El trámite ante el registro de poseedores se realiza en la Unidad Ejecutora para el Saneamiento de Títulos – Tierras para el futuro.

Se debe llenar un formulario que entregan en dicha dependencia, en el cual firmarán dos testigos declarando conocimiento de la posesión denunciada (las firmas se certifican en la policía). Esto debe ir acompañado de toda la documentación que acredite esa posesión. Hemos realizado un artículo que puedes consultar aquí sobre los requisitos para la inscripción en el registro de poseedores.

La dirección es Dean Funes 64 Ciudad de Córdoba.

El teléfono es (0351)-4342441

Email: tierrasparaelfuturo@cba.gov.ar

Se debe solicitar turno por Ciudadano Digital, opción turnero provincial

El registro está creado por ley 9150 y al final de dicho trámite se obtiene una inscripción en el registro de poseedores, en el registro de la propiedad, y se dice que dicha inscripción es «oponible a terceros». Esta resolución posesoria que brinda la unidad ejecutora, facilita al poseedor la prueba de su posesión y podrá con ella realizar trámites en distintas reparticiones y dependencias, acreditar de manera rápida su carácter de poseedor y además la ley establece que estos derechos podrás ser objeto de medidas cautelares, ejecuciones judiciales o subasta.

Cabe aclarar que dicho trámite no da escritura, para lograr el título del inmueble se debe realizar un juicio de usucapión.

A continuación un video explicando en detalle el funcionamiento del registro de poseedores:

Nuestro estudio asesora en todo lo referente a derechos posesorios, inscripción en el registro de poseedores, usucapión y demás derechos reales.

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413 Comments

  • walter

    Hola dr. como puedo saber los costos de este tramite muchas gracias por su asesoramiento

    Reply
  • walter

    hola dr, adquiri un lote en sta. rosa, con los derechos posesorios de mas de veinte años, mi consulta es cuales son los tramites q debo realizar para ponerlo a mi nobre. ademas si es necesario hacer los tramites en el registro de poseedores o hacer solamente el juicio de usucapion.
    reitero la consulta
    Walter

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Walter: lo más conveniente es hacer directamente el juicio de usucapión. El trámite en el registro de poseedores si ya se tienen los 20 años es innecesario, ya que no va a tener muchos más efectos y además están muy demorados.

      Reply
  • silvana

    Gracias x su respuesta,

    Reply
  • silvana

    Hola doc!!!!! Que puedo hacer compre una posesión de 5 anos de un terreno en santa Ana el esta inscripto en tierras del futuro todo de buena fe,isimos x medio de escribano mi posesión,fui a la muni a sacar deuda para que me den el agua,me dijeron que tiene dueño y que esta al día pero n se sabe nada del dueño xq el terreno tiene el único alambrado que le puso a quien se lo compre.ya pasaron 7 anos.que algo puedo edificar o no??.espero su resp y desde ya le agradezco de corazón,lo que hace.

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Silvana: si quiere edificar existen bastantes posibilidades de que en algún momento aparezca el dueño, es un riesgo que va a tener que decidir usted si corre.

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  • Santiago

    hola, mi consulta es la siguiente, tengo un lote en santa maria de punilla, hace 3 años que lo limpio, lo alambre y tengo pago tasas municipales y rentas que nunca habian sido pagados, mi pregunta es la siguiente, quiero edificar pero por lo que se el titular registral (fallecido) tiene una hija en buenos aires la cual nunca pago impuestos nni limpio el lote, tengo fotos del estado del lote de hace 30 años y registro fotografico de to le que he realizado en el terreno. ¿corro riesgo de perder el lote? no tengo inscripcion en tierras para el futuro. Muchas Gracias

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Santiago: eso es algo que nunca se sabe, bien podría ser que dentro de tres o cuatro años la hija aparezca y reclame o podría ser que nunca aparezca y no sepa que tenían un lote. Nadie te puede dar una respuesta a eso, es un riesgo que toma quien toma un lote en las condiciones que lo estás haciendo. Si no querés correr riesgos, contactá a la heredera y comprale el terreno.

      Reply
  • walter

    hola dr, adquiri un lote en sta. rosa, con los derechos posesorios de mas de veinte años, mi consulta es cuales son los tramites q debo realizar para ponerlo a mi nobre. ademas si es necesario hacer los tramites en el registro de poseedores o hacer solamente el juicio de usucapion.
    Walter

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  • carina

    hola quisiera consultar acabo de comprar un terreno en posesion, lo alambre pague los impuestos y ahora hay alguien diciendo ser duena se q el dueno real no es pero si posiblemente tiene lo mismo q yo los derechos posesorios q debo hacer se q aunq yo acabo de adquirirlo estoy haciendo todo de buena fe y no quiero q venga a querer quitarmelo supiestamente no puedo inscribirlo en tierra para el futuro porque debo acreditar 3 anios me dijieron pero yo quiero construir y vivir cuanto antes q se puede haver

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Carina: si la disputa es entre poseedores, siempre está en mejor posición la persona que tiene la posesión efectiva del terreno. Por que si el otro era poseedor pero no había realizado ningún acto sobre el bien, le va a ser difícil probarlo.

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  • Carlos

    Dr. Muchas gracias por la ayuda!!

    Reply
  • Carlos

    Hola Doctor! Antes de consultarlo quería agradecer su tiempo y predisposición para con estos temas y felicitarlo por la página… muy bueno!!
    Yendo a la consulta, le comento que con un amigo (Leonardo) adquirimos hace 2 años el derecho a uso de un terreno en Santa Rosa de Calamuchita, tenemos toda la historia del terreno, los planos de catastro, deudas pagas y pagamos los impuestos regularmente. Todavía no nos inscribimos en Tierras para el Futuro porque estamos haciendo la agrimensura y amojonamiento del mismo. El «título» de poseedores está a nombre de nosotros dos. Mi intensión es ceder mi parte a otro amigo en común, es decir, quedaría ese título a nombre de 2 personas (como lo está actualmente). Es esto posible? Puedo ceder sólo mi parte pudiendo conservar mi amigo Leonardo su parte?
    Desde ya gracias por el tiempo y saludos!

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Carlos: si, se podría hacer. De todos modos para evitar inconvenientes y que quede claro, lo mejor sería que en el contrato de cesión se incluya una cláusula en que su amigo Leonardo toma conocimiento de dicha y cesión y se deje en claro que se comparte la posesión de dicho bien.

      Reply
  • javier

    listo docto ya le envíe un mail aguardo su respuesta muchas garcías…

    Reply
  • javier

    hola doctor yo estoy en posesión de un lote hace 2 años tengo mi casa cuento con declaración jurada con testigo de que vivo en el lote impuestos de rentas al dia fui a tierra del futuro para realizar algún tramite para contactar q yo estoy viviendo y poder pedir la luz en epec por que no tengo servicio de luz me da un vecino pero ay me piden plano de mensura catastrales información catastral del inmueble monoclatura y todo tipo de información dominial del inmueble pero en catastro no me lo dan me dijeron que tengo que poner un abogado que me lo pida es a si y al rededor de cuanto costaría gracias

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Javier: enviame un mail a estudioherrera@outlook.com , para poder ayudarte tenés que tener algún dato del inmueble, por lo menos el número de cuenta de Rentas, o quizás lo podemos ubicar si tenés los datos catastrales de algún lote vecino.

      Reply
  • Nilo

    Buenos días Dr. estamos por iniciar el trámite de saneamiento de tierra de un lote que venimos manteniendo, sólo realizamos alambrado y limpieza. Fuimos a la Municipalidad y no nos quisieron dar los datos para comenzar a pagar impuestos y no brindan datos del mismo salvo al titular o habiendo iniciado tal trámite previamente. Si cumplimos con los requisitos, iniciamos el trámite y posteriormente realizamos algún tipo de construcción sobre el terreno, ¿cuánto tiempo tiene que pasar para iniciar el juicio de usucapión?. Si aparece el dueño antes o durante el juicio ¿corremos riesgo de perder lo invertido? Gracias

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Nilo: si, tienen que pasar 20 años desde que empezaron a mantener el lote. Si aparece el dueño antes de que tengan los 20 años, existe riesgo de que puedan perder el lote. Pero bueno, ese es el riesgo que toman.

      Reply
  • roxana

    hola dr emiano quisiera consultarle estoy pagando los impuestos de un terreno q tien deuda del año noventa y cinco tiene deuda de agua yo localice al hijo del titular y m dijo que a el no le interesaba que el no kria poner ni un peso yo empece a edifikr quisiera sabr si corro algun riesgo q m lo quiten algun dia m daran algun papel en tierras para el futuro espero su respuesta muchas gracias

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Roxana: en este artículo detallé lo que puede suceder con lo edificado y las mejoras en caso que aparezca el dueño. Si el dueño no está interesado en el terreno, si usted puede, lo mejor sería que se lo compre a un precio bajo, ya que tiene mucha deuda, y hay que hacer declaratoria de herederos, etc. Así salen las dos partes beneficiadas.

      Reply
  • Ezequiel Zucchiatti.

    Dr. Herrera: Buenas tardes, agradezco primeramente el espacio y felicito su labor como informante y asesor por medio de este blog.

    Mi situación es la siguiente; mi abuelo (aún con vida) tenia escriturado correctamente un terreno, en el cual edifico un galpón donde funcionaba su carpintería, años después arma una sociedad con otras personas y pone como aporte societario su terreno con el galpón. Hace aproximadamente 30 años que no existe dicha sociedad y desde entonces mi abuelo sigue haciendose cargo de los impuestos y servicios. Los socios ya han fallecido hace muchos años y ahora queremos volver a poner este lote y edificio a nombre de la familia.

    Por lo que entiendo, tenemos mas de 20 años de posesion, con servicios, impuestos y testigos para inscribirnos en Tierras a futuro. Exactamente ¿Qué deberiamos hacer?

    Muchas gracias!

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Ezequiel: más que hacer el trámite en tierras para el futuro, les recomendaría que hagan directamente un juicio de usucapión

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  • Fabiana

    Estimado Doctor, buenos días! mi pregunta es la siguiente, deben tener alguna característica en especial los testigos? es decir, deben ser «vecinos» del lote? o simplemente tener conocimiento de que el lote estuvo a mi cargo por 30 años? Desde ya muchísimas gracias por sus aportes.

    Saludos!
    Fabiana

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Fabiana: tienen que tener conocimiento directo de ese hecho. Y no estar comprendidos «en las generales de la ley»

      Reply
  • daniel cravena

    Buenas tardes doctor, tengo intención de compar un lote en estancia vieja para hacer mi casa permanente,
    Mi duda es como distinguir una escritura real y válidad de un derecho posesorio, por otro lado como verifico que el lote es ese que me indican según la escritura, es decir donde puedo constatar que tal lote de tal manzana es exactamente el que me estan mostrando personalmente y es el que figura en la escritura y no otro.
    Muchas gracias

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Daniel: es fácil, una escritura dice compraventa y la otra habla de cesión de derechos y acciones. Para verificar que no hay problemas, puede pedir un informe de dominio.

      Reply
  • Monica

    hola yo tenia a mi nombre dos lotes de tierra del futuro y los usurparon, esta persona dice que volvio a inscriirse para tener a su nombre los lotes, se puede hacer esto

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Mónica: si la usurpación ocurrió hace menos de un año, todavía estás a tiempo de recuperarlos, por medio de una acción posesoria.

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  • juan Tosco

    Buenos dias Doctor. Hace 3 años mi hijo construyó una cabaña en un lote de Usucapión que es de mi poder, al lado de la casa que habíto. Ahora quiere que le fírme la Cesión de Derecho de dícho lote, No téngo problema, pero mi temor es que vénda ó alquile esa cabaña, y yo tener q tener vecinos que no séan mi hijo…. ¿¿Se puéde poner una cláusula que díga que le traspaso los derechos del lote con el impediménto que no va poder alquilar ó vender?? Muchas Gracias

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Juan: no sería lo ideal, ya su hijo en algún momento va a querer escriturar ese bien y lo ideal es que sea clara la posesión, no condicionada.

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  • Edidt Ferrarese

    Dr: Hace 18 años compré un terreno en el cual edifiqué y desde ese entonces vivo ahí, atrás de dicho terreno hay otro de las mismas dimensiones, el cual me fue cedido verbalmente por la municipalidad ya que el mismo pertenecía a la Companía de Tierras, este terreno fue cercado, se plantaron arboles, se realizó una verja de mampostería en el frente del mismo. Que me conviene realizar inscribirlo en el Programa Tierras del Futuro? o esperar 2 años y realizar el trámite de Usucapión? Gracias! Atte. Edidt Ferrarese – Villa Rumipal

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Edith: quizás es mejor esperar y hacer directamente el juicio de usucapión, ya que en la práctica, faltando tan poco, no va a tener muchos efectos prácticos la inscripción en tierras para el futuro.

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  • emi

    hola dr. quisiera tener informacione en lo siguiente. hace 3 años que estoy cuidando un terreno. lo cerque, lo limpio periodicamente y estamos cavando los cimientos: rentas esta pago y en la municipalidad tiene un juicio de $15.000 lo cual estamos por arrglarlo, aparte tiene una deuda con el municipio de $31.000 pero me dicen que eso no se puede eximir. como hago?? si no lo pago se ira a otro juicio?? no se paga desde el año 1983, no tendria q haber prescripto eso?? ah y otra inquietud es que en la municipalidad aparece a nombre de una persona y en rentas aparece a nombre de otra, que debo hacer?? gracias desde ya por su respuesta

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Emi: siempre que no haya habido en ese plazo actos interruptivos, la deuda impositiva prescribe a los 5 años, lo establece el código civil. Los actos interruptivos pueden ser reconocimientos de deudas, planes de pagos solicitados, inicio del juicio ejecutivo fiscal, por ejemplo. Lo que tendrías que hacer es pagar la deuda no prescripta y presentar nota solicitando la prescripción de la deuda anterior, acreditando tu calidad de poseedor, y te tienen que dictar resolución al respecto.

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  • viviana moyano

    HOLA doc. mi consulta es la siguiente tengo en posecion un terreno hace mas de 20 anos comprobables x fotos y testigos , pero nunca inicie los tramites de tierra del futuro x falta de dinero debe impuesto desde q fue comprado x el titular pero parece q alguien (pago rentas xq solo se debe este ano 2014 es muy extrano ya q yo se q el titular no aparece mi temor es q me puedan quitar mi unico pedazo de tierra q tengo construida mi casita podre iniciar los tramites igualmente en tierras del; futuro muchas gracias espero su respuesta!!!!!

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Viviana: si usted puede comprobar los 20 años, por más que aparezca el titular y pague los impuestos usted puede defender su posesión.

      Reply
  • hernan

    hola, Doctor, le consulto: hay unos terrenos q quisiera inscribir en el registro de poseedores, pero me dicen q han cambiado la ley y quisiera saber si ud podría decirme cuales son los nuevos requisitos. Hasta ahora solo los alambre y los limpie, pero como se si alguien ya los registro? espero su rta. gracias por la atencion

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Hernán: tengo entendido que por la nueva reglamentación además de las declaraciones juradas de los testigos acompañes prueba de la posesión.

      Reply
  • cintia

    Hola Dr. Emiliano , paso a comentarle compre un terreno que data de posecion desde el año 83 el problema es que cuando lo compre no averigüe la deuda municipal, lamentablemente después me entere que dicha deuda era de $20.000. yo tengo todos los papeles para anotarlos en tierras del futuro pero fui a una escribana y me dijo que no se me valla a ocurrir ir ahí porque ya esta para el juicio de usucapión… y no se que hacer. no se si pagar la deuda y anotarlo en tierras o viceversa o hacerle caso a la escribana le agradecería mucho que me saque de estas dudas que tengo..

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Cintia: si ya tiene las pruebas de esa posesión, y tiene el dinero para hacer los planos de mensura para posesión, le recomendaría que en vez de ir a tierras para el futuro haga directamente la usucapión. Respecto a la deuda municipal habría que ver si hay alguna parte que está prescripta o si está en ejecución judicial.

      Reply
  • elina cervantes

    Hola Doc. necesito saber cual es la ultima modificacion al Reglamento que ahora dispone que para inscribir la posesion de un lote tengo que acreditar diez años de posesion concreta para que me reciban el expediente, segun escuche se habria reformado este plazo a fines del 2013.

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Elina: no tengo el número a mi disposición, habría que solicitar el número de decreto o resolución en la unidad ejecutora, que seguramente lo deben tener.

      Reply
  • FRANCO

    HOLA DOC, TENGO UN TERRRENO COMO POSEEDOR PERO NO LO INSCRIBI EN EL REGISTRO TODAVIA. HACE MAS DE DIEZ AÑOS QUE NO VIENE NADIE AL CITIO Y TAMPOCO PAGARON MAS LOS IMPUESTOS, SI EDIFICO Y APARECE EL DUEÑO, ME TIENE QUE PAGAR LO QUE YO PUSE?

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Franco: como dice en este artículo en este mismo sitio, el dueño puede pagar el mayor valor que las mejoras den al bien o pedir que se retiren a cargo del poseedor de mala fe. Todas las mejoras necesarias como el pago de impuestos debe pagarlas, pero por el plazo de prescripción, en el caso de impuestos son 5 años.

      Reply
  • Morrone Julian

    Dr. Buenos dias. Compre unos lotes en anisacate hace 6 anos. (Derechos poserios, de, en teoria 50 años) fui a tierras del futuro y no me inscriben porqu debo acreditar 3 años de imp pagos. Pero en la muni de anisacate no me cobran los impuestos si no estoy insc en tierras del futuro.!!!!) El cuento de l buena pipa.!!!!) Ya no se que hacer… podremos tener una consulta.??? Me podria enviar por mail sus honorarios para la consulta y direccion o telefonos? Gracias. Julian morrone.

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Julian: mi telefono es 0351-4214387 o 0351152416077, el estudio está en Av. General Paz 94 5º piso of. 7, pero previamente hay que concertar cita telefónicamente. Saludos.

      Reply
  • Alba

    Estimado Dr., me ofrecieron comprar en las sierras un terreno con derechos posesorios, por lo que usted explicó a lo largo de los distitnos comentarios,éstos pueden venderse, y también entiendo que este derecho posesorio permite escriturar, pero si no se cumplieron los 20 años de posesión por parte del titular, como afecta la compra ante posibles dueños registrales o herededos

    La venta de un derecho posesorio puede realizarse antes de los 20 años por parte del titular, en este supuesto cuanto tiempo hay que esperar para hacer la prescripción adquisitiva y cuanto tiempo lleva aproximadamente.

    Saludos

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Alba: se pueden escriturar, pero se debe hacer un juicio de usucapión para ello. La venta se realiza, pero como no se puede vender un derecho más amplio que el que se tiene, el comprador se encontrará en la misma situación que el comprador original, siendo la única publicidad del mismo la posesión pública y pacífica del inmueble. Recién con los 20 años (sumados comprador y vendedor) se puede hacer el juicio. Mientras se puede hacer esta inscripción en el registro de poseedores a los fines de inscribirla y darle mayor publicidad, una publicidad registral.

      Reply
  • Mariel

    Buenas tardes, doctor: En el año 2007 hice los trámites en Tierras para el futuro. He pagado las deudas impositivas y continúo pagando los impuestos y he realizado algunas mejoras en el terreno. El dueño anterior dejó de pagar sus impuestos en 1938. Mi pregunta es cuándo puedo hacer el juicio por usucapión y qué trámite debo realizar? Muchas gracias

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Mariel: cuando hizo la inscripción en Tierras para el futuro, cuántos años de posesión denunció que llevaba ya?

      Reply
  • cintia

    Dr.tenemos una casa donde viviamos.con mis hermanosy padres siempre.m madre fallecio .quedamos los hermanos porque mi padre se fue.habia na gran deuda que veniaa nombre de una persona que n cnocemos como.dueña.y no podiamos hacer plan de pago por n tener escritura.libreta de familia.nada que cnste que somos.algo de.esa.persona.volvio nuestro padre.nos corrio.ahora parece que el pago y dice que deja la casa a nombe de la hija que tiene con su pareja.puede ser esto.cmo.podemos.averiguar ?

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Cintia: cómo los sacó de la casa? ustedes tienen algún dato de la casa, como el número de dominio o el número de cuenta en Rentas?

      Reply
  • Alicia

    Dr. Soy propietaria de un terreno en San Roque, poseo escritura e impuestos municipales y rentas pagos, me han avisado que tomaron mis terrenos que fueron cercados y amojonados. Que debo hacer? pueden usurpoar un terreno teniendo propietario?…

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Alicia: puede hacer la denuncia, y también ir por la vía civil, si hace menos de un año que sucedió esto puede ir por la vía posesoria que es más rápida, si hace más de un año, con un juicio de reivindicación.

      Reply
  • Fabian

    Buenas Dr, tengo una duda, adquiri un terreno que esta acentado en tierras del futuro, lo que hice fue hacer ante escribano publico un boleto de sesion de derechos, a mi me lo cedio un amigo que tenia una deuda conmigo y no podia pagarmela, pero el terreno se encuentra a nombre de la dueña anterior a quien el se lo compro, actualmente vivo ahi, edifique hice arreglos, pago los impuestos y tengo los servicios a mi nombre, quisiera saber que es lo que tengo que hacer para poder cambiar la caratula a mi nombre asi poder iniciar el juicio de usucapion, espero con ansias su respuesta, desde ya muchas gracias.

    Reply
  • Fabian

    Hola Dr, buenas! tengo una duda necesitaria saber de que manera puedo cambiar a mi nombre la caratula de un terreno que compre, lo que hice fue firmar ante escribano publico un boleto de derechos posesorios, pero me interesaria cabiarlo a mi nombre para poder iniciar un juicio de usucapion, en realidad la titular del terreno se lo vendio a un amigo mio y como el me debia algo de plata mas una diferencia me quede con el terreno yo, donde actualmente estoy viviendo, pagando los impuestos rentas y de mas, servicios a mi nombre, por favor necesitaria sacarme esa duda, desde ya muchisimas gracias , espero su respuesta con ansias.

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Fabián: presente esa cesión en Tierras del Futuro para que le hagan la transferencia del trámite.

      Reply
  • yami

    Hola doc, que pasos debo seguir para comprar una vivienda que solo tienen el tramite echo en tierras del futuro, dice que tienen la posesion desde hace 13 años, como averiguo si es verdad? Ellos me dieron el numero de expediente que le dieron el tierras del futuro. Espero respuesta!

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Yami: además del trámite, tedrían que tener pruebas de esos 13 años, como pago de impuestos, facturas de gastos, arreglos en la propiedad, testigos, etc.

      Reply
  • lAURA

    Hola Dr.: En 2005 hice los tramites de la 9150 por un lote, que edifique y tengo alquilado, impuestos al dia, etc. Mi comprobante del tramite se destruyo al incenciarse mi vivienda, quisiera saber como puedo verificar en que estado se encuentra actualmente.

    Reply
  • lucas

    Hola buenos dias necesito saber si un terreno ya esta inscrito en tierras para el futuro .. que devo hacer .?
    Desde ya muchas gracias

    Reply
  • andrea

    Hola tenemos una duda queremos tomar un terreno sobre la costa del río. Es posible eso ? Tendríamos que alambrar hasta el agua o unos metros antes? Gracias

    Reply
  • paola

    Dr.
    Quiero hacerle una consulta. Estuve por cordoba con deseo de comprar un lote, y solo conseguí un contacto que me permitio pagar las deudas ( impuestos municipales,rentas.) de dicho lote. Tenia muy poca información sobre usucapión, ahora intenté buscar a la titular del inmueble y no consigo ningún dato. Quiero saber como puedo saber si ella vive, si tiene herederos, embargos,etc. Quiero saberlo para decidir si anotarme en tierras del futuro o no. Y necesitaria saber cuanto tiempo hay que habitar el inmueble para iniciar juicio de usucapion en caso que dé con datos verdaderos del inmueble.

    Muchas gracias.
    Paola.

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Paola: para iniciar juicio de usucapión, tienen que tener 20 años, pero mientras puede habitarlo, construir, vender la posesión, alquilarlo, etc.
      Respecto a averiguar si la titular vive, podría empezar buscando en el padrón electoral. Para pedir un informe de dominio y ver si hay embargos, hay que tener la matrícula del inmueble.

      Reply
  • rosana

    hola, yo tengo un terreno que compraron mis padres y no hicieron escritura, ellos ya fallecieron y solo tengo el boleto de compra y venta que tiene como veinte años de antiguedad, estan los impuestos de rentas al dia, mi padre antes de fallecer hizo una edificacion , esta cercado y planto algunos pinos, el terreno esta en las sierras, el problema es que un primo se agarro el terreno junto con su patron y para devolvernoslo quieren llegar a un acuerdo monetario muy bajo y que les presente todos los comprobantes pagos de los veinte años, el problema es que no tengo todos los comprob, el ha metido un perro en el terreno, le ha puesto cortinas a las ventanas y no me deja ingresar al mismo, debo mencionar que aparte del mio se han apoderado de todos los terrenos lindantes con el mio, y tengo miedo de perderlo. como puedo hacer para recuperar mi terreno, desde ya muchas gracias
    ,

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Rosana: hace cuanto fue esto? Si hace poco con un desalojo lo podrías recuperar rápido, si fue hace más de un año, entonces serían otras vías para recuperarlo. Si lo deseas, podés pedir una cita en el estudio para ver los pasos a seguir. El mail es estudioherrera@outlook.com el telefono es 0351-4214387.

      Reply
  • Laura

    Hola, quisiera saber si en algún lugar se puede ver si un terreno tiene un poseedor declarado. Yo tengo un terreno y eh tomado digamos que en préstamo un terreno, y resulta que ha venido una persona diciendo que es el dueño, se que escritura no tiene, pero nose si será poseedor. En algún lado puedo corroborar que este sujeto sea su poseedor?

    Reply
  • Daniel

    Dr. Me interesa inscribirme con un terreno en tierras para el futuro. Hace más de 15 años que nadie viene al terreno. Mi intención era comprarlo pero no encuentro al dueño por ningun lado. En la municipalidad no me quieren dar datos ni del terreno ni del dueño. Las consultas son.
    1- ¿Hay algún organismo que me de los datos del terreno o del propietario?
    2- Sin datos del propietario ni del terreno ¿Cómo lo inscribo en Tierra para el futuro?

    Gracias.

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Daniel: en Catastro o en la Municipalidad, pero tiene que acreditar algún interés legítimo para que le den los datos, o ser (o contartar un) profesional abogado, escribano o ingeniero agrimensor.

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  • jenny

    Hola Doctor;
    Hice la declaracion jurada en policia con dos testigos,certificando 3 años de posesion y tengo fotos, gastos y pago de impuestos municipales, desde hace seis meses. El tema es que el terreno tiene deuda de imp. municip desde 1995 en gestion administrativa y tiene deuda en Rentas de la PROV. desde 1986, en gestion extrajudicial, yo quiero preguntarle a Ud.que va a pasar con esa deuda??? comenzara un juicio ?? quien se tiene que hacer cargo de esa deuda??

    Reply
  • jenny

    Hola Doctor;
    Hice la declaracion jurada en policia con dos testigos,certificando 3 años de posesion y tengo fotos, gastos y pago de impuestos municipales, desde hace seis meses. El tema es que el terreno tiene deuda de imp. municip desde 1995 en gestion administrativa y tiene deuda en Rentas de la PROV. desde 1986, en gestion extrajudicial, yo quiero preguntarle a Ud.que va a pasar con esa deuda??? comenzara un juicio, ?? quien se tiene que hacer cargo de esa deuda??

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Jenny: si usted es la poseedora, se tiene que hacer cargo de la deuda. Pero la deuda que tiene más de 5 años está prescripta. Lo que pasa es que Rentas toma la prescripción únicamente respecto del titular y no de los poseedores. Por lo cual le recomiendo que pague la deuda no prescrita y el resto lo deje sin pagar.

      Reply
  • Laura

    Hola, le comento mi situacion, yo tengo un terreno con escritura, y queria comprar el terreno que esta atras, se que la «dueña» tiene una posesion hecha con el plan «tierras para el futuro», la hizo hace aproximadamente unos 6 años y declaro en su momento unos 5 años de posesion, se que no ha pagado impuestos, ni cercado ni hecho mejoras en el terreno. La incognita radica en que ella me dice que a los 10 años de iniciado el tramite, este plan le otorga la escritura de propiedad, por lo que me lo quiere vender a precio de mercado, si mal no tengo entendido, este plan solo otorga un «titulo» de posesion, se inscribe la posesion en un registro pero no otorga ningun titulo de propiedad. Quiero saber si es asi, porque de acuerdo si me cede una posesion o bien un titulo propietario el valor del terreno va a variar.

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Laura: no, dicho trámite no da una escritura de dominio, da una inscripción que hace conocer a terceros dicha posesión, o sea una publicidad extra de la posesión.
      Por lo cual, para tener el dominio va a tener que, cuando se cumplan los 20 años, hacer una usucapión.
      Saludos.

      Reply
  • walter

    Doctor, que otra prueba convincente se puede presentar a parte de impuestos y testigos?,aca hay solo testigos que pueden acreditar la antigüedad, pero me dijeron en Tierras p… que es relativo ya que se pueden inventar fechas, alcanza con solo eso para justificar la primera mitad de años de posesión? el resto estaría con impuestos, etc.

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Walter: con los testigos más las otras pruebas puede ser suficiente. No hace falta probar cada uno de los años.

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  • walter

    Faltó consultar, si aparece el dueño una vez que compré, que hago con la casa que pagué? es cierto que me tiene que pagar todas las mejoras realizadas y plantadas en el lote y yo cedérselo? Ya pasaron casi 30 años y no aparece nadie pero si lo hacen? no tengo mas que fotos, los testigos para acreditar posesión y los impuestos pagados todos en el 07. Corro riesgo de perderlo todo?

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  • walter

    Hola, estoy interesado en comprar un lote edificado cuya situación es la siguiente: e poseedor primeramente (año 85) compra un lote, al tiempo quiere venderlo y se da con que su lote era el del lado, a todo esto, lo había alambrado y limpiado, vende el de su propiedad y al «otro», se lo deja un hijo y empieza a construir una cabaña alla por el año 95, la habitan y recién en el año 2007 inician el tramite en Tierras para el futuro para inscribirse como poseedor, desde el año 85 al 07 solo hay fotos y la certificación de testigos ante J. de paz y los impuestos al día pero pagados en el 07, los municipales llegan a nombre del poseedor y rentas al dueño, que no fue localizado, me dicen en Tierras p… que solo hay demostrados 6 años de posecion a la fecha, desde el 07 hacia atrás, con lo que hay no alcanza y por eso desconfío y dudo para comprar, que me aconseja? que faltaría para estar tranquilo y comprar?

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Walter: me parece que usted está bastante informado sobre los riesgos que puede tener. Si usted quiere usucapir es importante poder probar esa posesión de alguna forma. No hace falta probar todos los años ni tener pagados los impuestos, pero prueba convincente de que se ha tenido la posesión durante ese tiempo.

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  • Adriana

    Hola DR. le comento que tengo una posecion de casi 5 años, tengo una escritura de posecion, lo de tierras del futuro, los planos de mensura, estoy al dia en impuestos municipal y provincial, leyendo tu articulo de usucapion vi que para adquirir la presc adquisitiva son 20 o 10 años con justo titulo,,,, mi consulta es ¿que seria el justo titulo? o como se obtiene?
    Desde ya muchas gracias.

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Adriana: el justo título es una escritura traslativa de dominio que por algún defecto no es idónea para transmitir la propiedad. Es una situación que actualmente con la existencia de los registros de la propiedad es muy difícil que se de, ya que al inscribir el documento el registro tiene una función calificadora. Era algo que se podía dar más en la época de sanción del código civil, cuando no existían los registros.
      La escritura de posesión no tiene valor en ese sentido como justo título, no se exige la formalidad de la escritura para vender la posesión, basta con un instrumento privado (siendo preferible que se haga con firmas certificadas), siendo un gasto innecesario hacer una escritura para la transferencia de una posesión.

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  • Celina

    Hola Dr inicie un.juicio de usucapiøn en el 2010 cuando mi.padre me.cedió la.posición de.un.terreno ante escriban pública.Donde puedo.seguir el trámite? Hay alguna dirección web? Muchas gracias.Celina

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Celina: si inició un juicio, comuníquese con su abogado que le va a poder informar del avance del trámite. Si tiene el número de expediente, por internet en la página del poder judicial de Córdoba lo único que se puede ver es si el expediente está prestado o está en el juzgado, pero no se puede consultar nada más.

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  • Bitacoras.com

    Información Bitacoras.com

    Valora en Bitacoras.com: El trámite ante el registro de poseedores se realiza en la Unidad Ejecutora para el Saneamiento de Títulos – Tierras para el futuro. Se debe llenar un formulario que entregan en dicha dependencia, en el cual firmarán dos…

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  • Requisitos para la usucapión o prescripción adquisitiva de inmuebles : Es Derecho

    […] La inscripción en el registro de poseedores de la provincia de Córdoba o Tierras para el futuro, tiene únicamente un valor de publicidad extra. Si bien, la misma posesión de un bien como dueño […]

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