciar usucapión a mí nombre? Muchas gracias!

      Reply
      • Dr. Emiliano Herrera

        Hola Esteban, mándanos un mensaje al 3517724728 y coordinamos para un consulta para asesorarte. Saludos

        Reply
  • Carlos

    Buenas tardes doctor vivo hace 10 años en una casa q me sedieron de palabra , no hay nada firmado.
    Pago los impuestos y le hice arreglos dado q cuando me mudé era una casilla y hoy en día es una casa de material y más.
    Los impuestos están a nombre de la dueña q me.dio el terreno lo único a mi nombre es el wifi hace 6 años.
    Tengo alguna manera de adquirir el terreno o corro el riesgo q algún día se presenten los dueños y me.desalojen

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Hola Carlos: tenes que guardar todo y tratar de documentar bien la posesión para cubrirte cualquier cosa. Si queres podemos concertar una consulta por videollamda, escribinos al 3517724728
      Saludos

      Reply
      • Andrea

        Buenas tardes: tengo la posesión de un terreno que mí papá alambró hace mucho años contiguo a mí casa, que no figura en catastro, no tiene número en rentas , por no lo que no hace pagado impuestos.
        Cómo puedo iniciar el juicio?

        Reply
        • Dr. Emiliano Herrera

          Hola, el primer paso que tendrías que hacer es hacer el plano. Si es de Cordoba, se va a hacer un empadronamiento en catastro si no figura.

          Reply
        • Lucas villalba

          Queria saber los paso a seguir tenemos años viviendo en la propiedad y el dueño del inmuble fallecio!! Y no tiene heredero. Como obtener el derecho a tramitar la propiedad a mi nombre o una parte de el inmuble a mi nombre…

          Reply
          • Dr. Emiliano Herrera

            Hola, si ustedes se quedan como poseedores, tienen que tener 20 años a partir de que dejan de ser inquilinos y pasan a ser poseedores para poder iniciar un juicio de usucapión.

    • Beatriz

      Hola buenas noches doctor ice mí casa en un terreno que nunca escrituraron no tengo ningún impuesto me recomendaron que aga la procesión 20 añal ( como lo ago si no tengo ningún impuesto) hace 32 años que vivo acá

      Reply
      • Dr. Emiliano Herrera

        Beatriz: si tiene otros medios de prueba puede hacerlo igualmente. Si quiere puede coordinar para una consulta, escribame al 3517724728
        Saludos

        Reply
  • Crespo Rocio

    buenas tardes, tengo el siguiente caso: posesion de inmueble rural hace mas de 60 años, coheredero, quisiere usucapir el inmueble entero por vivir y dedicarse a la actividad ganadera desde sus 18 años, teniendo hoy 81 años, ha realizado inversiones, ampliaciones de viviendas, alambrados, instalaciones de gas, luz solar, wifi, etc, todo ello actos que exteriorizan su posesion y animus domini. A su vez, paga impuestos de inmueble rurales todos los años y demas tasas, su familia vive en ese lugar , vehiculos de su propiedad en ese domicilio, cta bancarias por donde pasa el flujo financiero de la actividad a su nombre, etc.
    Sera factible? este sr. es cohedero de ese inmueble en propiedad indivisa con otros, en el pasar de los años fue adquiriendo parte de los lotes quedando hoy con el 60 % , y el resto dos cohedereros ( hna 25 % y un sobrino nieto 15 %).
    Gracias colega

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Hola Rocio: por lo que me comentas lo veo factible, lo importante es que haga actos que no sean compatibles con el carácter de heredero. Si el hizo mejoras importantes y lo exploto sin la autorización de los otros herederos durante tanto tiempo, es posible. Hay que ver la prueba que tenga.

      Reply
  • Maria Paola Vera

    Hola Doctor, conozco una inmobiliario del Partido de la Costa que vende terrenos con prescripción adquisitiva (todos en la costa), me dicen que se pueden escriturar en 2 años más o menos… qué documentación debería solicitarles para corroborar que realmente se puedan escriturar? o dónde se deben realizar estas averiguaciones (municipalidad, abogados, etc)? Muchas Gracias.

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      María: un abogado o un escribano son los que pueden ver los títulos que tienen los vendedores y decirte que está todo bien para comprar.

      Reply
  • Pablo

    Hola. Mi padre tenía un campo de parques nacionales (50hectareas para cria de animales). Falleció en 1980, y un hermano mío se quedó en el campo hasta estos días. Mi pregunta es si podemos reclamar el resto de los hermanos la titularidad de esas tierras, o si nos corresponde una parte al resto de los hermanos. Muchas gracias

    Reply
  • Candelaria

    Dr,
    Mi consulta es la siguiente: Si una persona adquiere derechos posesorios por cesión realizada ante escribano publico, tiene que probar la posesión del cedente? o con el boleto queda probado y solo se prueba por el cesionario su posesión a partir de la cesión?
    Saludos!

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Hola, si, por supuesto, la declaración que hace el cedente no tiene ningún valor probatorio.

      Reply
  • fernanda

    buenos tengo 46 años. hace 41 q vivo en la misma propiedad , anteriormente vivia con mis padres q fallecieron , ahora vivo con mis hijas, tengo el pago de todos los impuestos , tengo la escritura anterior , ademas de los planos de como era la casa antes, actualmente esta mejorada.
    estoy en condiciones de hacer un usucapión y cuanto demora?
    gracias

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Fernanda, no le puedo responder porque falta mucha información. En todo caso escriba al 3517724728 y coordinamos una consulta

      Reply
    • Natali

      Hola . Consulta. Mi papá tenía una cesión de derechos de un inmueble la dueña legal no pudo entregar escritura ya que estaba inivida . Ya se cumplían sus 20años como para iniciar el juicio de usucapion pero Mi papá falleció como puedo hacer o que debo precentar ,para poder escriturar a mi nombre. Desde ya muchas gracias

      Reply
      • Dr. Emiliano Herrera

        Natali: tenes las dos opciones, cual es la mejor la va a ver el abogado con quien hagas la consulta para iniciar la acción. De todos modos vas a tener que hacer la declaratoria de herederos

        Reply
  • CRISTIAN

    HOLA , BUEN DIA, VOY A COMPRAR UN LOTE QUE TIENE UNA PERSONA QUE HACE 18 AÑOS ES POSEEDOR , EL CUAL ME VENDERIA ESOS DERECHOS POSESORIOS, LOS IMPUESTOS LOS TENGO AL DIA, ES FACTIBLE HACER JUICIO X USUCAPION , GRACIAS

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Hay que ver el caso concreto, si se pueden probar esos 18 años, que elementos de prueba tienen. Recomendable hacer una consulta con un abogado, si es de Cordoba, puede coordinar con nosotros

      Reply
  • NABILA

    Hola, quisiera saber, mi familia y yo vivimos en nuestra casa hace 17 años, esta en sucesión de mi abuela y sus hermanas. Nosotros siempre vivimos acá ya que ellas nos pidieron para cuidar la casa (ahora lo niegan), pagamos los servicios, hicimos arreglos en la casa porque se estaba por caer y mantenemos todo el terreno siempre limpio. No pagamos impuestos, pero deben desde el año 2020. Se puede hacer el juicio de usucapion?

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Hola Nabila, no tenes los años, son 20 años, y ademas si ustedes están cuidando la casa, no son poseedores. Porque le cuidador siempre cuida para otra persona en la que reconoce la posesión.

      Reply
  • La usucapión en Argentina: 5 requisitos basicos

    […] Solicitar informes y publicación de edictos: Iniciado el trámite, se solicitan informes a distintas reparticiones públicas y se ordena la publicación de edictos [3]. […]

    Reply
  • Daniela

    Buen dia, queria realizar una consulta, hace mas de 30 años que vivo en una casa de unos tios que se la heredaron a mi papa y a su hermana. Siempre vivimos mi padre, madre y yo. (La casa sigue estando al nombre del tio fallecido) Mi padre muere hace unos años y ahora la hermana reclama la propiedad. Ellas podrían hacerme el juicio de usucapion? Yo lo podria hacer? (Los servicios y los impuestos, los ha pagado siempre mi papa)

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Daniela: es complicado responderte así nomás, pero te puede ayudar un video y un artículo que tenemos sobre el tema: fijate aqui. Más que vos vívias con tu papá que era heredero, y te va a ser complicado justificar que la posesión era excluyente de los otros herederos.

      Reply
  • JORGE RODRIGUEZ

    no se como poder escriturar tengo solo bolete de compra-venta e impuestos pagos . cuanto seria el costo. Gracias

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Hola Jorge: Usted es de Córdoba? Contáctenos al 3517724728 o a herreraflamencoabogados@gmail.com

      Reply
      • Cindi

        Hola en mí caso yo compré una propiedad hace 10 años y era de 2 hermanos ,solo firmo uno la venta porque el otro vive en otra provincia . Se puede hacer la escritura por este medio..

        Reply
        • Dr. Emiliano Herrera

          Hola, no tenes 20 años para la usucapion. El hermano que te vendió firmando es responsable de conseguir la parte que falta de firmar, pero has dejado pasar mucho tiempo sin iniciar acciones

          Reply
  • Nancy

    Hola me ofrecieron para comprar un lote de posesión donde la señora tiene el acta firmada ante escribano donde dice que hace 40 años tiene la posesión del lote, ya la tiene inscripta en tierras. Sera que puedo hacer esa compra?? Ella me va a ceder la posesión del lote mediante escribano. Ya con esa sesión y los impuestos al día podré hacer el juicio de usucapión???

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Hola, no te puedo contestar sin ver la documentación. Si quiere puede pedir una consulta al 3517724728

      Reply
  • CECILIA

    Buenos días, una consulta.. una Asociación Civil que se dedica a futbol infantil, ocupa unas tierras hace más de 20 años que son de propiedad de la Municipalidad (que las obtuvo por expropiación). Tiene servicios a su nombre aunque nunca pagaron impuestos… es posible iniciar juicio por usucapión?

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Cecilia: si, una asociación civil puede iniciar una usucapión. Habrá que ver las pruebas que tienen y analizar la factibilidad de juicio, pero es posible.

      Reply
  • Emanuel

    Hola Doctor, se puede iniciar un juicio de usucapión si cumplo los requisitos y tengo otra propiedad a mi nombre? Gracias

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Emanuel: si, no importa cuantas propiedades tenés, no es un requisito no tener nada a tu nombre, el instituto no tiene un fin social de distribución de las tierras, sino de aprovechamiento de las mismas.

      Reply
    • Valentina

      Hola, consulta si llevamos más de 20 años en el inmueble pero hace 10 años se realizó un juicio por desalojo el cual nunca se llevó a cabo, se puede pedir una usucapion o no?

      Reply
      • Dr. Emiliano Herrera

        Valentina: habría que estudiar el caso y el expediente, el abogado que elijas para iniciarlo va a tener que hacer el análisis de si perdieron el juicio y en que términos se hizo. Si sos de Córdoba, nos podes contactar al 3517724728
        Saludos

        Reply
  • Maxi

    Hola, mi situación es que vivo en la casa que era de mi padre y de sus hermanos hace 20 años, pagando impuestos al día, haciendo mejoras y el mantenimiento, mi padre falleció hace 10 años y mis tíos quieren vender, puedo hacer usucapion en ese caso ?

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Maxi: yo diría a primera vista que no, pero por las dudas hace una consulta a un abogado de confianza. Es muy dificil hay un video que grabamos sobre el tema, te paso el link, te puede ayudar: https://youtu.be/UjslhLocQws

      Reply
      • Sole

        No tengo casa. No puedo pagar más el alquiler gracias a la inflación. Hay un terreno abandonado. Hace más de 7 años que nadie se ocupa. Que pasa si lo ocupo mientras voy pagando una vivienda container…? La vivienda container la pondría apenas la tenga. Al dueño del terreno no logro encontrarlo.

        Reply
        • Dr. Emiliano Herrera

          Hola Sole: que este baldio no significa que este abandonado. Si lo ocupas puede haber una denuncia por delito de usurpación.

          Reply
  • Carlos

    Dr
    Viví en las sierras, limpio y cuido, guardo cosas, plante árboles, permanente hace años, un terreno contiguo a mi casa; pagué los últimos 5 años en rentas…
    Puedo hacer Prescripción Adquisitiva

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Carlos: necesitar poder probar que durante 20 años tuviste la posesión de ese terreno. Si es así, se puede hacer.

      Reply
      • lorena

        Buen día, hay un terreno fiscal que no tiene un poseedor. El terreno no tiene ningún tipo de papeles, quisiera adquirirlo de buena Fé entonces quisiera saber que pasos tengo que seguir. muchas gracias

        Reply
        • Dr. Emiliano Herrera

          Lorena: si es un terreno fiscal, sin un poseedor, no puede hacer una adquisición de la posesión de buena fe.

          Reply
      • Alan

        Hola, la explicación es muy buena, por lo que tengo entendido puedo hacer usucapión, necesito confirmación o algún dato a favor que me pueda brindar. Para que pueda comprender a detalle, mi mamá era bebé cuando la trajeron tiene más de 50 años la criaron sus padres adoptivos, no es adoptada legalmente solo hay un certificado que dice que iban a estar a cuidado de ella para siempre si mal no lo entendí, el tema que tiene hermanas que si son biológicas de sus padres y de mucho hablar para que le sedan la casa después de tanto tiempo dijeron que no y la están reclamando. Vivo en esta casa hace más de 20 años. Le sedieron la casa los propietarios osea sus padres pero de palabra . Muchas gracias

        Reply
    • Mel

      Hola! Soy de Argentina y tengo una duda. Hace 21 años atrás, mi padre compró de palabra una casa en la cual vive desde entonces. Es decir no cuenta con boleto compra venta ni escritura. Mi duda es, podrían reclamar los dueños legitimos (es decir el titular de la escritura) la propiedad y desalojarlo? O con el usucapion sería imposible que eso suceda? Ya que mi padre vive en esa propiedad hace 21 años. Gracias por su respuesta

      Reply
      • Dr. Emiliano Herrera

        Mel: si puede probar la posesión durante esos 21 años, los dueños con escritura no van a poder reclamarle.

        Reply
  • Juan

    Saludos cordiales

    Buen día, hace más de dos años que estoy en un terreno fiscal que le compré a un poseedor que vivía en el terreno edificado. El terreno no tiene ningún tipo de papeles, por necesidad lo compramos. La realidad es que me gustaría estar en regla y tratar en lo posible estar al día con papeles que acrediten que soy un poseedor de buena fe. Ya que se hicieron muchas mejoras desde que lo habíamos. Espero su respuesta

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Hola Juan: de dónde sos? Hay que ver que pruebas tienen de la posesión, desde hace cuanto tiene construido, tendriamos que conversar sobre el tema.

      Reply
  • Virginia

    Hola. Mi padre compro terrenos a ferrocarriles Argentinos en 1978 (boleto compra-venta). En 1985, se realiza un plano de mesura el cual fue registrado en Geodesia. En 1992 se realiza una escritura de venta y cesión de derechos y acciones de ferrocarriles a mi padre. No sé porque motivo no se registró el inmueble. Se puede hacer o corresponde iniciar juicio. Seguimos viviendo ahí desde la fecha de compra… Saludos

    Reply
  • Ignacio

    Buen diá. vivo en una casa desde el año 2000, al principio hice una operación de compra y pague una adelanto en dolares, luego el saldo lo fui oagando en cuotas, al tiempo la titular fue cambiandome la cuenta a la que le depositaba, hice todos los tramites para escriturar a mi nombre pero nunca se presentó, por lo cual dejé de depositarle el dinero, al día de hoy no sé nada de ella y ya hace 22 años que estoy en la vivienda sin ningún papel. Se puede iniciar algún reclamo o juicio de usucapión?

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Ignacio: habría que ver el contrato y la documentación, no te puedo dar una respuesta en función de un resumen. Lo que tendrás que hacer es consultar a un abogado que pueda evaluar esa documentación. Nuestro estudio está está en Córdoba, si sos de otro lugar deberías buscar un abogado de allí.

      Reply
  • Candelaria

    Hola, me llegan deudas de un terreno (sin edificar) hace poco más de 20 años. Si pago las deudas, puedo hacer el juicio de usucapión? No tengo ninguna relación con el antiguo/actual dueño.
    Gracias

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Candelaria: no, para el juicio tenes que tener 20 años de poseer ese terreno

      Reply
    • Alicia

      Hola mi abuelo de corrientes fallecio y quieren vender su casa, pero mi papa tambien fallecio y se contactaron conmigo y mis hermanos para que firmemos, yo de mi parte averigue con unos vecinos y me contaron que hay un cartel que dice prescripcion adquisitiva en la reja de la casa y esta viviendo una prima lejana mia, que me recomiendan hacer, estaran por vender sin nuestren firma?

      Reply
      • Dr. Emiliano Herrera

        Alicia: hace cuanto falleció tu abuelo? Vas a tener que buscar un abogado si iniciaron la usucapión, para contestar la demanda.

        Reply
      • Claudia

        Hola!! Mi papá hace 23 años compro un terreno y tenemos boletas de pago y ahora un persona empezó a realizat un plano de prescripción y nunca se ocupó del terreno…mientras que nosotros siempre limpiamos, yo lo cerre y hice un derecho posesorios del mismo..la persona puede apropiarse del mismo?

        Reply
        • Dr. Emiliano Herrera

          Claudia, no lo que importa es quien tenga la posesión del terreno, si es asi hay que plantear una acción posesoria para protegerte. Si son de Córdoba pueden enviar whatsapp al 3517724728 si son de otra provincia, busquen un abogado para actuar.

          Reply
      • Alicia

        Mi abuelo fallecio hace mas de 35 años y mi papa hace 20

        Reply
  • Antonio

    Buenas tardes, llevo viviendo en la casa más de 30 años, el dueño fallecio y no tiene herederos, pago los impuestos y tengo los servicios a mi nombre, puedo usucapion? Podria ponerse la casa a nombre de alguno de mis hijos?

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Antonio: pero en qué carácter estás viviendo ahí, como empezaste a habitarla?

      Reply
  • Elizabeth

    Hola ! Hace 20 años q estoy haciendome cargo de impuestos servicios alarmas entre otras cosas de la casa de mis abuelos. Tengo la escritura . Nadie más aporta nada. Mi mamá inicio la sucesión hace 10 años Es posible reclamar el derecho de la propiedad por usucapion ?

    Reply
  • Elizabeth

    Hola ! .Me llamo Elizabeth. Mi consulta es con respecto a la casa de mis abuelos. Hace 20 años q pago impuestos , servicios, alarmas entre otras cosas . Nadie más se hace cargo de nada. Tengo la escritura . Hay una sucesión iniciada pero nadie hace más nada al respecto. Podría reclamar mi derecho por medio de la usucapion.?

    Reply
  • Nancy

    Hola mis abuelos paternos fallecieron …mi papá nació en la casa de mis abuelos y luego de mayoría de edad se caso y su papá le dio la mitad de las tierras tubo 7 hijos y nietos viviendo ahí fue el único de sus hermanos que pagó impuestos y hace 20 años dejó de vivir ahí pero continuo pagando impuestos hoy una nieta se apropio de una parte …. se la puede sacar?

    Reply
  • rayosolari@yahoo.com

    Hola Doctor,mi consulta: es en fondo de casa hay terreno lo compro una gente en el año 1984, los dueños murieron los2 y nunca pagaron lo impuestos
    yo lo puse al dia y lo mantego, se puede iniciar el juicio de usucapion? muchas gracias

    Reply
  • rocio riccardi

    buenas , mi abuela falleció ya hace 3 años , ella estaba a cargo de mi, ya soy mayor de edad . pero aun sigo viviendo en la casa sola y me mantengo sola y pago los impuesto que aun siguen en su nombre .mi madre y mi tia se precentaron para hacer la división. pero yo presente una carta la cual mi abuela dejo escrito como quería que las cosas se dividieran las propiedades. contamos con dos . una en capital en la que yo vivo y otra en provincia que es donde vive mi mama y también mi tia . mi pregunta es si yo tengo posibilidad de quedarme en la casa que yo vivo?

    Reply
  • Gabi Fran

    Mi tío vivía con su pareja en una propiedad que era de ella, no estaban casados.
    Los dos fallecieron, y ella no tiene herederos. Es posible tomar la posesion del inmueble y alquilarlo o habrá que vivir allí de continuo para poder hacer en un futuro juicio de usucapion? Gracias!

    Reply
  • Gaby Fran

    Mi tío vivía con su pareja en una propiedad que era de ella, no estaban casados.
    Los dos fallecieron, y ella no tiene herederos. Es posible tomar la posesion del inmueble y alquilarlo o habrá que vivir allí de continuo para poder hacer en un futuro juicio de usucapion? Gracias!

    Reply
  • Mauricio

    Hola, con mi madre vivimos hace 13 años en un inmueble de tres de febrero cuyo dueño real falleció hace 30 años y no tiene herederos ni sucesion, un familiar lejano de la misma nos dijo que era el propietario (tenemos el informe de propiedad y no lo es) nos permitio vivir en el lugar pero de palabra, no tenemos titulo ni firmamos nunca nada, teniendo en cuenta que esta persona no es heredera ni le corresponde legalmente, nosotros pagamos los impuestos desde entonces e hicimos reformas y ahora queremos escriturar pero esta ultima persona ahora nos amenza con entrar por la fuerza y echarnos, a pesar de esto ¿se puede considerar ocupacion de buena fe o tramitar de alguna manera la escrituracion a mi nombre? y de ser asi, ¿en el boletin oficial, esta persona tiene autoridad para oponerse? ¿hay algun impedimento por esta situacion? gracias

    Reply
  • Jose Mercado

    Hola. Se puede usucapir un terreno fiscal, de uso continuo hace 40 años y con los impuestos pagados.
    Se extravió el comprobante de compra de esa época. Gracias.

    Reply

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Herrera & Flamenco Abogados

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