En este artículo vamos a explicar en qué consiste una Declaratoria de Herederos y cómo hacer para iniciarla. Si necesita ayuda puede contactarnos y le responderemos a la brevedad

¿Qué es la Declaratoria de Herederos? ¿Para qué sirve?

La declaratoria de herederos es una resolución dictada por un juezpor la cual se reconoce el carácter de heredero universal a una o varias personas. Se declara que una o varias personas son las herederas del fallecido. Se necesita previo a realizar la sucesión o en caso de querer vender los bienes del causante.

¿Cómo se inicia?

Se hace una presentación judicial, por medio de un abogado, en el cual se declaran quienes son los herederos, se denuncian sus domicilios si son conocidos y se acompaña toda la documentación que acredite el vínculo de parentesco.

¿Cuándo es necesario hacer una declaratoria de herederos?

Cuando han quedado bienes registrables  es necesario hacer una declaratoria de herederos para poder cambiar de titularidad registral, ya sea a  los herederos o para venderlos a terceros. Por lo cual, si existen automotores, inmuebles u otros bienes registrables, se debe hacer la declaratoria para poder transferirlos.

El lugar donde debe iniciarse el juicio:

La declaratoria de herederos hay que iniciarla en la ciudad  donde tenía su último domicilio el fallecido.

¿Qué documentación se necesita para iniciar la declaratoria de herederos?

Toda la necesaria para acreditar la defunción y el vínculo con los herederos, en general es la siguiente:

  • Certificado de defunción
  • Acta de matrimonio
  • Partida de nacimiento

En caso de herederos testamentarios se debe acompañar el testamento.

¿Quienes pueden iniciarla?

1) El cónyuge, los herederos y legatarios (cualquiera de ellos)

2) El albacea;

3) Los acreedores de los herederos o de la sucesión (para cobrarse sus deudas);

4) Todos los que tengan en la sucesión algún derecho declarado por las leyes.

¿Cuáles son los gastos que insume el trámite?

Al iniciar el trámite Tasa de Justicia y Caja de abogados se pagan por monto indeterminado y ese pago se toma a cuenta del pago por el valor de los bienes. Una vez denunciados los bienes, hay que abonar un 2% del valor de los mismos (se toma la base imponible de rentas para su valuación) en concepto de Tasa de justicia y un 1% de Caja de Abogados. A esto debe sumársele otros gastos menores, como la Publicación de edictos y el oficio de inscripción en el registro de Juicios Universales.

Tiene más dudas? Contáctenos a través del siguiente formulario y le responderemos rápidamente

2.004 Comments

  • jesus

    hola dr: le comento que en el 2006 compramos una casa en sucesion.a buen precio pero solamente tuvimos que ir al escribano con el abogado del vendedor y se hizo el compra venta,que de hecho es el unico comprobante que tenemos de esa compra,tambien decirle que ahora estoy viviendo en otra provincia y la casa quedo tirada ahi y hace mucho no voy.necesito saber que podre hacer para retomarla o bien diga que papeles necesito para escriturar? desde ya muchas gracias.

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  • mariana

    Buenos días Dr: me gstaría que me explicara que pasos debo seguir con respecto a la propiedad que comparto junto con mis hermanos, en total somos 4, y mis padres están con vida..la casa le pertenecía a mis abuelos y la propiedad se encuentra en sucesión. Pero un hermano quiere construir y ya tomo la parte que desea y mis padres se lo permitieron, yo también me encuentro en la misma situación pero en ese trozo de terreno debo dejar el pulmón, el problema es que mi familia ahora no quiere que haga sino que espere a que mi hermano termine y construya sobre el, yo me encuentro en la necesidad de hacer ya que tengo carga de familia y mi hermano no, el ya tiene planos de todo el terreno y dentro de unos años va comenzar, mis padres también se van a construir pero ninguno esta respetando espacios, el terreno solamente tiene de ancho 8,66 x 60 metros y ya tiene una construcción en medio hacia arriba. No quiero encontrarme con la necesidad de irme a alquilar,y como veo como se plantean las cosas voy a llegar a tener problemas legales. Yo no quiero afectar a ninguno de mis hermanos ni a mis padres no soy egoísta pero no conozco cuales son mis derechos por eso necesito saber que pasa si me voy, el día de mañana puedo reclamar lo que me pertenece o todavía puedo pelear por mi espacio físico que necesito con urgencia?. muchas gracias

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Mariana: si el terreno es de tu padre o madre, ellos pueden disponer de la forma que consideren conveniente de su bien. Los hijos recién tienen derecho a esos bienes una vez que fallezcan ellos. Por lo cual recién podrás reclamar lo que te va a pertenecer cuando se habra la sucesión de ellos en un futuro. No se puede pelear una herencia de una persona que vive.

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  • EMILIA

    BUEN DIA , YO QUIERO CONSULTAR POR EL TERRENO DONDE VIVO , ERA DE MI BIS ABUELA, QUEDO CON PROMESA DE VENTA POR PARTE DEL GOBIERNO, ELLA MURIO QUEDO MI ABUELITA QUE NUNCA TRAMITO LA ESCRITURA, AL MORIR MI ABUELITA QUEDO MI MAMA, YO QUISIERA SABER COMO HACER OH ADONDE PUEDO TRAMITAR LA ESCRITURA,

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Emilia: a que se refiere con promesa de venta? Qué estadio del gobierno, municipal, provincial, nacional? El terreno es propiedad de alguno de esos estamentos públicos?

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  • Guillermo J. Pineda

    Queria hacerle una consulta, mi tia politica fallecio en extranas circunstancias hace 2 anos, unos meses antes conversando con mi esposa le hizo saber que por ya ser una persona mayor tenia todo en orden, y que inclusive le habia dejado parte de sus valores a mi suegra y mi cunada. Cuando fallecio aparecio una sobrina a la cual le avisaron del accidente que la senora sufrio en su casa, y ella y su mama, hermana de la occisa llegaron al apartamento y se hicieron cargo de todo sin comunicarle a nadie otra cosa que sobre el fallecimeiento de la senora. Mi suegro uno de los herederos, ya que la senora era viuda y sin hijos, no ha sido notificado de nada, de Buena fuente se sabe que la senora tenia propiedades, dinero, cuentas y joyas, de las cuales no se sabe nada. Mi suegro me ha nombrado su representante legal, por donde empiezo? como me podrian guiar.

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  • CLEVY

    Hola Dr. Tengo 1 consulta. Mi padre acaba de morir el tuvo 3 mujeres. 1er matrimonio 2 hijos que no sabemos donde están nunca los conocí. 2do matrimonio nació mi hermana y yo y mi padre adquirió junto a mi mamá los bienes que posee todo a su nombre, mi madre murió cuando mi hermana tenia 10 años y yo 7 y no hizo declaración ni repartió nada. 3era pareja (unión de hecho) tuvo 2 hijos mas uno con apenas 4 años. Mi pregunta como se reparte? Considerando que los bienes de mayor valor fueron obtenidos durante el matrimonio con mi mamá?. Que heredaría su actual pareja e hijos? Nosotros 2 y los primeros 2?

    Gracias…

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Clevy: los únicos que heredan son los hijos, todos por partes iguales, salvo los bienes gananciales, que si no se hizo la declaratoria con tu mamá, les toca sobre esos bienes el 50% de tu mamá a ustedes y el resto se reparte por partes iguales entre los hijos.

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  • Hector

    Estimado Dr Herrrera buenas tardes
    Estoy herendando la casa de mis padres, ya tengo la declaratoria de herederos. y voy a vender el unico bien. La declaratoria tramita en provincia de Bs As. En esta instancia de deben presentar los planos del inmueble, certificadoes de inhibicion de bienes, valuaciones fiscales, pagar las tasas y sobretasas y pedir regulacion de honorarios del abogado. Mi idea es vender por tracto abreviado. Cuando demora esta instancia hasta que autorizan la venta del bien y poder transferirlo? Soy unico heredero. Debo presentar algun otro certificado, cuanto demoran estos certificados en salir. Estoy necesitando cerrar este tema con urgencia. Muchas Gracias.

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Héctor: debería preguntarle a su abogado que conoce como está el expediente, e incluso conoce el juzgado donde está tramitando.

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  • Pablo

    Buenas tardes Dr, yo le escribi la semana pasada por la venta de una casa (el 50% de un unico bien heredado por parte de mi abuelo) , le comento que finalmente mi abogado opto por la opcion que usted me proponia , la cesión de derechos hereditarios onerosa , tengo 3 dudas, la primera es donde tengo que inscribir la escritura de cesion ? la segunda en caso de que no haya inscripto la escritura a mi nombre y mi abuela falleciera repentinamente, es valida la inscripcion si la realizo a posterior de su fallecimiento ? .Por ultimo , en el caso de continuar ella con vida , yo hago la inscripcion , al tener yo el dominio del 50% de la propiedad y mi madre debe respetar el usufructo de mi abuela , puedo alquilarle a mi abuela el 50% del cual ya soy propietario o darsela en comodato con el compromiso por parte de ella (mi abuela) de afrontar todos los gastos e impuestos del bien cedido ? . Desde ya muchas gracias .

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  • Milagro

    Doctor
    Hace diez años mi madre inicia el jucio sucesorio de mi abuela. Se dispuso de un administrador judicial y las otras coherederas (3 Hermanas de mi madre) comunicaron que pedirian una 58. Quisiera saber de que se trata? Muchas gracias.

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  • patricia

    Hola buenas tardes mi pregunta es la siguiente, tengo la declaratoria de herederos de mi abuela que tiene una casa,soy la unica heredera, que debo hacer ahora’?.la casa esta ocupada por una persona que no paga alquiler ni los impuestos? Que tramites debo hacer?

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  • karina

    Dr. Emiliano Herrera: Usted puede decirme que pasa cuando un heredero forzoso no se presenta a firmar una sucesión, la persona en cuestión recibió la cedula despues de muchas visitas a su domicilio, pero sigue despues de varios meses sin presentarse a firmar la sucesión. Usted podría decirme cuales son las alternativas? Muchas gracias por su atención.

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Karina: si usted tiene un abogado que está participando de la sucesión, no puedo dar asesoramiento en casos donde esté participando actualmente un colega. Dirija su consulta a él.

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  • vanesa

    hola. Dr. Disculpe, necesito q me asesore, mi padre vive en el
    campo de sus padres. hace 59años, hace 6años pago todos los impuestos xq tenian amenaza d remate, mi padre pago todo y ahora sigue pagando impuestos, con nombre d mi abuelo, pero el tiene los comprobantes. y aparte tiene 11hermanos. q nunca aparecieron ni para el pago d toda la deuda. queria saber si mi padre puede escriturar a su nombre. vive hace 59años, desde q nacio. gracias espero su repuesta.

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  • Gustavo

    Estimado Dr. Herrera:
    Mi padre falleció en dic/11. Recién ahora acaba de salir la declaratoria pero no incluye los haberes devegados del ANSES. Hay un tiempo de prescripción para reclamar los mismos? Se hace a través de oficio con abogado? Saludos y gracias. Gustavo

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Gustavo: si, si había haberes devengados y no cobrados, lo tienen que pedir por un oficio.

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  • hecmary

    hola como estas, una pregunta si mi esposo hereda una casa que fue de sus abuelos y luego paso al papa de el y luego a el que es el heredero , pero nadie de los tres herederos anteriores hicieron un sucesion, como yo haria en ese caso gracias

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Hecmary: si todos vivían en la misma provincia, se pueden hacer todas las declaratorias juntas en un mismo expediente por economía procesal.

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  • fidel

    Doctor le hago una pregunta. Mis abuelos fallecieron, ellos tienen 5 hijos . Pero solo uno vivía con ellos en su casa. El quedó viviendo en esa casa pero uno de los nietos quiere abrir la sucesión. Mi pregunta es si al abrir la sucesión mi tío que vive en esa casa debe irse o puede seguir viviendo ahí . Nosotros queremos que el siga viviendo ahí sin riesgo a que lo saquen

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Fidel: puede seguir viviendo ahí si los herederos lo consienten. También pueden decidir pedirle que pague un alquiler hasta tanto se divida la masa hereditaria y esté usando dicha casa.

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  • Beatriz

    Buenas tardes, mi situación: fallecieron mis padres y mis dos hermanos (casados legalmente) de los cuales uno de ellos no tuvo hijos . El otro tuvo dos hijos pero un falleció y dejo dos hijos mas(osea nietos de mi hermano). ahora bien yo quiero vender o ceder mi derecho hereditario por escritura publica y m dijeron que debo hacer una declaratoria de herederos, en esa declaratoria debo poner a mis dos hermanos solos?? o tengo que poner a sus mujeres, a mis sobrinos y a los nietos de mi hermano?? porque yo no tengo ningún trato con ellos por problemas de familia . que debería hacer??

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Beatriz: hay distintos criterios respecto a si se puede hacer la cesión antes de la declaratoria de herederos, yo he visto que se ha hecho varias veces, pero sé que algún juzgado no lo acepta, o escribanos que no lo realizan. De todos modos, respecto a como presentar a los herederos fallecidos, esto depende del orden de los fallecimientos, si sus hermanos fallecieron antes o después de sus padres.

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  • Pablo

    Aclaracion : Ya se dicto declaratoria de herederos, y se comenzo el tramite para hacer dicha venta por tracto abreviado , el abogado de mi madre saco el expediente de tribunales y no lo ha devuelto, nuestro abogado el dia de hoy presento una nota solicitando la devolucion del mismo ya que el 50% a vender es el que el pertenece a mi abuela . La pregunta es si se puede oponer a dicha solicitud por tracto abreviado ? y si hay alguna forma de invalidar cualquier pedido ya que a ella la esta manejando por asi decirlo el ex-marido que NUNCA tuvo relacion con mis abuelos ni conmigo , y el unico objetivo que tiene es vender la casa en la que nunca vivio , nunca aporto dinero , yo por el contrario desde que trabajo pago todas las cuentas y los impuestos . Muchas gracias .

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Pablo: para qué van a hacer venta por tracto abreviado en vez de hacer una cesión de derechos hereditarios onerosa?

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  • Pablo

    Hola que tal , le realizo una consulta : Mi abuelo fallecio y heredaron por partes iguales 1 casa (mi madre y mi abuela), yo vivi toda la vida (27 años) con mis abuelos , se puede oponer mi madre que es heredera condomina de mi abuela a que mi abuela me venda a mi su 50% heredado? Muchas gracias . Saludos

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Pablo: no, no puede oponerse, tu abuela puede vender sin ningún problema su parte.

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  • susana nuñez

    hola soy susana y tengo una consulta hace 11 meses murio mi madre.pero antes tengo que contarle un poco mi hitoria yo fui adpotada desde que naci pero nunca hicieronlos tramites para ponerme el apellicdo por lo que mi apellido es de mi padre fallecido hace muchos años vendri a ser sobrina de quien era mi madre y aparte tengo 3 hermanos mas grandes pero uno de ellos no quiere que entre en la division de bienes para que puedan vender la casa esta bien lo que el dispone en una carta que le mando a mi hna mayor mi consulta es me corresponde ser parte de la susecion mi madre ejo clro que toda la division de bienes era en 4 lo que pasa e que no dejo nada escrito espero pronta respueta

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Susana: pero se hizo la adopción legal, o fue una situación de hecho únicamente? Porque si no es hija adoptiva, no tendría vocación hereditaria y le correspondería a sus hermanos.

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  • aldo

    hola dr. tengo intenciones dde comprar un terreno en el interior de cordoba por zona dean funes pero resulta que me ofrecen derechos y acciones es legal como escrituro y cual seria el costo

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  • jose luis gamallo

    Buenos días doctor, mi madre nos dono una oficina en usufructo mientras vivía, ella falleció hace unos años y yo quisiera vender.No tengo relación con mi hermana, puedo obligarla a vender o cual seria la salida. Gracias por su tiempo.

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    • Dr. Emiliano Herrera

      José: su mamá les donó y se reservó el usufructo? Eso es? Para eso habría que pedir la división de condominio. En lo posible optar por la venta de común acuerdo es lo más económico, pero en caso de que no lleguen a un acuerdo, pueden iniciar dicha acción.

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  • jose luis gamallo

    Buenos días doctor, mi madre nos dono una oficina en usufructo mientras vivía, ella falleció hace unos años y yo quisiera vender.No tengo relación con mi hermana, puedo obligarla a vender o cual seria la salida. Gracias por su tiempo.

    Reply
  • juan

    Dr.si tengo en mi carpeta la declaratoria de herederos quisiera un consejo ya que el terreno esta en Cordoba y yo vivo en Entre Rios mañana voy para Cordoba la divicion de condominio la puedo pedir yo o un letrado si busco en Cordoba un abogado que le pido que inicie y que papekes le llevo o que juicio le puedo hacer a esta prima para que empiece a aclarar por que edifico en un terreno que varios somos dueños

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Juan: pero el terreno sigue a nombre de los causantes o ya se inscribió a nombre de los primos? Porque si sigue a nombre de los titulares anteriores, tenés que seguir el trámite donde está radicada la declaratoria de herederos. En cambio si ya está a nombre tuyo y de tus primos hay que iniciar aquí la división de condominio. Si quiere puede concertar una cita cuando venga para Córdoba al 0351-152416077
      Saludos.

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  • juan

    Doctor soy herdero de unterreno con otros primos uno de estos primos editico en el lote no hay divicion de condominio los de mas le cedieron su parte pero yo no puedo pedir que me page mi parte si se hace la divicion de condominio entra tambien lo que edifico o que juicio le puedo hacer ya que dijo que no va a pagar un mango

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  • hector fabio

    Dr. Ayer le hice una consulta; somos varios hermanos yo soy el menor y la escritura de la casa es de hace mas de 30 años en ella aparece mi mamá como dueña ella hace 5 años murió y en la escritura aparecemos como herederos una hermana y yo los demás no aparecen, la pregunta es si mi hermana que aparece ahi en la escritura puede hipotecar la casa sin mi consentimiento ya que ella me dice que va hipotecar la parte de ella y si eso es verdad entonces mis otros hermanos no tienen derecho a nada? repito la escritura esta como originalmente se hizo no se ha cambiado nada pero la dueña que aparece ahí es mi mamá; gracias Dr por responderme

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Héctor: ya le respondí que no puedo opinar sin antes leer la escritura. Además ahora me doy cuenta que me está escribiendo desde Colombia. Este es un estudio jurídico de Argentina, así que no le puedo contestar porque no conozco las variaciones que puede haber entre el derecho argentino y el derecho colombiano.

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  • soledad

    Buenas noches Dr Mi consulta es yo vivo en la casa de mi papa el xual fallecio hace poco menos de un año el terreno era de mi abuelo mi papa xonstruyo su casa en el terreno y los tios que quedan vivos estan iniciando la sucesion mi pregunta es en la division del terreno se tiene en cuenta la casa que mi papa construyo o se toma como parte de la propiedad ya que me dijeron que se dividen por lotes y a nosotros nos puede tocar uno que no corresponda al que tiene la casa de mi papa..? Esto es asi?

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Soledad: lo construido forma parte del terreno, siempre que se edifica sobre un terreno, las mejores pasan a formar parte del mismo. Respecto a si se tiene en cuenta, habría que ver hace cuánto tiempo lo construyó, quizás se pueden tener en cuenta dichas mejoras en la partición. Y respecto al lote que les pueda tocar en la división, la división se hace de común acuerdo entre los herederos, así que no es al azar que van a tocar los lotes, sino que van a tener que ponerse de acuerdo.

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  • hector fabio

    esa escritura es de hace mas de 30 años yo soy el menor y ella la que sigue y creo que mi mamá nos coloco a los dos por ser los menores pero en la escritura aparecemos nada mas ella y yo y mi mamá la dueña o sea los demás hermanos no aparecen ahí, pero en ese caso quiere decir que los dueños de la casa es mi hermana y yo o los demas por ser hijos tienen derecho gracias por acesorarme

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Héctor: habría que ver la escritura para determinar las partes. Porque depende de un par de cosas, como por ejemplo si ustedes eran mayores de edad o menores, si ustedes están como compradores de la propiedad, etc. Pero lo que sí es seguro que al resto de los hermanos le corresponde la parte que era de tu mamá. Pero sin leer la escritura no puedo ayudarte mucho.

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  • gaby

    Tengo una duda espero pueda ayudarme.. tengo un caso de herederos universales son 5 hermanos que qieren vender la casa de sua padres que fallecieron pero uno de los hermanos no esta de acuerdo en vender? Que se hace en ese caso y cual es el procedimiento?

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Gaby: hola, veo que me escribís desde Venezuela. Por lo cual no puedo dar una respuesta a tu consulta porque el procedimiento aquí en Argentina puede ser distinto del que hay en tu país. Aquí están detallados todos los pasos en el Código Procesal.

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  • hector fabio

    Hola Dr. mi madre fallecio hace 5 años la escritura esta a nombre de ella y en ella aparecemos como herederos una hermana y yo somos 6 hermanos por todo, mi hermana que aparecere como heredera en la escritura me dice que va hipotecar la parte que le corresponde; la pregunta es ella puede hacer eso?, es verdad que ella y yo que somos los que aparecemos en la escritura somos los que tenemos derecho en la casa?

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Hector: por que aparecen ustedes dos si son seis hermanos? Se omitió al resto de los hermanos cuando hicieron la declaratoria?

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  • Maria

    Hola Dr. inicie declaratoria de herederos en la que son solo dos hermanos y un solo bien, el cual mediante acuerdo privado con firmas certificadas por ante escribano uno le cede su parte al otro, no manifesté tal cesión en el expediente… que me recomienda ?? . hacer escritura y presentarla en el juzgado o luego solicitar la adjudicacion del bien ?

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    • Dr. Emiliano Herrera

      María: una vez que hagas la escritura podés presentarla en cualquier momento, ya sea ahora o cuando denuncies el bien y pidas la adjudicación del mismo al heredero.

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  • marcos mercado

    buenas tardes la situacion es la siguiente es un lote con dos casa, unidas por una subdivision yo hice escritura y estamos en comodato ambas casas para asi darle fin a la sucesion de mi abuelo , el tema es que antes de ello mi padre y mis hermanos pagamos todos los impuestos y papeles referidos al lote y mi tio que vivia en la casa del fondo no ,la cuestion es que yo le embargue la casa por esa deuda de impuestos y por los papeles que yo pague y que deberiamo haber pagado mitad y mitad, ahora el fallecio hay alguna posibilidad que yo pueda quedarme con su casa……..la casa del fondo esta a su nombre pero adelante esta a mi nombre

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Marcos: la casa le corresponde a los herederos, quienes si no aceptan la herencia deberán pagarle a usted lo que está reclamando. O quizás negociar de que le vendan la propiedad descontando lo adeudado, costas y costo del levantamiento de embargo. Si no, tendrá que salir a remate, pero no puede quedarse usted con la casa si no es heredero.

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  • yanina

    Hola DCTR qisiera hacerle una preg mi abuela fayecio hace 3 meses y dsd ese momento yo stoy viviendo en la kasa d eya en septiembre supuestamente le entregan la escritura q eya abria tramitado en tal kaso q salga esa escritura mis tias pueden dsalojarm? Mi papa esta fayecido yo tengo mas hermans

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Yanina: usted también tiene una parte, ya que por derecho de representación hereda a su abuela la parte que le correspondía a su padre. Respecto al desalojo, dado que tienen una parte, pueden pedir que deje de usar esa casa, o que pague un alquiler por la parte de ellas.

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  • paulo

    hola que tal dr una consulta estoy viviendo haces meses en la casa de mis abuelos fallecidos y hace 4 meses fallecio mi papa ahora vinieron las hermanas de mi papa y quieren vender el lugar me dijeron que me corresponde la parte de mi papa pero lo que no quiero es que destruyan el lugar por mi viejo y mis abuelos la pregunta es yo puedo comprar el lugar el dia de mañana y tambien si existe otra solucion tengo esposa y tres hijos desde ya agradesco su atencion

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Paulo: por supuesto que puede comprar el lugar, pero tendrá que acordar con sus tías el precio y la forma de pago.

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  • Lorena

    Hola,le escribo para consultar sobre un juicio sucesorio.Resulta que mis papà y una de sus hermanas vivian en la casa de mi abuelo.Mi papà y mi flia en la casa de mi abuelo y la hermana de mi papà construyo en la parte de atràs de la casa.El tema es que mi abuelo falleciò pero aun no se inician los tràmites del juicio, y me duda es a la hora de dividir que pasa con la construcciòn de la hermana de mi papa?o conlas nuevas ampliaciones?Y por otro lado quisiera saber si cuando fallece el titular y los hermanos estan de acuerdo puede ser un bien de flia o no?Muchas gracias.

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Lorena: todo depende de la buena voluntad de los coherederos de reconocer esa parte del terreno a sus tíos. Lo que tienen que hacer es hablar entre todos y ver cómo dividen las cosas. Porque cuando uno hace ampliaciones sobre un terreno ajeno, el tema es que si no hay subdivisión o se hace un ph, todo lo clavado y plantado pasa a ser del terreno.

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  • Luis

    Hola , la historia que quiero comentar es muy estensa , y quiero simplificar las cosa a ver en que me pueden ayudar , mis padres murieron hace mas de 3 años , somo 4 hermanas que ninguna se habla en los edictos solo nos presentamos yo y mi hermana mayor , luego nos presentamos con la Dra Ballardi la cual comenzo la sucesion y hace dos años que andamos en vuelta , hace 1 mes nos citaron a una audiencia las 4 , la cual la mas chica se presento como compradora de todos los biene ,donde escuchamos la oferta orrorosa que nos hizo y el la segunda audiencia nuestro letrado le hizo una oferta la cual en diez dias daba una respuesta y ya pasaron 1 mes y no tenemos respuesta tanto de nuestro abogado como del juez , de nadie, seguramente como zarate es muy chico arreglaron entre ellos ya que la cituacion esta dividida de 2 , 2 con la Dr ballardi y las otras 2 con los abogados Mazquin ( No se si realmente se escribe asi ) para culminar hoy por hoy , 2 de mis hermanas estan viviendo en la propiedad , una de elle metio a su hijo dado que son 2 terrenos y 3 propiedades y yo sin derecho a sacar nada como heredera , no se realmente que puedo hacer . Desde ya muchas gracias por leer mi historia

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      A veces pasa que las actuaciones se demoran cuando los herederos están en malas relaciones y los abogados tienen que trabajar bastante para llegar a un acuerdo. Más que pensar en que están todos arreglados para defraudarla, le recomiendo que hable con su abogado y que le sea claro sobre cuál es la razón por la cual todavía no han dado respuesta a la oferta que hizo. Es lógico que si hay herederos que están usando las propiedades, tengan más interés en prolongar la situación, más si no han pedido que paguen un alquiler o algo. Quizás habría que pedir que desalojen los inmuebles, a los fines de apurar el trámite.

      Reply
  • Edgardo

    Estimado Dr Herrera. queria conultar por una deuda de ingresos brutos de mi suegro ya fallecido hace tres años, si es transmisible a sus hijas. No hay propiedades para heredar, hay un juicio de la provincia de Neuquen, del 2006 por deudas del año 1999/2000 que yo aboné en la fiscalia de la provincia pero reclaman el pago de dicha deuda. Pueden accionar por ejemplo contra mi que soy casado legalmente con una de sus hijas, empleado con buen ingreso mensual?.Gracias por su atenta y pronta respuesta

    slds
    Edgardo

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Edgardo: si no tiene propiedades la sucesión, entonces la deuda de ingresos brutos no se puede cobrar.

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  • mariano

    Hola Dres. mi consulta es: tengo 65 años, mi madre fallecio hace mas de 20 años y yo tengo la posesion de la casa desde entonces y me hago cargo de todos los pagos, la escritura del inmueble esta a nombre de mi mama y hay 3 hermanos mas que podria hacer una susesion o una posesion venteañal?

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Mariano: en el caso que usted quiera hacer prescripción adquisitiva, tendría que probar contra sus hermanas que hizo interversión de título, es decir que en vez de poseer como heredero, poseía como dueño. Por lo cual a veces puede ser difícil en estos casos. Lo mejor sería hacer una sucesión, ofrecerles un precio por su parte, y descontándoles todo lo que ha pagado de impuestos y gastos hechos para el mantenimiento de la casa.

      Reply
  • Liliana

    Buenas Noches, Dr. quisiera saber cuales son los costos de una sucesion, se que cobran tasas, los edictos, pero que porcentaje es el que se cobra, se toma el valor fiscal de la propiedad? (unica casa de mis padres), desde ya muchas gracias

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Liliana: no doy precios por esta vía, ya que cada abogado es libre de cobrar los honorarios que estime más convenientes. De todos modos cada provincia tiene un código arancelario para abogados que le puede servir de referencia, no sé desde donde me está escribiendo. También las tasas varían de acuerdo a la provincia. Aquí en Córdoba la caja de abogados y la tasa son cada una un 2% de la base imponible de rentas.

      Reply
  • Claudio

    Buenas tardes doctor Herrera. Mi consulta es la siguiente: el abuelo de mi señora falleció. Tenía un inmueble, el cual adquirió antes de su segundo matrimonio y luego, un dpto comprado con el segundo.
    Del primer matrimonio, tuvo una hija y su esposa murió. Del segundo, tuvo 2 hijas y su otra esposa está viva.
    ¿Es necesaria la sucesión? De serlo ¿cuánto tiempo disponen para iniciarla? ¿El Estado se queda con los inmuebles si no la hacen?
    Ante todo, gracias por su respuesta.
    Saludos.
    Claudio

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Claudio: se puede iniciar en cualquier momento la declaratoria de herederos. El estado se queda con los bienes únicamente en caso de herencia vacante, no si existen herederos forzosos.

      Reply
  • katerina

    Doctor, Ya tenemos declaratoria de herederos de la unica casa familiar, somos dos hermanas, no me permiten la entrada a la misma, ni retirar mis efectos personales, y además está todo el mobiliario de mis padres fallecidos. Además vive allí el hijo de mi hermana desde hace un año y no se quiere ir, no puedo disponer del bien, no paga alquiler, soy dueña del cincuenta por ciento, pero no puedo disponer de nada, ¿Cómo debo proceder?

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Katerina: si el que vive no es heredero, entonces puede iniciar el desalojo del bien. O si no, pedir la partición de la herencia a los fines de disponer de los bienes. Además debería pedir alguna medida cautelar para salvaguardar los bienes muebles que existen en la vivienda, para evitar que se los lleven.

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  • Marta

    Dr. Herrera quisiera hacerle una pregunta : soy heredera de la casa de mis padres y tengo 72 años pero también existen 6 herederos más. Yo inicie la sucesión como se debe y nadie se presentó, pague dicha sucesión y vino a mi nombre. Puedo vender? Ya que vino el papel a mi nombre?

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Marta: por más que nadie se presentó, usted denunció a los coherederos o se puso como única heredera? Porque estaría actuando de mala fe, y los herederos luego podrían reclamarle.

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  • Laura

    hola: El padre de mi esposo falleció hace un mes,mi esposo se enteró que la casa que él habitaba sus hermanos la alquilan a una persona, quisiera saber si eso se puede hacer, y cuáles son los trámites que se deben realizar, mi suegra también falleció quedan 6 hermanos.

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Laura: lo que tendrían que hacer es la declaratoria de herederos y pedir una medida al juez para que esos alquileres se retengan y se depositen a la orden del juzgado.

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  • miguel

    Dr Herrera
    La consulta es la siguiente , tenía una tia que vivió toda su vida en San Juan de Puerto Rico (eeuu) ella era nacida en Argentina . su esposo ya fallecido era Norteamericano , no tuvieron hijos .
    ella vino a Argentina en noviembre 2013 . se le hizo un dni nuevo ya que poseía solo pasaporte de EEUU y una libreta ciivica . ella vivio 4 meses con un hermano y falleció en Argentina teniendo un dpto. en EEUU y dinero en bancos . aparentemente este hermano le hizo firmar algo como que le dejaba sus bienes a el , además de ese hermano tiene 2 mas vivos y 5 sobrinos de 2 hermanos ya fallecidos.
    es legal que solo 1 hermano herede ? como sería el trámite para frenar eso ? desde ya muchas gracias por su respuesta

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Miguel: siempre y cuando no haya incapacidad que le impida realizar dichos actos jurídicos, el testamento o donación que haya hecho es válido, más cuando no existen herederos forzosos.

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  • Daniel

    Buenas noches Dr, espero explicarme bien por que realmente necesito asesorarme, vivi con mi tia desde muy chico y nuestra propiedad tiene dos dueños, mi tia y otro, me dieron la terraza para edificar mi casa hace 22 años con el fin de que si algún día se vende me darian mi parte, hoy mi tia ya no esta, dejo herederos de la parte de abajo de su 50% y me dejo la parte donde edifique diciendo en el testamento que es exclusivamente mio pero resulta que el otro dueño volvió y me dice que quiere los 50% de lo mio. que hago? el otro dueño no vive en la propiedad. Gracias.

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Daniel: ambos le dieron la terraza para edificar, pero ahora el otro dueño le pide la mitad de su parte?

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  • Fernando

    Hola tengo una vecina que quiere reclamar la herencia despues de 9 años es unica hija y dice que un tio se quiere adueñar ,son unos campos en el norte ,el tio hiso los tramites para la inscripciones en el Registro de pocesion en el año 2006 ella todabia esta a tiempo de reclamar la herencia?

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Fernando: si, yo en estos casos recomiendo que se accione lo más pronto posible, ya que mientras más pasa el tiempo, más seguro está el usurpador para adueñarse del terreno.

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  • Javier

    ¿Puede un hermano cortar el servicio de agua a tros hermanos en una casa donde aun no se ha resuelto legalmente la herencia? si no. Que proceso se puede iniciar dado que este es un servicio basico de subsistencia….

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Javier: no, pero por qué lo hizo? De todos modos ustedes podrían ir y solicitar de nuevo el servicio.

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  • mariana

    Hola doctor hace 10 meses fallecio mi mama y necesito hacer la sucecion para poder venderla como tengo que hacer tengo la escritura que esta a nombre de ella.

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Mariana: tenés que hacer la declaratoria de herederos, te hace falta la partida de defunción, la partida de nacimiento de los herederos.

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  • Dieguillo

    Hola Doctor, mi consulta es la siguiente: mi padre falleció hace unos meses y él estaba suscripto a un plan de autoahorro (plan de vehículos) y ya llevaba 13 cuotas abonadas hasta su fallecimiento. Queríamos saber cómo hacer el reclamo correspondiente del reintegro ya que mi madre necesita el dinero. Hasta la fecha nos hemos estado comunicando por teléfono con la recepcionista de la firma pero no han dado respuesta y suponemos que están evadiendo el tema ya que conocen el fallecimiento de mi padre.

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Diego: habría que leer el contrato, pero te diría que los notifiques fehacientemente del fallecimiento de tu padre y acompañar el certificado de defunción. Generalmente tienen un seguro de vida.

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  • erick

    tengo una consulta medio complicada. haber mis padres mueren en el año 1984 y solo dejan una casita como herencia y somos dos hermanos yo me voy a vivir al exterior muy joven y queda mi hermana al lado de ellos.pero ambos mueren y queda mi hermana junto con su esposo y hacen una declaratoria de herededores yo sin saberlo el año 84 vuelvo del exterior llego a la casa y resulta que habia hecho el una declaratoria de heredero sin incluirme y esta llega a venderla la casa el mismo año. mi persona si saberlo, pero lastimosamente mi hermana fallece y hago otra declaratoria de herededores este año sobre los bienes o mejor dicho el bien que dejaron mis padres y adjunto como heredero a mi hermana muerta y el juez determina que soy heredera..ahora que pasa si ya mi hermana vendio esa casa en 1984 como puede anular para recuperar esa casa que fue lo unico que dejaron mis padres..de antemano agradecido

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Erick: vendió con boleto de compraventa y sin escritura? Esa casa la tienen los compradores desde 1984 o siguió en posesión de tu familia? Si los compradores la tienen en posesión desde el 84, ya no podés recuperarla.

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  • laura

    Hola doctor, mi consulta es la siguiente, estoy junta hace 6 años, y mi cónyuge se le fallecieron los padres hace años primero la madre de cáncer y luego de varios años el padre de cáncer, con lo cual no estaban casados y la casa que compartían ,ahora estamos conviviendo sin hijos y el tiene una hermana de los dos padres y una que solo pertenece a la madre eso quiere decir que no tiene el apellido del padrastro. y el dejo un acta de defucion para realizar cualquier tramite. mi duda es si esta hermanastra puede quedarse o hacer que la casa la pongan a su nombre si yo creo que a los hijos legales le corresponde eso porque queremos poner los papeles al dia pasar la casa a su nombre.

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Laura: si quieren poner la casa a nombre de los herederos, entonces tienen que hacer la declaratoria de herederos, donde se va a determinar quienes son los herederos y qué parte le corresponde a cada uno, y se puede pedir la inscripción del bien a nombre de ellos.

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  • Alejandro

    Buenas tardes Dr. Herrera! La situación es la siguiente: en el mes de abril, los primeros días le han robado el auto ha mi padre. El mismo se encontraba asegurado y con todo en regla y al dia, por lo que inmediatamente una vez pasado el plazo de espera para ver si se recuperaba, como no fue así, en mayo se iniciaron los tramites para el cobro del seguro. Se terminaron de presentar todos los formularios y papeles necesarios en la aseguradora a mediados de junio, y se lo citó para definir que el monto a pagar fuera aceptado por las partes etc. Los primeros días de este mes(julio) lo llamaron desde la aseguradora para avisarle que ya tenían la fecha y que a mediados de agosto debía presentarse para el pago del mismo.
    El problema que sucedió, es que mi padre lamentablemente falleció hace unos días; y pese a todo el dolor que me causa ocuparme de esta situación y no poder hacer mi duelo en paz, no me queda otra que afrontarlos; y ya en unos días se acerca la fecha en la que debía presentarse. Nosé como manejarme, o que se debería hacer en este caso. Tengo dudas que al ponerlos al tanto de la situación nieguen el pago del dinero; y no me parece justo que quede en la nada, el adoraba su auto y estaba todo hecho para que al menos le dieran ese consuelo de pagárselo; y realmente considero que estaban tardando mucho. El no quiso decir nada antes, porque solo se conformaba con que se lo paguen y no tenia ganas de hacer lios. Me han dicho que seguramente me pidan declaratoria de herederos; es asi esto siendo que ya estaba la fecha de cobro estipulada, y que ellos se tardaron demasiado en pagar? En uno de los tramites que hicieron para el cobro del seguro también tuvo que ir mi mama al registro automotor por estar casados legalmente. No debería ella poder cobrarlo de todas forma?.
    Nota: Mi padre estaba casado legalmente, mi madre aún vive. Ella no tiene pensado hacer sucesión ni nada por el estilo; ya que lo único bien a su nombre era el auto que ya no está.
    En caso de tener que recurrir a algún tramite, me orientaría de cual es la forma mas sencilla y si puedo hacerlo yo mismo?; dado que en este momento no nos encontramos en situación de cubrir con honorarios de un profesional.
    Muchisimas gracias.

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Alejandro: Es posible que tengas que hacer la declaratoria de herederos. Como veo que este mensaje ya tiene varios días, comentame como te fue y si pudiste cobrar.

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