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¿Qué es la usucapión o prescripción adquisitiva?

La usucapión es un término jurídico que indica un modo de adquirir la propiedad por el transcurso del tiempo. Esta adquisición se lleva a cabo mediante una posesión continuada durante el tiempo que exige la ley, el cual es de 20 años sin justo título y 10 años con justo título. (debido al cambio de Código, se editó el artículo para que sea consecuente con la regulación del Nuevo Código Civil y Comercial.

Requisitos legales para la usucapión de inmuebles

Para que la posesión de lugar a la usucapión, se requieren ciertos requisitos:

– Posesión en concepto de dueño, o posesión propiamente dicha. Lo que implica que el poseedor debe tener la disposición de hecho del inmueble, pero ejercerla a título de dueño, como si fuera el dueño. Se excluye de este concepto la tenencia, por lo cual locatarios, comodatarios, etc., no tienen posesión en este sentido, ya que reconocen en otro la propiedad del inmueble. Para que un tenedor pase a poseer como dueño, es necesario un acto que se denomina interversión de título, el cual consiste en actos exteriores claros e indubitables que impliquen la exclusión de cualquier otro propietario.

– La posesión debe ser ostensible y continua. En el nuevo código se elimina la exigencia de que sea pacífica y sin vicios, en tanto la calificación de la posesión ya no tendrá importancia. Teniendo en cuenta que el art. 1.930 presume la continuidad, la prueba de ser discontinua la posesión estará a cargo de quien la afirme.

-Debe ser continua e ininterrumpida por el plazo que establece la ley. Existe la posibilidad de unir en determinados casos la posesión actual a la posesión anterior, computándose todo el tiempo a los efectos de la usucapión. El plazo como se mencionó anteriormente es de 10 años en caso de poseer justo título y de 20 años en caso de no poseerlo.

 

Requisitos para iniciar el juicio de usucapión: (Provincia de Córdoba)

1) Un plano de mensura del inmueble poseído del que surja, si se pudiere determinar, que inmuebles resultan afectados en todo o enparte, confeccionado al efecto por profesional autorizado y visado por la repartición catastral de la Provincia, con una antiguguedad no mayor a 5 años.

2) Un estudio de los antecedentes sobre la titularidad del dominio y la condición catastral de los inmuebles afectados, suscripto por profesional competente.

3) La prueba de que haya de servirse el titular y que acredite el tiempo de posesión: testigos, pago de impuestos, realización de mejoras, etc.

Iniciado el trámite, se solicitan informes a distintas reparticiones públicas, se ordena la publicación de edictos, y se coloca un cartel en la propiedad con las referencias necesarias acerca de la existencia del juicio, en en lugar del inmueble visible desde el principal camino de acceso.

 

Se debe señalar que la adquisición de la propiedad se realiza por el solo transcurso del tiempo de la posesión, el juicio de usucapión tiene efectos declarativos y tiene como fin poder inscribir la titularidad del inmueble a nombre del poseedor.

Cualquier consulta comuníquese con nosotros y con gusto lo asistiremos.

 

Actualización:

Puntos a tener en cuenta si va a comprar una  posesión:

Ante la cantidad de consultas de personas que compran una posesión o quieren comprar una posesión hay que aclarar algunos puntos:

– La única forma de escriturar del poseedor es mediante el juicio de usucapión. La usucapión no es un trámite, es un juicio que implica que se debe producir prueba y se realiza contra el dueño original del inmueble.

– La inscripción en el registro de poseedores de la provincia de Córdoba o Tierras para el futuro, tiene únicamente un valor de publicidad extra. Si bien, la misma posesión de un bien como dueño es una forma de publicidad, la inscripción en el registro de poseedores genera una anotación en el registro como poseedor. Dicho trámite no otorga escritura traslativa del dominio, únicamente sirve para hacer conocer a terceros que se es poseedor del inmueble a través de la anotación en el Registro de la propiedad.

– La usucapión es un juicio que tiene un costo, tanto en tasas, honorarios, planos, como en tiempo, por lo cual se debe a tener en cuenta este factor al comprar una posesión de un bien. El valor de una cesión de posesión tiene que ser sensiblemente inferior a la compraventa de un terreno.

– Antes de comprar debe ser extremadamente cuidadoso, averiguar todo lo posible los antecedentes del poseedor. Tenga en cuenta que si va a hacer el juicio de usucapión va a necesitar toda la prueba posible a los fines de demostrar los veinte años de posesión, pago de impuestos, testigos, facturas de gastos, construcciones realizadas, etc.

– Adquirir una posesión significa un riesgo, ya que el dueño puede recuperar el bien a través de la acción de reivindicación. Como poseedor de mala fe, está sujeto a que el dueño solicite el retiro de lo construido por el poseedor y a costa de éste. También el dueño puede elegir quedarse con lo construido, abonando el mayor valor que adquirió el bien.

 

Te dejamos también un video donde explicamos varios aspecto de este tema y que puede serte de utilidad:

¿Estás en condiciones de iniciar una usucapión?

Si cumplís con los requisitos y necesitás iniciar el trámite judicial, te recomendamos actuar cuanto antes.

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4.282 Comments

  • soledad

    Hola, con mi pareja estamos pagando un departamento del padrastro de mi pareja en Mar del Plata. El problema es que ese departamento está a nombre del padrastro y de una señora con la que convivió 5 años pero que en el ’98 falleció. Hace 16 años que él actúa como único dueño. Nunca se hizo la sucesión (también sabemos que ella era soltera, sin hijos y con un hermano mucho mayor que ella y que toda su familia vivía en Córdoba. Nunca en estos 16 años reclamaron de hacer una sucesión). Mi pregunta es: ¿podemos hacer boleto de compra venta del 50 % del departamento correspondiente al padrastro y comenzar a hacernos cargo del mismo para cumplir con los 20 años de posesión para que luego el otro 50% sea nuestro? O también, ¿puede el padrastro al cabo de 4 años más completar los 20 años de hacerse cargo del departamento para poseer el 100% del mismo, o sí o sí hay que hacer una sucesión para escriturar? Muchísimas gracias. ¡Espero su respuesta!

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Soledad: habría que ver, pero su padrastro debería venderles su parte, y por el resto venderles la posesión de la casa que tiene. O sea transferir el 100%.

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  • lucas

    Buenas tardes señor herrera
    Mi consulta es compre un terreno hace 8 meses con derecho posesión y con casi 15 años de deuda es posible iniciar el juicio de usucapapion .su respuesta me seria de gran ayuda

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Lucas: necesita 20 años de posesión sobre el terreno. Habría que ver cuantos años tenía el que le vendió el que le vendió dicha posesión, ya que se suman. Y si puede probar de alguna manera dicha posesión.

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  • Lucrecia

    Dr. Herrera: Mis padres compraron un inmueble hace mas de 20 años y desde esa fecha entraron en posesion. Nunca escrituraron el boleto. Un abogado les dijo que debían iniciar usuocapion porque ya habia pasado mucho tiempo. Comenzaron el juicio de usucapion y ya presentaron los planos y los informes que ud. indica como requisitos. Ahora al consultar con otro abogado, este les advierte que la escrituracion no prescribio porque al haber estado mis padres siempre en posesion del inmueble habrian interrumpido la prescripcion por lo tanto seria posible escriturar. Entonces la duda seria: les conviene continuar con el juicio de usucapion o iniciar el juicio de escrituracion? La conveniencia pretendida seria en cuanto a plazos, ya que ellos quieren cuanto antes terminar con este y poder tener el inmueble finalemnte a su nombre. Desde ya agradezco su respuesta!!!!!!

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Lucrecia: depende el acuerdo que tengan con los honorarios y lo que hayan gastado, ya que van a tener que pagar todo de nuevo y empezar otro juicio. Que si bien es un poco más rápido que la usucapión, también tiene trámite ordinario.

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  • APO

    Buenas tardes Dr., Tengo un lote que recibí por herencia, pero solo puedo escriturar el 85% porque el resto le corresponde, por testamento, a una persona ya fallecida y no tiene herederos. Tendría que hacer un Juicio de usucapión para poder escriturar el 100%?. En caso de ser así, cuanto tiempo aproximadamente puede demorar el jucio.? Se puede vender en esas condiciones?.. Muchas gracias y espero me pueda asesorar en el tema. Sdos!

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  • Marisol Herrera Cruz

    Mi consulta es la siguiente:
    Hace más de treinta años compré un solar del que tengo escritura ante notario.
    Cuando quize registrar la propiedad no pude porque me dicen que el que me vendió tenia que haber hecho segregacion del terreno porque mi solar es parte de una finca de muchos más metros y se interumpio el trance sucesorio.
    Y para mas problemas mi solar esta afectado por el plan de urbanismo que según me han dicho se cogería una parte del solar para una calle peatonal.
    Yo pago contribución del solar.
    Mi preocupación es ver de que manera se puede registrar para al menos si alguna vez me expropian demostrar al Ayuntamiento que esa propidad es mia.
    No se podría hacer algo por medio de la Usucapión.
    Esperando su contestación, le saludo atentamente.

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Marisol: este es un Estudio Jurídico de Argentina, no respondemos consultas de derecho civil Español

      Reply
  • walter

    Buenos dias, he adquiri terrenos en lsa sierras y han entregado un titulo firmado por un escribano, cuales son los pasos a seguir p escriturtarlo a mi nombre, y aprox. los costos.
    Otra consulta de un inmueble de un abuelo mi tia y yo somos los herederos del mismo de acuerdo a la declaratoria de herederos efectuada.
    mi consulta es q ella se niega a vederla q puedo hacer p hacerlo ya q hay muchos interesados-
    muchas gracias

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Walter: usted le compró al dueño o a un poseedor?
      Respecto a la venta, si ella no quiere vender, va a tener que seguir con el trámite del sucesorio para hacer la valuación y partición del bien.

      Reply
  • Eduardo

    Estimado Dr., desde el año 2005 ocupamos un terreno con mi esposa y construimos nuestra vivienda, en realidad era un predio muy grande el cual lo ocupó un gran número de familias, todos edificamos viviendas dignas e hicimos las divisiones de las parcelas y estamos aquí en paz desde dicho año, hoy 23/12/2013 nos llega una notificación de deuda de SERV. MUNICIPALES URBANOS, a nombre del dueño original de los terrenos, con deuda desde año 1986 ! cuyo total asciende a aprox. 8500 pesos por cada lote, ya que a cada vecino le llegó la misma notificación con importes muy parecidos, la consulta es que creo que no es conveniente pagar dichos servicios municipales a nombre del dueño original por que le estaría dando el derecho de que lo reclame, ya que hoy cuento con 37 años de edad y desde que era niño estos terrenos siempre fueron baldíos con maleza y sin cercar. Que deberíamos hacer.
    Agradezco su contestación

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Eduardo: si ustedes son poseedores, tienen que pagar los impuestos. Esta el otro tema, que es que no corresponde pagar tasa municipal desde el 86, ya que la prescripción de la misma es de cinco años, salvo que se haya interrumpido la prescripción iniciando juicio o pidiendo un plan de pagos.

      Reply
  • juli

    hola dra. yo usurpe un terreno que se encuentra al lado de mi casa paternal, desde que llegamos alli a vivir es de 30 años este terreno lo cuidaba mi papá, hasta que el mi hizo una pieza en ese terreno, desde hace 15 años que yo vivo ahi, nunca aparecio ningun dueño. yo mi hice mi casa.
    estoy en condiciones de hacer el juicio?

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Juli: si, por lo que me cuenta sí, estarían en condiciones de hacer el juicio de usucapión.

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  • susana

    hola soy susana de trelew compre una casa a una familia que hacia dies años que vivien hay ellos se fueron a esa casita cuando todavia no estaba terminada construyeron y hoy la provincia les dio una casa entrege un auto y dinero ese barrio todaviano tiene mensura el prorietario o el que solicito ese terreno se fue por problemas personales y alli se fua vivir este chico con su famila ahora lo compre yo hace 6 meses hoy llego un papel que la persona que vivia hay que es el que me vendio la casa deve avandonala por que dice que es ocupa pero el ya se fue y estoy yo y me da fecho de tres dias para dejar el inmueble que hago solo tengo un papel de compra y venta

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Susana: cuando dice que le llegó un papel que es? carta documento o cédula de notificación judicial?

      Reply
  • reny

    Hola Dr. Estoy pagando todos los servicios de la propiedad practicamente desde 1998,menos inmueble y municipalidad de los cuales se encargaba la dueña pero hace dos años que no los paga.yo estaba casada con su hijo y nos separamos no legalmente desde 2007, tengo dos hijos menores y estamos viviendo alli. que puedo hacer para proteger a mis hijos si ella aparece a querer vender la casa o algunos de sus hijos. ella y mi ex viven supuestamente en el extranjero

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Reny: si la casa es de ellos, en algún momento la van a recuperar, lo único que se puede tener son soluciones temporarias hasta que consiga un nuevo lugar y su ex le aporte lo necesario para ayudarla a asegurar la vivienda de sus hijos.

      Reply
  • julio

    Buenas tarde Dr. herrera mi consulta es la siguiente: compre un inmueble hace 7 meses lo cual tiene dos locales comercial y 10 apartamentos, y los 10 inquilino están presentando una prescripción adquisitiva extraordinaria de dominio, el inmueble esta hipotecado por un banco, además antes que presentaran la demanda de prescripción, yo tenia una demanda de desalojo por precarios, que me aconseja

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Julio: estaban notificados los demandados? Habría que ver la situación, si esta gente puede probar los 20 años.

      Reply
  • vanessa

    hola dr quisiera hacer una pregunta. con mi mama y mis hermanas vivimos en una casa a la cual entramos alquilando hace 25 años pero fue un alquiler de palabra, por el arreglo de la casa la cual estaba muy deteriorada luego de casi 5 años mas o menos y sin problemas el dueño no volvió mas a cobrar el alquiler.
    luego de casi 15 años volvió diciendo que nos teníamos que ir. en ese momento no teníamos donde ir y no nos pudimos ir. y no volvió mas ahora queremos saber si se puede hacer el tramite de usucapión y en el caso de poder cuanto saldría

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Vanessa: los costos se valúan en función de la propiedad, así que no le puedo pasar un valor, y dependen de cada provincia. Respecto a si puede hacerlo, habría que hablarlo bien, pero en principio puede ser.

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  • Horacio

    Dr. Herrera, podrá indicarme dónde se encuentran los requisitos para el juicio de usucapión en la provincia de Salta?

    Podrá indicarnos también qué ley o norma es la que determina estos requisitos que indica en la provincia de Córdoba? Muchas gracias.

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Horacio: los requisitos de fondo están en el Código civil, pero los requisitos procesales para el juicio están en el código de procedimiento civil de cada provincia.

      Reply
  • LUIS

    DR .HERRERA – COMPRE UN INMUEBLE CON CESIÓN DE DERECHOS DE UN CONOCIDO QUE CUIDABA EL TERRENO HACE MAS DE 40 AÑOS(TENGO TESTIGOS DE QUE NO TENIA DUEÑO) (LO CUIDO EL PADRE DE EL Y ANTERIOR EL ABUELO …) EL TEMA ES QUE YO LIMPIE EL TERRENO QUE SE USABA COMO BASURERO BARRIAL (BASURA , AUTOS QUEMADOS ,ECT ) MUCHOS ARBOLES Y POCO ILUMINACIÓN .. NO HUBO PROBLEMAS CON NADIE ,NI RECLAMOS DE NADIE , SIN CONFLICTOS, NADA …. QUISIERA SABER SI PUEDO PEDIR CON LA CESIÓN EN MANO FIRMADA POR ESCRIBANO PUBLICO … LOS IMPUESTOS (NO A MI NOMBRE ) PARA QUE LLEGUEN A LA PROPIEDAD Y PAGARLOS ….. TENDRÍA QUE IR A LA MUNICIPALIDAD CON LA CESIÓN A CATASTRO ? O DE ALGUNA MANERA PARA PODER PAGARLOS … POR QUE ESTOY HACE DOS AÑOS Y NO LLEGAN ….LE AGRADEZCO DE ANTE MANO POR SU RESPUESTA …. GRACIAS

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Luis: si, es posible, pero lo que no se entiende qué cuidado le daba el conocido suyo si se usaba como basurero y había muchos árboles. Va a ser difícil probar la posesión del terreno en esas condiciones.

      Reply
  • Vaninna Paola

    Hola Dr lo consulto porque estoy ante la posible compra de un terreno con posecion no escriturado.
    debo reunir como minimo 20 años de posecion pacifica entre los distintos dueños que los tuvieron para comenzar el juicio y luego escriturar a mi nombre.
    No tengo manera de homologar un pacto ante escribano donde el vendedor o el primer dueño del terreno cede todos los derechos de la tierra a mi nombre por tiempo indeterminado o el tiempo necesario para escriturar?
    Desde ya muchas gracias por su tiempo.
    Saludos! Vaninna

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Vaninna: no se entiende que sería ceder los derechos por tiempo indeterminado.

      Reply
  • lucy

    Mi padre compró un terreno con un local y baño edificado para mi, luego se transfirió el boleto a nombre de mi hijo mayor, del cual tengo poder amplio a mi nombre. El vendedor nunca mas apareció, y no hemos escriturado. Hace 23 años que estamos en ese lugar, se han hecho muchas construcciones, que no tienen plano,porque la arquitecta hizo un mal trabajo y hubo que hacer juicio, que al principio fue ganado, y luego se perdió, ya que esta persona esta en política y logró eludirlo. y retiró los planos del coledio de arquitectos y no los presentó a la municipalidad Quisiera hacer escritura para dejar todo para mis nietos, que me aconseja? Gracias

    Reply
  • enrique

    Dr. mi consulta es la siguiente hace mas de 15 años mi abuela compro un terreno en buena ley, ella posee el boleto de compra venta, en el momento de escriturar el dueño fallecio quedando a cargo los hijos pero uno de ellos no quiso firmar dicha escritura. buscó una abogada, y desde ese tiempo dicha abogada la a hecho ir y venir 200 veces sin hacer nada. cabe destacar que varios herederos han fallecido. que debe hacer?? dicho terreno esta rodeado con una tapia de bloques con su porton. puede pedir usucapion?? puede denunciar a la abogada?? cabe destacar que ella a pagado los impuestos desde que compro el terreno.

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Enrique: lo primero que debe hacer es cambiar de abogado. Respecto al trámite a hacer: escrituración o usucapión, eso es algo a determinar de acuerdo al caso, escuchando todos los detalles. Para una usucapión en principio te diría que no, ya que tiene 15 años y necesita 20. Pero estimo que podría proceder la escrituración sin problemas, en tanto tu abuela se mantuvo en la posesión del inmueble, como lo dicen en el siguiente artículo sobre escrituración

      Reply
  • Mike G.

    Dr, mi caso es el siguiente , mis abuelos fallecieron ya hace 16 años y la casa esta intestada , ellos se la dejaron de palabra a mi padre , pero no hay ningun documento oficial. , aparte de mi papa hay otros 6 hijos !!! y hasta ahora uno de ellos quiere reclamar el intestado… tenemos una posibilidad de pelear la propiedad??? Muchas Gracias y en espera de su pronta respuesta…

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Mike: si no hay testamento, y no quedó nada asentado, entonces los otros herederos tienen derecho a reclamar su parte.

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  • tomas

    si construyo y aparece el titular,pierdo todo lo construido?

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Tomás: puede suceder, ya que el dueño tiene la opción de pagar el mayor valor que lo construido haya dado al inmueble o pedir la demolición y el retiro de lo construido.

      Reply
  • tomas

    hola,mi pregunta es;si antes de los veinte años aparece el titular ,pierdo todo lo que construi?

    Reply
  • Laura

    buenas tardes, mis padres compraron un terreno en el año 84 y nunca escrituraron, tiene el boleto de compra, ahora quieren escriturar para vender, que tienen que hacer exactamente? (no logran encontrar al que les vendio) muchas gracias.

    Reply
  • Romina

    Buenas tardes Dr. Mi consulta es la siguiente, teniendo 20 años de posesión, y todos los requisitos que la ley establece, puedo iniciar juicio de usucapión si tengo otro inmueble a mi nombre? Espero su respuesta.
    Saludos, Romina

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Romina: si, no tiene nada que ver una cosa con la otra. El fin del instituto de la usucapión es que los inmuebles sean utilizados, no distribuir la propiedad entre quienes no tienen inmuebles.

      Reply
  • PATRICIA MATTAR

    OTRO CASO:
    TENGO VARIOS COPROPIETARIOS Y UN FALLECIÓ. EN SU JUICIO SUCESORIO TENGO UN PODER ESPECIAL Y UN ACUERDO DE LOS DEMAS COPROPIETARIOS, CEDIENDO SUS PARTES (NO HEREDITARIAS) A UNO DE LOS HEREDEROS. EN EL JUZGADO ME MANDA A TRANSFERIR LAS PARTES QUE NO SON SUCESORIAS A UN ESCIBANO.
    PERO OTRO DE LOS COPROPIETARIOS FALLECIO ANTES DE PODER ESCRITURAR. PARA EVITAR EL SUCESORIO DE ESTE, PUEDO INICIAR POSESION DECENAL POR SU PARTE (EN BASE AL PODER ESPECIAL QUE ME AUTORIZA A TRANSMITIRLA Y AL ACTA EN EL QUE EXPRESA SU VOLUNTAD EN EL SUCESORIO DEL PRIMER CONDOMINO?

    Reply
  • PATRICIA MATTAR

    MI PADRE FALLECIDO ES COPROPIETARIO DE UN INMUEBLE. LOS DEMAS PROPIETARIOS HAN FALLECIDO Y SUS HEREDEROS TIENEN DOMICILIOS DESCONOCIDOS.
    PUEDO COMO HEREDERO DEL CONDOMINO INICIAR UNA POSESION DECENAL ?

    Reply
  • Andrea

    Hola Doctor, mi pregunta es la siguiente, me ofrecieron comprar a medias un lote con posesión y el Juicio de usucapion iniciado, esta gente nos cederian los derechos que tienen de mas de 30 años, solamente de una parte del lote porque es bastante grande, cual es la diferencia de comprar la posesiòn con el Juicio de Usucapion ya iniciado, y en todo caso si yo quiero vender mis derechos lo puedo hacer? GRACIAS muy gentil

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Andrea: que usted va a ser continuadora de ese juicio y la sentencia saldrá a su nombre. Habría que ver si se trata de una parte del lote que está en el juicio y no la totalidad, cómo se instrumenta, para que el juzgado les otorgue la correspondiente legitimación.

      Reply
  • GRISELDA

    muchas gracias por la respuesta ,le hago la ultima,es alto el costo de hacer una cesion de derechos?porque lo tiene que firmar un escribano no?

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Griselda: el escribano va a certificar las firmas, no es costo alto ese. Al contrato lo puede hacer un abogado o el mismo escribano (también tiene un costo esto).

      Reply
  • GRISELDA

    a que se refiere con cesion de derechos posesorios?

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Griselda: sería un contrato, por el que le ceden esos derechos. Es como una compraventa, pero no sería boleto de compraventa propiamente dicho ya que el vendedor no se obliga a escriturar, ya que no tiene el dominio del inmueble.

      Reply
  • griselda

    hola doctor,mi pregunta es la siguiente,nosotros vivimos en un terreno fiscal en la matanza,mi marido esta viviendo desde que nacio ya tiene 36 años ,el tema es el siguiente nosotros vivimos en el fondo y mi suegro eadelante,al fallecer mi suegra, mi suegro queria asegurarnos de que el terreno quedase para mi marido ,el tiene tambien cinco hermanos ,el terreno no esta escriturado,yo queria saber como puede hacer mi marido para poder quedarse con el terreno,desde ya muchas gracias.

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Griselda: para comenzar, lo que podrían hacer es una cesión de los derechos posesorios por instrumento privado, para más adelante poder hacer la usucapión.

      Reply
  • NANCY

    DR QUIERO CONSULTAR X UNA CUESTIÓN Q NOS PERJUDICA HACE MAS D 40 AÑOS Y X FALTA D SUFICIENTE DINERO PARA PAGAR LOS HONORARIOS D UN ABOGADO VEMOS COMO AÑOS TRAS AÑOS PARECE CRECER EN PROBLEMAS. MIS PADRES COMPRAN UN TERRENO RODEADO D UNA VILLA A POCAS CUADRAS DL CENTRO CORDOBES.. SOMOS TITULARES.—-EN 1998 ERRADICAN A LA GENTE Y NO QUEDA NADIE EN ESA MANZANA ..SÓLO NOSOTROS Y OTRO VECINO TAMBIEN TITULAR—– ANTES, MIENTRAS VIVÍA ESTA GENTE DL ASENTAMIENTO NO NOS DABAN PAZ. TODO LO Q PUEDA IMAGINARSE, SUFRIMOS.—– NUNCA NINGÚNA DENUNCIA D HOSTIGAMIENTO, AMENAZAS, ATENTADOS JAMAS FUERON ATENDIDOS X LA LEY. AL CONTRARIO, SIEMPRE LOS PERJUDICADOS X DOBLE PARTIDA ERAMOS NOSOTROS.—- CUANDO, » LOS DUEÑOS» COMIENZAN A TIRAR LAS CASAS D LA GENTE , VIENEN Y SOCABAN LOS CIMIENTOS D LA TAPIA DEL FONDO D MI CASA Y QUIEBRAN LA PARED.—- CUANDO PEDIAMOS X EL DUEÑO, NUNCA NADIE SE IDENTIFICABA, Y MANDABAN A PONER LA CARA ALOS EMPLEADOS. ——SÉ Q ESA MANZANA TIENE PLOBLEMAS D HEREDEROS O ALGO ASÍ.—-SÉ Q SE HIZO RESPONSABLE DL TERRENO LA EMPRESA ALVEAR, Q SE ENCARGÓ D VENDER PREVIO ALA DIVISIÓN D 7 LOTES .———-HACE CERCA D 15 AÑOS DSD Q ERRADICARON LA GENTE Y APARTIR D AHÍ LOS PROBLEMAS PARA NOSOTROS SON OTROS, Y, NO MENOS IMPORTANTES. ——-TAPIAN TODO MENOS UN TRAMO D CASI MEDIA CUADRA.,NO HAY VECINO D LA ZONA Q NO TIRE BASURA,…. ….. ABANDONE ANIMALITOS, …… USE D » HOTEL» D CITAS………LOS LADRONES ESCONDAN SUS BOTINES…… SEA REFUGIO PARA POBRES CROTOS Q BUSCAN DORMIR BAJO LOS ARBOLES … VECINOS PASEANDO SUS MASCOTAS Y TOMANDOLO D INODORO PARA LAS MISMAS….LOS HIJOS D LOS VECINOS A LOS BALINAZOS CONTRA LAS PALOMAS…..O CANCHA D FUTBOL….EN TEORIA COMO ME QUEJÉ CON UN VENDEDOR D ALVEAR Y LOS AMENAZÉ SE DIGNARON A PONER DOS GUARDIAS… Q ERAN 2 EX POLICIAS UNO MAS CORRUPTO QL OTRO. COLOCARON UNA GARITA Y LLEVABAN CHICAS JOVENCITAS… ¡¡¡ CUANDO IBAN.!!.. EN EL AÑO LABURABAN 2 MESES…!!..EL AÑO PASADO, ( TENGO 54 AÑOS) .SE DESATA UN INCENDIO Q QUEMÓ TODO.—LOS BOMBEROS VIENEN SIN AGUA!! TERMINAMOS APAGANDÓLO MI SOBRINO Y YO, CON TARROS D AGUA.—-EN MI MIEDO A Q SE PRENDIERA FUEGO NUESTRA CASA YA Q TENEMOS UN EUCALIPTO GIGANTESCO, INSULTÉ A LOS BOMBEROS….. ME LLEVARON JUNTO A MI SOBRINO DETENIDOS, DICIENDO, LA POLICIA Q NOSOTROS HICIMOS EL INCENDIO. —STUVIMOS 3 DIAS, NOS PINTARON LOS DEDOS NOS FOTOGRAFIARON Y NOSÉ HASTA DÓND EL ALCANZE DE ESA DETENCIÓN ARBITRARIA.—-LE PREGUNTO, DR…. Y ESTOY DISPUESTA A HACER UN JUICIO A ESTA GENTE LOS DUEÑOS O QUIENES SEAN—- YA ME TIENEN SATURADA, AHORA ESTÁN CONSTRUYENDO¡¡¡ 4 CANCHAS !! ….. CON BUFET Y BAÑOS Y TODOS LOS CHICHES… VOY A TERMINAR ENLOQUECIENDO…….ES POSIBLE INICIAR JUICIO? LE DIGO MAS … CON CUÁNTO DINERO PARA EMPEZAR Y ES POSIBLE GANAR?…. NECESITO SU RESPUESTA. POR FAVOR Y DEPENDE LO Q SEA FACTIBLE VOY A SU ESTUDIO A EXPONER MAS DETALLES. DSD YA, GRACIAS, DR.

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Nancy: es posible, pero como no indica fechas en lo que cuenta, no sé cuales de los daños están prescriptos y cuales todavía se pueden reclamar. Necesitaría más detalles.

      Reply
  • victoria

    hola,estoy x comprar un terreno con derecho de posecion a un tercero,este mismo me entrega 3 boletos que dice ser compradora de buena fe,con sertificacion de firma ante un escribano¿que otros papeles debo tener en cuenta a pedirle?

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Victoria: sin ver los boletos y conocer más sobre la situación no puedo darle una respuesta.

      Reply
  • celina

    hola soy de santa fe le cuento que sali sorteada en el procrear para compra de terreno y construccion de vivienda estuvimos viendo terrenos y el que mas nos gusto la duena no tiene escritura me dijo que nos da una cesion de derechos posesorios. esto nos servira para el procrear?

    Reply
  • Ricardo

    hola, hace mas de 15 años compre un terreno en Rosario Santa Fe, nunca lo escriture, y ahora viene heredero del antiguo dueño y me dice que por no escriturar a los 10 años ya no me pertenece, mi pregunta es si esto es verdad. desde ya gracias

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Ricardo: si usted mantuvo la posesión del bien, no es así. Si usted no mantuvo la posesión del bien, y la tiene el vendedor, lo veo más complicado. Le recomiendo leer esto sobre escrituración: La acción de escrituración

      Reply
  • Marina

    Hola doctor. Mi papa inicio el tramite de posesion en tierras del futuro de un terreno de una pareja de extranjeros que fallecieron 1980 sin hijos ni familia en argentina. Empezo a pagar impuestos en el 1999 . Hoy en dia yo he edificado mi casa. Tenemos que esperar hasta el 2019 para iniciar el juicio de usucapion?

    Reply
  • jenny

    Doctor Emiliano, desde hace tres años estoy ejerciendo posesion de un terreno, el cual retire los resumenes de deuda de imp provinc y municip desde el año 86 y se debe todo hasta hace seis meses que yo comence a pagar impuesto municipal. Ambas deudas estan en PREjudicial, que va a pasar con la deuda si entra en juicio,?? el fisco se podria quedar con el terreno, por la deuda vieja??? Yo tengo que pagar la deuda de años en que yo no tenia la posesion?

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Jenny: los impuestos se deben pagar, ya que son obligaciones propter rem, o sea que siguen a la cosa, y obligan al pago a quien sea propietario de la propiedad.

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  • Cristina

    Dr. Herrera, ofrecen cederme la posesión de unos lotes, el señor que los tiene los ha desmontado, cercado y cuidado durante 11 años, ya que en esa manzana esta persona tiene su casa hace muchos años, pero de los lotes no ha pagado impuestos. Esta persona sólo tiene un plano de catastro y las referencias que sí el los ha cuidado. Qué me aconseja? Desde ya muchas gracias por su respuesta.

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Cristina: como sabrá, hacen falta 20 años comprobables para usucapir. Por lo que es una inversión de riesgo.

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  • Araceli

    Buenos días, estoy por adquirir un terreno en Córdoba a través de una posesión. Me ofrecieron realizar una sesión de derechos certificada por un juez o una sesión de derechos ante escribano. Quería consultar cual es la diferencia entre ambas porque el costo ante escribano es 4 veces superior.
    Muchas gracias.

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  • Melisa

    Hola,te hago una consulta.Mi suegros compraron un terreno y pusieron como testaferro a la mama de uno d ellos,la cual murio hace poco.No hay ningun papel en el que ella le ceda el terreno a mis suegros.En que condicion queda?Es de los herederos de la testaferro o de mis suegros,que en el papel de compra venta figuran como compradores?

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Melisa: si no hay contradocumento es un poco dificil probar la simulación. Hay que ver las pruebas que tienen para acreditarlo, además de que el boleto esté a nombre de sus suegros.

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  • susana

    Dr. Herrera: Mi consulta es sobre un terreno en pvcia de BsAs. que esta aun en sucesion testamentaria y colación. El vecino lateral ocupo el predio con autos hace dos años.Otra vecina que cuidaba el predio, le aviso que no lo hiciera y el alambrista le contesto «que habia hablado con la dueña y que se lo permitio», lo cual no es cierto. Como administradora y legataria del bien, apareci al otro dia de que alambrara e hice denuncia policial por usurpacion.Frente a los policias pedi que sacara el alambre y se nego a hacerlo.Aun no se presento a la Mediacion. Deseaba preguntarle si el mero derecho de cruzar el predio lateral involucra usucapion y que debería hacer para recuperar el lote.( Los impuestos estan pagos con algun atraso,).
    Le quedo muy agradecida.

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Susana: depende de la situación se puede arreglar con una acción posesoria o, en el peor caso (debido a que demora más ya que tramita por juicio ordinario), una reivindicación. Esto depende del tiempo y de que no haya habido interrupción de la posesión.

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  • alejandro

    Hola dr. Herrera mi pregunta es se puede hacer un juicio de usucapion con 10 años de posecion y sin haber pagado los impuestos , el titular esta fallecido hace 10 años y no hubo ningun reclamo de algun heredero hasta el dia de hoy , o si bien no tendria algun consejo de lo que se pudiera hacer para poder tramitar el inmueble muchas gracias

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  • marcelo

    hola dr queria hecerle una consulta vivo en empedrado corrientes hace 11 años compre un terreno con posecion adquisitiva la dueña anterior vivia en ese lugar ya hacia cerca de 20 años y le fue cedido por el municipio asi figuraba en catastro yo al comprar hice la mensura y puse los impuestos a mi nombre y quiero hacer el titulo pero hay vecinos en mi misma situacion que iniciaron el juicio pero aparecio una persona con un titulo del año 1800 diciendo que es heredero y segun me comentaron el juez fallo a nombre de esta persona por lo que ellos apelaron y yo no se que hacer hice mi casa y la de mis padres y tengo miedo de perderlo todo este terreno estuvo desocupado por mas de 30 años y con los impuestos impagos la dueña anterior pago algunos años y desde que estoy yo hace 11 años estan todos pagos que hago inicio la escritura y es posible que esta persona se quede con todo? desde ya agradesco su ayuda

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Marcelo: si tiene más de 20 años, no hay heredero que pueda ganarle el juicio. Ahora, si solamente puede probar 11 años, lo que le conviene es seguir con la posesión del terreno hasta tener los 20 años y entonces iniciar el juicio.

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  • Walter

    Hola Dr. Emiliano Herrera buenas tardes.
    Le hago una consulta sobre un terreno que me quieren vender y el cual yo quiero comprar…la persona que lo vende es el sobrino de la dueña real que lo tenían a nombre de ella y el marido (los dos ya fallecidos) en su momento antes del deseos de la señora y en una comunicación telefónica, ella me dijo que no lo podía vender por que se lo había regalado a su sobrino, el cual nuca hizo los tramites de escriturar….el ahora me lo ofrece, pero no tiene nada que le atribuya que es el dueño.
    La pregunta es, que tramite tendría que realizar yo o el para poder comprar ese terreno y escriturar a mi nombre??? Y sin decir un valor en pesos…cuanto se tendría que tazar el valor de la propiedad en porcentaje??
    Desde ya le estoy muy agradecido por su tiempo. Gracias

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Walter: el sobrino si no tiene escritura, ni puede vender nada por más que se lo hayan dicho por teléfono. Los herederos de los causantes pueden desconocer esa venta que le está haciendo a usted. Si quiere comprar, que el sobrino se contacte con los herederos para que respeten la voluntad de la tía y que le escriture previo declaratoria de herederos. Si no, estaría comprando una posesión, en la que no sabe si los herederos van a querer recuperar ese bien o no.

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  • Juan

    DR : hace unos cuatro años compre posesión de unos terrenos a un tercero , lo único que me dio es un boleto como cedente , yo luego hice planos de mensura y por esto empezaron a llegarme los impuestos inmobiliarios los cual estoy pagando desde entonces , también hice mejoras como luz agua y las bases de la casa que pienso hacer , pero tenemos miedo de que aparesca algún heredero y tener problemas la verdad es que no sabemos que hacer si segur o no , ud que me recomienda , por otro lado le pregunto : me iinscribi en procrear sali sorteado y no se si me sirve la documentación , .. Muchas gracias DR espero su respuesta

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Juan: la documentación no le sirve para PROCREAR, ya que no tienen escritura, y por consiguiente no pueden hipotecar el bien. Es un riesgo adquirir un bien en ese estado, y nadie les puede garantizar que no vaya a aparecer un heredero a reclamar. Hay que construir, y esperar que la situación siga igual hasta poder cumplir los requisitos para hacer la usucapión y tener el título.

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  • yamila

    Hola Dr. quería consultarle lo siguiente: Me ofrecieron un terreno con 24 años de posesión, el que los vende es un intermediario, como puedo verificar esos años de posesión?? el paso siguiente sería un usucapión?? es posible luego de comprarlo construir inmediatamente? podría usted mediante una consulta verificar esos papeles? Muchas Gracias

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Yamila: como les digo a todos los que hacen esa pregunta, valen todas las pruebas posibles para el juicio de usucapión, por lo cual, pidale pruebas de ese tiempo de posesión y si son convincentes, entonces sirven. Si tiene papeles que acreditan dicha situación, no hay problema, soliciten una consulta a estudioherrera@outlook.com y los examinaré. Saludos

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  • Natali

    Buenas noches Dr., le queríamos consultar una situación que estábamos pasando

    Desde el año 1988 mis padres compraron un terreno en la Ciudad de Rosario, Santa Fé. Paralelamente a esto, comenzaron una averiguación por el terreno lindero (detrás) y la averiguación dio como resultado que no había dueño alguno. Cuando supieron esto, comenzaron a pagar impuestos en ese mismo año confiadamente pero no dejaron de insistir por varios medios de la búsqueda del dueño… el mismo hasta el día de hoy no se encontró..
    Mi consulta es: puedo acceder al plan PROCREAR? la escritura se puede hacer pero no ya aún…

    Por favor espero su respuesta ya que salimos sorteados…

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Natali: para acceder al plan PROCREAR tienen que poder escriturar, ya que se debe hacer una hipoteca. Si no pueden escriturar o tienen que hacer un juicio de usucapión para tenerla (el cual demora aproximadamente dos años), entonces no pueden acceder.

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  • Gimena

    Dr. Herrera: mi papá compró una casa hace cuarenta años, sólo tienen el boleto porque nunca escrituró aunque siempre tuvo la posesión. Ahora queremos escriturar y resulta que el hijo del vendedor (que tenía la escritura original) ha hipotecado la casa en favor de un tercero que ahora quiere ejecutarnos la hipoteca a nosotros. Cómo hacemos para escriturar? Corresponde iniciar juicio de escrituración o vamos directamente por el de usucapión? El boleto nos habilita para la usucapión decenal o debemos ir por la veinteñal? Podía el hijo del vendedor disponer así de la propiedad sabiendo que no era suya? y este tercero podía desconocer que la casa no era ya de él sino que era nuestra. Cómo resolvemos esto cuanto antes. Muchas gracias. Son muy claras todas sus respuestas.

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Gimena: tienen que ir por la usucapión. De todos modos, tendrían que presentarse en el juicio hipotecario para oponerse a la ejecución. El boleto de compraventa no habilita para la usucapión decenal.

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  • denise

    hola que tal queria saber lo siguiente mi mama le dio la mitad a mi tia del terreno cuando eramos chicos el terreno es fiscal hace casi 20 años que viven ahi y ahora quieren hacer los papeles para cederle la mitad a mi tia es posible que se queden con la mitad del terreno y que mis hermanos y yo no podamos hacer nada ? que puedo hacer yo para que no se queden con la mitad del terreno ?gracias espero su respuesta

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Denise: su mamá se la cedió y ustedes no quieren? Su mamá puede hacer con sus bienes lo que ella quiera, los hijos no pueden oponerse mientras esté en vida su madre. Recién luego, en la sucesión, si se ha visto afectada la legítima pueden reclamar por cualquier donación que haya hecho.

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  • Cr. Adelqui Verdinelli

    He adquirido en marzo del 2013 con escritura publica (está inscribiendose) un terreno en las sierras de Córdoba para construir una casa de fin de semana, dicho terreno ya poseía una casa prefabricada muy precaria, tenía conexión de agua de la comuna y electricidad de epec. En mayo comienzo a construir mi casa a partir de la prefabricada (no se demolio) y en este momento ya la estoy terminando, pero resulta que hace dos semanas atrás me entero que la escritura hace referencia al terreno del lado donde está la casa donde estan conectados los servicios (todos a nombre de quien me vendió porsupuesto) y que fue lo que me entregaron al momento de la compra. Me entero porque en ese terreno hay una familia que está costruyendo su casa (altura de capa aisladora) y al querer solicitar que le conecten el servicio de agua potable la comuna le dice que el terreno que ellos soicitan la conexión es el que tiene la casa mía, es decir están cruzadas las posesiones. Pero el tema no termina alli, yo les dije a esa familia que hicieramos ambas escrituras cruzadas y cada cual se quedaba con lo construido, pero resulta que esa familia está ocupando sin escritura traslativa de dominio creyendo que era el terreno donde yo estoy actualmente pensando en hacer una usucapión en 20 años más. En resumen yo me encuentro con la posesión del terreno donde tengo mi casa casi terminada y la propiedad del terreno de al lado (de ese terreno tengo todos los impuestos al dia), y esta familia tiene la posesión del terreno que es de mi propiedad con su casa construida hasta la capa aisladora (hace dos meses que comenzaron a construir antes no tenia nada ese terreno) y tienen algunos impuestos pagos del que yo tengo la posesion real. Ellos quieren llegar a algún tipo de arreglo, pero no se me ocurre nada. Yo hablé con la persona que me vendió y ella me dice que se acaba de enterar que su terreno era el del lado, ella lo compró a la comuna y cuando le hicieron la tradición del bien tenía un mojón que decía correctamente el número del lote y coincidia con el de la escritura. Pregunto además si debo soicitarle que me haga también la sesion de los derechos de posesion que ella tenia desde el 2002 que fue cuando le entregaron el terreno, para que se sume a la actual mía y llegar antes a una usucapión), o es que al ser toda esta transacción de buena fe (ambos creiamos que era ese el terreno, mas en mi caso porque tenia la casa arriba y las conexiones de servicios publicos todos facturados a nombre del anterior dueño y que me entregó absolutamente todo) . Bueno es largo el tema. Mucho me gustaría que me asesores al respecto.-

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  • Mariana

    Hola Dr Emiliano:
    mi consulta es la siguiente: queremos comprar un terrenito en la Zona cercana a Alta Gracia, Cba Capital.
    Me Comenta el vendedor intermediario que estos lotes estan en perfectas condiciones legales y que están listos para tramite de escrituración, La documentacion que se entrega es una escritura publica de cesión ante escribano publico a nombre del comprador y antecedentes del poseedor cedente.
    como compruebo que esto es cierto a pesar de que me muestre papeles, tengo que dirigirme a la municiplidad ver si estan asentados? y tienen + de 20 años de posecion, estan amojonados, tengo que solicitar planos de mensura para iniciar juicio de usucapion posterior? desde ya gracias! saludos

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Mariana: si le van a ceder la posesión, entonces no están listos para el trámite de escrituración, estarán listos para el trámite de usucapión en todo caso. Respecto a cómo comprobar si tienen 20 años, tendrá que hacer la verificación de si esas pruebas que le aportan son verdaderas y le parecen suficientes.

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  • Emiliano

    Hola compre un terreno con boleto de cesión de derechos posesorios puede subdividir para vender una parte antes de hacer el juicio de usucapion?

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Emiliano: si, puede hacerlo. Habría que ver si el terreno que va a vender cumple los mínimos necesarios para luego poder subdividirlo.

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  • Marci

    Estimado Dr. Herrera,
    Mi consulta es la siguiente: En el año 2011 mi madre adquirió derechos posesorios sobre un terreno ubicado en Alta Gracia, en el mismo momento el cedente le dijo que debia pagar los impuestos adeudados hasta el momento, haciendolo ella de esta manera. Ahora bien, al concurrir al Registro de poseedores, nos informan que la posesion se reconoce desde la fecha de pago de los impuestos y tasas. Siendo asi, que sucede con la cesion realizada de casi 23 años de posesión?. Esta no es valida??.
    Desde ya muchas gracias.

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Marci: en el registro de poseedores le informaron mal, ya que si tiene otras formas de probar que se ejercieron actos posesorios son válidas. El pago de impuestos si bien es importante, no es un acto posesorio. El tema es la prueba que ustedes tengan.

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