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¿Qué es el tracto abreviado?

Muchas veces cuando se trata de vender una casa de una sucesión se recomienda hacerlo por tracto abreviado. Mucha gente tiene dudas respecto al significado de esta expresión; para explicarla hay que aclarar algún concepto de derecho registral previamente.

Uno de los principios del derecho registral es el tracto sucesivo. Esto significa que en el Registro de la Propiedad debe haber un encadenamiento de las sucesivas transmisiones del dominio, de tal manera que la nueva transmisión se apoye en la anterior. Así, por ejemplo, para que se inscriba la venta de una propiedad es indispensable que quien vende figure en la matrícula como propietario. Se debe poder ver toda la cadena de transmitentes y adquirentes.

El tracto abreviado es justamente una excepción a ese principio, regulada por el art. 16 de la Ley 17.801. En el tracto abreviado, una persona que no figura en la matrícula del Registro como propietario —el heredero— vende directamente a un tercero el inmueble. Esto se hace para abreviar las transferencias de dominio, ya que sería superfluo inscribirlo a nombre de los herederos para luego transferirlo al comprador.

Para poder realizarlo, el escribano necesita una copia de la declaratoria de herederos, pero no una copia simple: el juez indica expresamente que dicha copia es apta para tracto abreviado y que se encuentran abonadas las tasas judiciales correspondientes. Es un abogado quien gestiona esa copia ante el juzgado.

Qué permite
Vender sin inscribir
Del causante al comprador directo
Requisito clave
Copia apta para tracto
Expedida por el juzgado
Acuerdo necesario
Unánime
Todos los herederos deben acordar
Plazo estimado
1 a 2 semanas
Una vez dictada la declaratoria
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Tracto sucesivo vs. tracto abreviado: la diferencia clave

Para entender el valor del tracto abreviado, conviene comparar ambos caminos cuando un heredero quiere vender un inmueble:

Sucesión completa (camino normal)
1
Declaratoria de herederos
2
Inscripción del inmueble a nombre de los herederos
3
Adjudicación y partición entre herederos
4
Escritura de venta al comprador
5
Inscripción a nombre del comprador
Tracto abreviado (camino corto)
1
Declaratoria de herederos
2
Copia apta para tracto abreviado
3
Escritura directa al comprador
Se eliminan los pasos 2, 3 y 5 del camino normal. Menos costos y menos tiempo.

Requisitos para hacer un tracto abreviado

Requisito Detalle
Declaratoria de herederos Debe estar dictada por el juez competente. Es el paso previo imprescindible.
Copia apta para tracto No es una fotocopia simple. El juez certifica expresamente que esa copia es «apta para tracto abreviado» y que las tasas judiciales están pagas.
Acuerdo unánime Todos los herederos declarados deben estar de acuerdo con la venta. Si uno se niega, no puede hacerse el tracto.
Comprador identificado Debe existir un comprador concreto. El tracto abreviado no inscribe el bien a nombre de los herederos: lo transfiere directamente al adquirente.
Escribano público La escritura de venta la confecciona el escribano, quien solicita en préstamo el expediente sucesorio al juzgado.
Abogado interviniente La gestión de la copia apta puede hacerla cualquier abogado, no necesariamente el de la sucesión. Si hay varios letrados intervinientes, se requerirá la conformidad de todos ellos conforme a la Ley 9459 (arancel de abogados de Córdoba).

Preguntas frecuentes sobre el tracto abreviado

¿Cuánto cuesta el tracto abreviado?
En Córdoba, el costo del tracto abreviado se compone principalmente de: 2% de tasa de justicia sobre el valor del inmueble, más el 1% de la Caja de Abogados, ambos calculados sobre el valor fiscal o de venta del bien. A eso se suman los honorarios del escribano por la escritura de venta y los impuestos de sellos correspondientes. Consultanos para una estimación según tu caso concreto.
¿Cuánto tarda el trámite?
En Córdoba, una vez dictada la declaratoria de herederos y notificados los herederos, el trámite puede ser muy ágil: en condiciones normales la copia apta para tracto abreviado puede obtenerse en una o dos semanas. A eso se suma el tiempo del escribano para preparar la escritura. Es uno de los procedimientos más rápidos dentro del proceso sucesorio.
¿El tracto abreviado tiene vencimiento?
La copia apta para tracto no tiene un plazo de vencimiento fijo establecido por ley. Una vez expedida por el juzgado, la intervención judicial termina: es el escribano quien toma la documentación y confecciona la escritura de venta. No hay un plazo impuesto por el juzgado para escriturar. Sí conviene no demorar la operación para evitar que varíen las condiciones pactadas entre las partes.
¿Quién paga los costos del tracto abreviado?
Por regla general, las tasas judiciales y los honorarios del abogado para obtener la copia apta están a cargo de los herederos vendedores. Los honorarios del escribano y los impuestos de la escritura se distribuyen según lo acordado entre comprador y vendedor, habitualmente conforme a la costumbre local de cada jurisdicción.
¿Se necesita el acuerdo de todos los herederos para la venta por tracto abreviado?
Hay que distinguir dos momentos. Para obtener la copia apta para tracto, en Córdoba no se exige la firma de todos los herederos para solicitarla ante el juzgado —puede pedirla cualquier abogado con intervención en la sucesión. Para la escritura de venta en sí, en cambio, sí se requiere el acuerdo de todos los herederos, ya que todos son cotitulares del bien. Si algún heredero se niega a vender, los restantes deberán iniciar una acción de división de condominio o resolver la situación judicialmente.
¿El inmueble pierde valor si se vende por tracto abreviado?
No. El precio de venta es un acuerdo libre entre las partes. El hecho de que la operación se realice por tracto abreviado no implica ninguna disminución del valor del inmueble ni afecta los derechos del comprador. Una vez inscripta la escritura, el comprador queda como titular registral pleno.
¿Se puede hacer tracto abreviado para autos y vehículos?
Sí. El tracto abreviado aplica a cualquier bien registrable —inmuebles, automotores, embarcaciones, aeronaves— siempre que esté inscripto a nombre del causante. En el caso de automotores, el trámite se realiza mediante un oficio librado por el juzgado al Registro del Automotor, en el que se consignan los datos de la operación y del comprador. El Registro inscribe la transferencia directamente a nombre del adquirente sin necesidad de inscribirlo antes a nombre de los herederos.
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Dr. Emiliano Herrera
Abogado — Matrícula Provincial MP 1-34377 · Federal M.F. Tº 502 Fº 536
Herrera & Flamenco Abogados · Arturo M. Bas 136, Piso 6, Of. C · Córdoba

Nota legal: Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico profesional. Cada caso presenta particularidades que requieren análisis individualizado. Para una consulta personalizada contactanos por WhatsApp o al correo herreraflamencoabogados@gmail.com.

588 Comments

  • Nicolás

    Pero puede ser que mi papa que es el último dueño que figura en el boleto me lo pueda ceder a mi haciendo la escritura a mi nombre??? Porque el tiene el boleto firmado y nunca escrituró pero es el dueño ya que lo pago. Y me dijeron que si se podía hacer de esta supuestamente para evitar el juicio por escritura ion. Muchas. Gracias si me lo podes aclarar

    Reply
  • Nicolás

    Por que haciendo escritura municipal tarda casi un año y el crédito no es tan flexible en los tiempos. Necesito una solución rápida!!! La verdad necesito de su ayuda para ver cono hago para hacer la escritura lo antes posible. Mil gracias

    Reply
  • Nicolás

    Dr buenas tardes. Salí beneficiado con el plan procrear. La situación es que mi papa tiene un terreno el cual compro hace unos años y solo tiene el boleto como venta firmado por escribano porque en su momento no tenia el dinero para hacerlo. El tema que se lo quiero comprar y me dijeron que. Se puede escriturar por este método. Que es algo que se hace directo. Es así??? O hay alguna forma de con solo el boleto poder hacer la escritura ya que el dueño anterior que figuraría en la escritura no se sabe nada y tal vez ya no viva. Espero me pueda ayudar muchas gracias

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Nicolás: este método es para cuando el vendedor está fallecido y se hace la venta directamente por los herederos haciendo una declaratoria de herederos. Entonces si está fallecido el dueño anterior, van a tener que hacer su declaratoria.

      Reply
  • Fernando

    Hola. Quería saber el tiempo q tarda ese trámite de escritura por tracto abreviado. Depende del lugar? Estoy en pcia. de BsAs. . Gracias

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Fernando: el tiempo que demoren en hacer la declaratoria de herederos. Pero si ya está hecha, es igual a cualquier otra escritura, con la diferencia que la firman los herederos.

      Reply
  • Monica

    Buan dia Dr. le comento mi situación,mi madre y yo hemos sido declaradas herederas de mi padre y marido de mama, después de la declaratoria.El único bien existente es un automóvil.Se puede inscribir a dicho vehiculo a mi nombre con usufructo vitalicio de mi madre.en su caso como que hay que hacer?gracias

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Mónica; si, tranquilamente se puede hacer eso, se manifiesta en el expediente y el juez libra un oficio al registro del automotor.

      Reply
  • Virginia

    Hola Dr. le comento que ya tengo finalizada la declaratoria de herederos y queremos hacer una cesión de derechos de un inmueble a favor de mi hijo. Me dijeron que sólo lo puede llevar a cabo un escribano. Es así? o Qué intervención puede tener un abogado? . Que porcentaje me cobraría el abogado? Muchas gracias

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Virginia: es porque la forma exigida para una cesión de derechos hereditarios es la escritura pública. Luego el abogado la presenta en el juicio.

      Reply
  • Virginia

    Hola Dr. le comento que ya tengo finalizada la declaratoria de herederos y queremos hacer una cesión de derechos de un inmueble a favor de mi hijo. Me dijeron que sólo lo puede llevar a cabo un escribano. Es así? o Qué intervención puede tener un abogado? . Que porcentaje me cobraría el abogado? Muchas gracias

    Reply
  • Alejandra

    Quisiera saber si se puede utilizar esta herramienta legal (tarcto abreviado) para el sig. caso: Fallecio el padre de mi marido y quedo la madre de el y un hermano. Existe un terreno que quedaria como herencia para ellos, (50% la madre, y 25% c/u de ellos) aunque ya iniciaron la sucesion (esta en tramite), mi marido quiere construir una vivienda en la parte del terreno que le corresponderia. Mas alla de haber presentado en la municipalidad de Victoria E.Rios la nota del juez diciendo que la sucesion esta en tramite, le piden para poder construir en la parte que le toca la titularidad de ese terreno. Como se puede hacer antes de que salga la sucesion. Muchas gracias

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Alejandra: entiendo que no es necesario acreditar la titularidad exclusiva del terreno para presentar los planos, podrían firmarlos todos los herederos y salvarías este inconveniente. De todos modos la parte del terreno que le toca es una parte ideal, no determinada del terreno. Para que se determine la parte tienen que hacer la declaratoria de herederos y

      Reply
  • adrian

    Estimado Dr. Herrera
    En el caso de un Tracto Abreviado, ¿se exige el informe de anotaciones personales (libre inhibiciones) de los herederos?
    Muchas gracias
    Saludos

    Reply
  • Victoria

    Buenas Tarde, mi consulta es la siguiente: Hay un matrimonio con 5, hijos. El Sr. fallece (hay sucesión con Declaratoria), la Sra. Fallece (no hay sucesión abierta), y fallece uno de los hijos (Hay sucesión abierta con Declaratoria).
    Los 4 hijos restantes, y los herederos del 5 hijo, «venden, ceden y transfieren los derechos hereditarios» sobre 1 bien en particular,, a Juan Pérez.
    Juan Perez cede los derechos anteriores mi prima.
    Qué tiene que hacer mi prima para tener el bien a su nombre??? Iniciar la sucesión de la Sra como cesionaria y pedir la inscripción de la cesión??? Tiene que presentar las Declaratorias de herederos de las otras dos sucesiones? Eso le dijo la abogada, pero no esta muy segura

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Victoria: si, tiene que iniciar las sucesión como cesionaria y pedir la inscripción de la cesión. Si, seguramente hay que acompañar copia certificada de las otras declaratorias de herederos. Quizás haya que librar exhorto, aunque esto depende más del criterio del juzgado.

      Reply
  • noelia

    buenos días dr, le hago una consulta. mi abuelo falleció hace 3 años y dejo una casa y un fiat 600, herederos solo hay 2 uno es mi papa y la otra es mi tía. ahora yo soy hija única y mi tía no tiene hijos. ellos quieren cederme legalmente todo por ser la única nieta, usted podría aconsejarnos que tenemos que hacer?? nos dijeron que hagamos una sucesión, pero sabemos que es muy cara y tarda bastante, habrá manera de hacerlo mas rápido?

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Noelia: hagan una declaratoria de herederos y que su padre y su tía le hagan la transferencia del bien por tracto abreviado.

      Reply
  • DANIEL

    perdon una ultima acotacion, la escribana me sugirio q se haga un tracto abreviado por todo el inmueble directamente , es mejor asi? o por partes?

    Reply
  • DANIEL

    buenas noches, mi consulta es la siguiente, se hizo juicio sucesorio de un terreno de padre fallecido quedando la mitad 50% para un unico hijo y 50 % para la madre . compre casi en un 90 % la propiedad total que deseo comprar, hize un boleto compra venta de la parte que le corresponde al hijo, no asi de la otra parte xq pertenecia a la madre quien fallecio hace 6 meses , el hijo siendo unico heredero y ya habiendo salido un edicto hace varios años atras se debe pagar nuevamente el otro juicio sucesorio por la parte de la madre ? o se puede hacer de otra manera para evitar ese gasto tanto los honorarios como la caja de abogado? muchas gracias , y excelente la pagina para ayudarnos a todos quienes tenemos semejantes dudas, gracias nuevamente

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Daniel: si, pueden hacer un tracto abreviado, pero les va a hacer falta amba declaratorias de herederos.

      Reply
  • Agustina Vazquez

    Buenas Tardes Dr. quería consultarle una duda que tengo sobre el «Tracto abreviado», es valido realizarlo en todas las provincias? o hay algún impedimento? por ejemplo estaba buscando de esta informacion porque estoy a punto de comprar una casa y lo debería hacer mediante este tramite y hay escribanias que me dicen que no se puede..
    Muchas Gracias!
    Saludos.-

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Agustina: si, es un principio registral que se aplica en todas las provincias. De qué provincia me estás escribiendo?

      Reply
  • Jose

    Dr. quisiera saber si tengo Declaratoria herederos (unico heredero) y quiero vender un inmueble por tracto abreviado si debo recurrir al mismo abogado que hizo la declaratoria para que la inscriba o puede ser otro abogado….Muchas Gracias

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      José: puede ser otro abogado también, puede cambiar de patrocinio en cualquier momento.

      Reply
  • elizabeth medina

    Hola mi nonbre es eli quiero comprar una casa po tracto abreviado el heredero dice k primero tengo k pagarle mediante un escribano. La casa ya tiene hecha la sucecion la declaratoria de herederos pero mi duda es que no puede mostrarme la casa por dentro por k vive uno de los herederos ahi

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Elizabeth: lo mejor es que le vendan la casa vacía, o al menos con un convenio de desocupación del heredero que la está ocupando, ya que puede ser causa de problemas que la esten ocupando.

      Reply
  • Fernando

    Dr. Emiliano Herrera, mi consulta se relaciona con un juicio sucesorio que llevó adelante una abogada inescrupulosa. Según me explicó una escribana, esta abogada se aprovechó y cobró elevados honorarios (un porcentaje de la valuación real del inmueble) por un trámite muy sencillo, y que era completamente innecesario (según la escribana, con la declaratoria de herederos hubiera sido suficiente considerando que todos los herederos eran mayores de edad y estaban de acuerdo en la partición de los bienes). Como si fuera poco, la abogada no incluyó en su juicio sucesorio una porción de un inmueble que pertenecía al causante sobre la cual ahora hay conflicto con una de las herederas. ¿Es posible demandar a la abogada por mala praxis? Debido a ese conflicto, no es posible transferir el inmueble a nombre de los hijos de uno de los herederos. Si ese heredero llegara a fallecer, ¿qué puede ocurrir?, ¿todo lo pagado se perderá? Muchas gracias.

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Fernando: podría demandarlo, si en realidad proviene de una negligencia o mala fe de ella.

      Reply
  • mariana perallta

    buenas tardes Dr. a mi marido se le fallecio el papa ya salio la declaratoria hace unos dias, mi marido se quiere quedar con un auto y sus hermanos estan de acuerdo , como puede hacerlo por tracto abreviado y quien se ocupa de este tramite, un escribano, en el reg. automotor o un abogado? gracias

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Mariana: si, es algo similar al tracto abreviado, se hace por un oficio en el cual se autoriza a los herederos a firmar los papeles de transferencia.

      Reply
  • manuel

    dr. quisiera hacerle una pregunta ,la casa de mi madre y de mi tio en el cual hay un tracto abreviado,mi tio fallecio y mis primos quieren vender la casa ¿hace falta la anotacion de herederos de mi tio,aparte o se puede hacer en el mismo tracto abreviado

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Manuel: no, no hace falta la inscripción. Se puede hacer por tracto abreviado con la copia de la declaratoria de herederos.

      Reply
  • Sebastian Masoero

    Estimado, tengo un terreno el cual herede de mis abuelo, estando finalizada toda le etapa sucesoria puedo solicitar un credito hipotecario para edificar en el mismo sin tener que pasar el titulo de propiedad a mi nombre siendo que ya esta inscripta la declaratoria en el registro a la propiedad?. Muchicimas Gracias

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Sebastián Masoero: quizás se puede hacer todo en el mismo acto, con escrituras simultáneas, habría que consultar con el dador del crédito para ver las condiciones que te piden, pero sería perfectamente factible.

      Reply
  • Danie

    Buen dia Dr. Emiliano.
    Hace dos años compre una casa con DH en tramite y son 2 hermanos. Yo compre con la gestion de uno y la autorizacion ante escribano del otro para vender. Hicimos un boleto de cpra.venta, tengo un plan de pago acordado hasta fina de año. Luego haremos la transferencia a traves de tracto abreviado.
    ¿puedo construir sobre el inmueble? o debo esperar a tener perfeccionada la transferencia.

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Daniel: si ya le dieron la posesión y usted va cumpliendo con los pagos, no hay problema en que empiece a construir sobre el inmueble.

      Reply
  • Mario

    Dr. Emiliano Herrera: Estuve leyendo cada una de sus repuestas atentamente y me parecen de los más certeras ,concisas y concretas. Le comento que soy abogado recién recibido y si bien hay que estudiar las leyes correspondientes siempre es bueno tener en claro el manejo procesal de cada situación. Gracias por su aporte. Saludos cordiales

    Reply
  • LILIANA

    DR. MI PAPA FALLECIO EL JUEVES Y SON MUCHAS LAS DUDAS E INCERTIDUMBRES QUE SURGEN. EL TRACTO ABREVIADO ES SOLO PARA CUANDO SE ASPIRA A VENDER LOS BIENES???? SI NO ES ESA LA INTENCIÓN SE HACE UNA SUCESIÓN COMÚN???? QUE PORCENTAJE COBRA EL ABOGADO PARA LLEVAR ADELANTE UNA SUCESION? SI LOS HEREDEROS ESTAN TODOS DE ACUERDO Y NO HAY PROBLEMAS, CUALES SON LOS PASOS QUE SE SIGUEN Y ,LOS TIEMPOS QUE SE DEMORAN???? MUCHAS GRACIAS

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Liliana: una declaratoria suele demorar tres o cuatro meses si es simple y sin complicaciones. Respecto a los honorarios, varían mucho de provincia a provincia, incluso de abogado a abogado. Tenés que tener la partida de defunción, las partidas de nacimientos y el acta de matrimonio si era casado, o sea, toda la documentación necesaria para demostrar el vínculo con los herederos.

      Reply
  • sergio david fernandez

    mi mama murio hace 30 años somos herederos de la casa pero cuando mi mama murio nosotros no figurabamos en la escritura ella habia sacado un prestamo y la casa tiene una hipoteca en ese momento mi mama fallese a para salvar la casa hicimos una declaratoria de herederos todo quedo asi hasta hoy que las vamos a vender vamos a ser un pacto abrebiado porque tenemos un comprador nosotros vamos a tener que pagar esa hipoteca o quedo caducada , porque cuando scamos el dominio figura la hipoteca y tarda mucho hacer el traspaso gracias

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Sergio: Si figura la hipoteca y la misma a sido reinscripta es válida. Tendría que ver el informe de dominio, ver si tienen iniciado un juicio hipotecario o no y en qué estado se halla el mismo si existe. Sin tener esos datos no le puedo dar una respuesta.

      Reply
  • FELIPE

    Buenas Noches, estamos por adquirir una propiedad y la escritura se haría por tracto abreviado. Queríamos saber que costos tiene esto y en que instancia tiene que estar la escritura. La propiedad pertenece a dos hermanos que heredaron de sus padres la misma.

    Reply
  • hernan

    cual es el costo de la tasa judicial para solicitar una copia de declaratoria de herederos apto para tracto abreviado???

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Hernán: en Córdoba es el 2% de tasa de justicia más el 2% de caja de abogados sobre el valor de la base imponible o el valor de la propiedad.

      Reply
  • José

    Hola doctor, quisiera saber por donde empezar para hacer un juicio de usucapion??? de un terreno q mi padre usa hace 25 años, en forma pasiva y pública, con mejoras y arreglos pero son pagar puestos. Como puedo saber si alguien paga impuesto e ese lugar ? Desde ya muchas gracias jose

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      José: lo primero que se hace es un plano de mensura de posesión. Con ese plano se puede iniciar el juicio si ya tienen más de 20 años.

      Reply
  • ariel

    Dr Herrera: buenos días, yo estoy viendo un terreno y el que me lo vende lo quiere hacer por tracto abreviado. Quería consultarle cómo son los tiempos para que salga el trámite y ya pueda escriturar a mi nombre.
    Debo hacer un anticipo y esperar que salga el TRACTO abreviado? cómo suele manejarse ese tema?
    Agradeceré la información que pueda brindarme.

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Ariel: si está hecha la declaratoria de herederos, en unos días te pueden sacar la copia para tracto y el resto es igual que una escritura normal traslativa de dominio, el escribano pide los certificados correspondientes y cuando los tenga en su poder, puede hacer la escritura.

      Reply
  • jose

    Dr. Herrera: si compro una propiedad para luego revenderla ¿puedo hacerlo por tracto abreviado? ¿tengo un plazo maximo para venderla? ¿que otras consideraciones debo tener presentes? Desde ya, gracias por esta ayuda tan generosa de su parte.

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      José: si usted compra por boleto y no escritura, puede luego ceder el boleto y que el comprador escriture. Pero esto no se llama tracto abreviado, ya que no hay un salto registral en la cadena.

      Reply
  • Valeria

    Hola, con mi marido hemos echo una reserva por una propiedad la cual se encuentra en sucesion y solo falta que salga la declataria de herederos. Nosotros todavia no vimos ningun papel ni nada, estamos esperando para poder realizar el boleto de compra venta . que papeles necesitamos ver o chequear para saber que la propiedad no esta embargada o que ninguno de los dueños tiene inibicion? por otro lado, la abogada de los dueños nos dijo que podriamos realizar un mutuo para que en el boleto de compra venta no se encaresca tanto.
    La escritura la hacemos por tracto abreviado , esto tiene alguna contra?

    Muchas gracias!

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Valeria: se tiene que pedir un informe al registro de la propiedad para saber si tiene algún embargo el bien. El tracto abreviado es únicamente la forma en que se instrumenta en el registro por la cual los herederos pueden vender sin poner a su nombre el bien, es una escritura común y corriente traslativa de propiedad pero con ese detalle.

      Reply
  • Yan

    Emiliano, tengo una duda, en el caso de una sucesion en la cual se transmite un unico bien y los herederos estan de acuerdo en vender pero aun no tienen comprador, una vez obtenida la DH corresponde denunciar el bien y congelar la sucesion hasta tanto aparezca comprador para luego inscribir por tracto abreviado, o conviene denunciar el bien cuando ya haya comprador y este todo listo para vender y escriturar? en que varia en cada caso (tiempo/costos)?
    Gracias!

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Yan: conviene denunciar el bien y pedir el tracto cuando tengan un comprador, para no tener que pagar ahora la tasa.

      Reply
  • Carlos

    Hola, mi hermana vive en una casa a nombre de ambos y quiero venderla, pero ella no. Puedo hacer algo al respecto?

    Reply
  • Sergio Ninno

    Soy el comprador de un terreno el cual se vende mediante una suceción por tracto abreviado.
    Entiendo que debo pagar los gastos comumes como en cualquier otra escritura….pero debo abonar yo los gastos de escritura que deriven del tracto abreviado? o debe abonarlo el vendedor?
    Como son los usos y costumbres en este caso?

    Aclaro que en el documento de oferta no hay ninguna aclaracion respecto a que la venta proviene de una sucecion con tracto abreviado.
    Gracias

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Sergio: si no se ha convenido al respecto, los gastos judiciales deberían estar a cargo del vendedor, y los gastos de escritura los paga el comprador o se acuerda pagarlos a medias.

      Reply
  • Lillian

    Aclaro que estamos en Villa Carlos Paz, Córdoba. Se nos comentó que la legislación difiere según las provincias
    Gracias

    Reply
  • Lillian

    Consulto sobre TRACTO ABREVIADO.
    Mi hermano y yo, tenemos una casa que era de nuestros padres. Hicimos la Declaratoria de Herederos.
    Y, en ese momento la abogada interviniente nos habló del tracto abreviado. Si vendíamos la propiedad lo haríamos a través del Tracto Abreviado.
    Ahora bien, en aquel momento no teníamos decidido vender en ese momento, o en qué momento.
    La abogada no fue muy clara al respecto, aunque le señalamos que en ese momento no la venderíamos y no sabíamos cuándo.
    El tema es que hizo el Tracto Abreviado, y dudamos que el realizado en aquél momento tenga validez si vendemos ahora.
    Agradeceremos orientación al respecto.
    Desde ya muchas gracias

    Reply
  • sole

    Emiliano una consulta tenemos un terreno para vender y en la primera declaratoria de herederos están todos fallecidos excepto mi mamá.sus primos hijos de los fallecidos también quieren vender. No sabemos Sí hay que iniciar cada sucesión de los fallecidos o sólo con la sesión de derechos al comprador se podrá escriturar? Porq sus primos no están en la declaratoria aún porq no se inicio nada. O con el tracto abreviado solucionamos el problema? Última consulta cual es el costó?

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Sole: pueden hacer una cesión de derechos, pero entonces sería el comprador quien tenga que iniciar las declaratorias de herederos correspondientes, por lo cual es probable que sea más complicado encontrar un comprador.

      Reply
  • Leandro

    Cuando el juez entrega la escritura por tracto abreviado, quien se hace cargo de las deudas inmobiliarias y municipales, si las Hubiere?

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Leandro: es una escritura normal, con una simple particularidad registral que la firman los herederos. El pago de los impuestos es como en cualquier negocio, se conviene entre las partes.

      Reply
  • Pablo Milano

    Dr. Herrera: Mediante boleto compre una casa hace 10 años, tengo la posesión y falta el tracto abreviado en la sucesión ya que son gente muy problemática. Pagué toda la casa con la excepción de 1/4 del valor total que debe hacerse contra escritura traslativa de dominio. El escribano tampoco ha podido hacerlos entrar en razones.
    ¿Que me conviene hacer? Yo pensé en presentarme en la escribanía con el dinero y hacer un acta o intimarlos con carta documento previo a un juicio por escrituración. ¿Pago el saldo en la justicia?
    Gracias.
    Pablo.

    Reply
  • Leandro

    El Tracto Abreviado se puede usar para comprar un terreno que otra persona compro pero no escrituro?Situación: Un conocido compro un terreno en un Barrio abierto y todavía no escrituro. Yo necesito comprar el terreno porque salí sorteado en PROCREAR y se debe comprar terreno escriturado o por Tracto Abreviado.

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Leandro: no sería tracto abreviado, sería una cesión de un boleto de compraventa.

      Reply
  • sebastian

    y por tracto se puede transferir a un heredero un inmueble, ( los restantes hermanos le venden a el) ?

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Sebastián: mejor le ceden los derechos hereditarios y el heredero inscribe el bien a su nombre.

      Reply
  • José

    el tracto abreviado es una forma de partición parcial?

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      José: no, es un concepto registral que implica que los herederos puedan firmar la escritura de venta en nombre del causante sin tener que pasar a su nombre primero.

      Reply
  • Claudia

    Dr. Emiliano, le consulto, con mi esposo queremos adquirir un terreno por tracto abreviado. Hay declaratoria de herederos, pero la esposa del causante tiene Boleto de Compra venta y no escritura. Se puede hacer el tracto abreviado con boleto de compra venta???

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Claudia: si no tiene escritura no sería tracto abreviado, sino un cesión del boleto para que el propietario les escriture.

      Reply
  • Celina

    Hola el tracto abreviado tiene un vencimiento en el tiempo para poder ser usado ?

    Reply
  • mariela

    hola quisiera saber si es apta a credito bancario la compra de un inmueble q la escritura sea por tracto abreviado gracias mariela

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  • Cristina

    Muy interesante este blog. Muchas veces he tenido dudas y me ayuda muchísimo. Gracias

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  • Sara

    Buenas tardes…Tengo una duda…Con mi marido compramos un terreno, nosotros estamos legalemente casados…En el boleto compra venta figura el nombre de mi marido, pero aclara que es casado…Ahora el tema es que uno de los dueños falleció, y la declaratoria de herederos ya esta hecha, y la dueña que nos vende nos dijo que teniamos que hacer el tracto abreviado, para poder escriturar.. El tema es que yo fui la que trato todo con la dueña, y no entendia bien, y le di mis datos para realizar el tracto abreviado…Ella me dijo que ese tracto va a salir a mi nombre para poder escriturar, pero el boleto esta a nombre de mi marido…Habrá problemas???

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Sara: en que sentido? si es bien ganancial, no habría problemas en que esté a nombre suyo.

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  • Ana

    Dr. Herrera le explico, el bien asignado corresponde a la partición de la división conyugal pero que no fue inscripto porque el inmueble esta en Cordoba y el divorcio fue realizado en Chubut. La permuta corresponde al inmueble de Cordoba por un inmueble en chubut. Las formas en el registro de la propiedad son muy distintas entre cada provincia y alla no aceptan la inscripcion y la nueva propietaria quiere que el bien ya sea inscripto a su nombre (que es lo que corresponde), Un escribano de cordoba nos dice que se puede hacer por tracto abreviado y tenemos dudas.

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Ana: para estar seguros habría que consultarlo con el registro, pero en principio se entiende que art. 16 de la ley 17.801 no es taxativo, sino que los casos son enunciativos, aceptándose otros casos, como podría ser este caso de la partición de una división conyugal no inscripta. En principio le digo que puede ser, pero tendría que averiguar el criterio que tiene el registro de la provincia al respecto, como usted lo dice, cada registro tiene sus criterios.

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  • emmanuel

    vulgarmente las escrituras por tracto abreviado no son denominadas como «simultaneas»??

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Emmanuel: no, no es lo mismo, el tracto abreviado es un principio registral, no se trata de la realización de escrituras simultaneas.

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  • Daniel

    Dr. quería hacerle una consulta. Tengo un boleto de compraventa de un bien inmueble que esta en dos sucesiones (pertenece en un 50% y 50% a los herederos declarados en las mismas). El vendedor tenia un poder para vender otorgado por el otro heredero. Ninguna de las declaratorias están inscriptas y en una de ellas el bien no esta declarado. Que es lo que debo hacer para poder escriturar mediante tracto abreviado? Es necesaria la inscripción de la declaratoria en el Registro o puede hacerse todo desde el expediente?
    Muchas Gracias

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Daniel: no es necesaria la inscripción, los herederos deben pedir en la declaratoria copia para tracto abreviado del auto, y con eso el escribano va a poder hacer la escritura.

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  • Ana

    Dr. Emiliano Herrera. Quiero consultarle si se puede hacer una PERMUTA por TRACTO ABREVIADO, por una propiedad obtenida de una separación de bienes en Divorcio Vincular o solo es para sucesiones. Muchisimas Gracias

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Ana: necesitaría que me explique mejor el negocio, es un bien asignado en la partición de la división conyugal pero que no fue inscripto?

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