Modelo completo para leer y completar. Si necesitás ayuda, revisamos el contrato y los garantes o lo redactamos a medida.
Este modelo de contrato de alquiler temporario o por temporada está pensado para una casa o departamento amoblado destinado a vacaciones o turismo. Define la estadía, el precio total, el inventario y la devolución del depósito. Podés leerlo completo, copiarlo e imprimirlo en esta página; si querés completarlo en Word, solicitá el archivo editable por correo.
Punto clave. El contrato completo es de acceso libre. El formulario agrega la entrega del Word por correo; no es necesario completarlo para leer, copiar o imprimir el modelo.
Qué tener en cuenta antes de completar el contrato
Lo temporario depende del destino real y de las condiciones de la estadía, no solo del nombre del contrato. Completá ingreso, salida, ocupantes y motivo. El artículo 1198 permite pactar el plazo y, si se omite en una locación temporal, remite a los usos y costumbres del lugar. Además deben revisarse las reglas provinciales, municipales, turísticas y del edificio. Este modelo de locación no sustituye las condiciones de un servicio hotelero ni las normas de consumo cuando correspondan.
Versión revisada el 6 de septiembre de 2026 sobre el Código Civil y Comercial vigente, con las modificaciones del DNU 70/2023. Para contratos celebrados antes de su entrada en vigencia, hay que revisar el régimen aplicable según su fecha; no corresponde sustituir automáticamente sus cláusulas por este modelo.
Por ejemplo, para alquilar una casa durante las vacaciones, dejá asentados los días y horarios de ingreso y salida, qué servicios están incluidos, el estado de muebles y electrodomésticos y el plazo para devolver el depósito. Eso evita discutir al final qué se entregó y qué se cobró.
Si terminada la estadía el ocupante no se va, ya no es un problema de contrato sino de restitución del inmueble, y se resuelve por desalojo. Ahí interviene un abogado para sacar a un ocupante que no se va, con la intimación que corresponda a esa causal.
Modelo completo de contrato de alquiler temporario
CONTRATO DE LOCACIÓN TEMPORARIA AMOBLADA PARA VACACIONES O TURISMO
En [LOCALIDAD], provincia de [PROVINCIA], República Argentina, el [FECHA], entre [NOMBRE / RAZÓN SOCIAL DEL LOCADOR], DNI / CUIT [NÚMERO], domicilio [DOMICILIO], representado en su caso por [DATOS Y FACULTADES], en adelante EL LOCADOR, y [NOMBRE / RAZÓN SOCIAL DEL LOCATARIO], DNI / CUIT [NÚMERO], domicilio [DOMICILIO], representado en su caso por [DATOS Y FACULTADES], en adelante EL LOCATARIO, se celebra esta locación conforme al Código Civil y Comercial vigente y las siguientes cláusulas.
1. Partes y destino
EL LOCADOR da en locación a EL LOCATARIO el inmueble amoblado ubicado en [DOMICILIO COMPLETO], localidad [LOCALIDAD], provincia [PROVINCIA], identificado como [UNIDAD / DATOS]. El destino exclusivo es alojamiento temporario por [VACACIONES / TURISMO: DETALLAR MOTIVO]. El domicilio habitual de EL LOCATARIO es [DOMICILIO]. Se identifica a los ocupantes autorizados en el Anexo I, con una capacidad máxima acordada de [CANTIDAD] personas, respetando las normas aplicables. No se utilizará esta modalidad para encubrir una vivienda permanente.
2. Plazo
La estadía pactada comienza el [FECHA] a las [HORA] y finaliza el [FECHA] a las [HORA], por un total de [CANTIDAD] días. La entrega y devolución de llaves se realizarán en [LUGAR / PROCEDIMIENTO]. Cualquier modificación se documentará por escrito con su precio y condiciones. Si no se hubiera determinado el plazo, se atenderá a los usos y costumbres del lugar conforme al artículo 1198.
3. Estado del inmueble e inventario
EL LOCADOR entrega el inmueble en condiciones aptas para el uso convenido. Las partes describen su estado real, instalaciones, artefactos, medidores, llaves y defectos conocidos en el Anexo I, que firman junto con fotografías identificadas cuando las incorporen. No se presume que todo esté nuevo o recién pintado: las observaciones se consignan expresamente. EL LOCATARIO deberá restituirlo en el estado recibido, salvo deterioros por el transcurso del tiempo y el uso regular.
4. Ocupantes, convivencia y requisitos locales
Los ocupantes y el estado del equipamiento se detallan en el Anexo I. Las partes acuerdan las reglas de convivencia, mascotas, uso de instalaciones y horarios en un anexo entregado antes de firmar, respetando la normativa aplicable. Se prohíben cesiones y sublocaciones sin autorización escrita. EL LOCADOR deberá contar con las inscripciones y habilitaciones turísticas o locales que correspondan a la actividad ofrecida. El contrato no sustituye esas autorizaciones ni elimina derechos de consumidores cuando exista una relación de consumo.
5. Precio total de la estadía y reserva
El precio total por la estadía convenida es de [IMPORTE EN NÚMEROS Y LETRAS], en [MONEDA]. Se deja constancia de [IMPORTE] recibido como anticipo a cuenta del precio, y de un saldo de [IMPORTE], pagadero el [FECHA] por [MEDIO]. No se presume que un anticipo sea una seña con facultad de arrepentimiento ni que se pierda automáticamente. Las condiciones de reserva, cancelación previa y reprogramación, si existen, se adjuntan por escrito, se diferencian de la resolución de un contrato ya celebrado y respetan la normativa aplicable. No se pactan cobros periódicos inferiores al mensual: si la estadía requiere pagos periódicos, se adecuarán al artículo 1196. Para estadías breves se individualiza el precio total y su cancelación, sin confundirlo con una renta diaria periódica.
6. Mora e intereses
El incumplimiento de un vencimiento determinado produce la mora en los términos legales. Las sumas exigibles impagas devengarán desde su vencimiento una tasa moratoria de [INDICAR TASA, BASE ANUAL O MENSUAL Y FORMA DE CÁLCULO], sin capitalización automática. Las partes deberán completar una tasa razonable y determinada; quedan a salvo los límites legales y la facultad judicial de revisión. Los reintegros de gastos se documentarán y no se convertirán unilateralmente a otra moneda.
7. Depósito de garantía
EL LOCATARIO entrega como depósito [IMPORTE EN NÚMEROS Y LETRAS] en [MONEDA]. Las partes acuerdan esta forma de devolución y, en su caso, actualización: [DETALLAR]. El saldo se restituirá dentro de [CANTIDAD] días de la entrega del inmueble, por [MEDIO DE PAGO]. Solo podrán deducirse deudas y daños imputables debidamente individualizados y respaldados. Si restan facturas del período ocupado, se podrá reservar únicamente un importe razonable estimado, con detalle escrito, y rendir y devolver el remanente dentro de [CANTIDAD] días de recibidas. No existe pérdida automática de todo el depósito por cualquier incumplimiento. No se imputará al alquiler durante la ocupación salvo acuerdo escrito.
8. Servicios incluidos y gastos de la estadía
El precio incluye exclusivamente estos servicios y consumos: [DETALLAR LIMPIEZA, AGUA, ELECTRICIDAD, GAS, INTERNET Y OTROS, CON LÍMITES SI SE PACTAN]. Los cargos adicionales se identificarán por concepto, importe o forma de cálculo y vencimiento: [DETALLAR]. No se cobrarán cargos ocultos ni se convertirán unilateralmente reintegros a dólares. Las tareas de personal contratado por EL LOCADOR se coordinarán respetando la privacidad y su responsabilidad legal. Se aplicará el artículo 1209 respecto de expensas y cargas, sin trasladar al locatario por una fórmula general todos los gastos de la propiedad.
9. Conservación y reparaciones
EL LOCADOR conservará la cosa apta para el uso pactado y asumirá las reparaciones por causas no imputables a EL LOCATARIO. Este último realizará el mantenimiento ordinario y responderá por los daños que le sean atribuibles o a las personas por las que deba responder. Los reclamos se notificarán al domicilio convenido. Ante negativa o silencio sobre una reparación urgente, EL LOCATARIO podrá realizarla a cargo del locador una vez transcurridas al menos veinticuatro horas corridas desde la recepción de la notificación, conforme al artículo 1201, sin perjuicio de las medidas urgentes legalmente procedentes para evitar daños. Para reparaciones no urgentes intimará previamente por un plazo no inferior a diez días corridos. Se conservarán comprobantes y constancias del reclamo.
10. Obras, mejoras y uso permitido
Las obras que alteren el inmueble requieren autorización escrita y las habilitaciones pertinentes. El acuerdo indicará proyecto, responsable, costos, seguros que correspondan y destino de las mejoras al finalizar. No se renuncia de forma general al reembolso de mejoras necesarias que proceda legalmente. Se prohíben la cesión y sublocación sin autorización escrita, el uso ilícito y el almacenamiento de materiales peligrosos fuera de los usos y autorizaciones permitidos. Se respetarán el reglamento de propiedad horizontal y las normas aplicables.
11. Acceso, privacidad y responsabilidad
Las visitas del locador, técnicos o personal de mantenimiento se coordinarán previamente, con indicación del motivo y en horarios razonables, con al menos cuarenta y ocho horas de aviso salvo emergencia que justifique otra intervención legal. Esta cláusula no autoriza el ingreso unilateral contra la voluntad del ocupante. Cada parte responderá por los daños que le sean jurídicamente imputables; no se pacta una exoneración general del locador ni se traslada al locatario todo caso fortuito o fuerza mayor. La frustración del uso se regirá por el artículo 1203 cuando corresponda.
12. Garantía personal y alcance
Si se acuerda fianza, la suscriben [NOMBRE, DNI, DOMICILIO Y DATOS DE CADA GARANTE], quienes se constituyen en fiadores solidarios de las obligaciones determinadas de este contrato, con renuncia a los beneficios de excusión y división en cuanto resulten aplicables. La garantía comprende las obligaciones devengadas durante el plazo original y respeta el artículo 1225: al vencimiento cesa para obligaciones futuras, excepto las derivadas de la falta de restitución en tiempo del inmueble. Toda renovación o prórroga exige consentimiento expreso del fiador; no se extiende por anticipado la fianza a futuros contratos. Si se pacta otra garantía, se individualizarán su instrumento, monto, vigencia, exclusiones y condiciones en un anexo y se adaptará esta cláusula.
13. Sustitución de garantía
Si se acredita el fallecimiento, insolvencia o pérdida relevante del respaldo de un garante, EL LOCADOR podrá requerir por escrito una garantía sustitutiva razonablemente equivalente. EL LOCATARIO deberá presentarla dentro de [PLAZO RAZONABLE] días de recibido el requerimiento. La evaluación deberá ser fundada y de buena fe. Cualquier resolución por incumplimiento se ejercerá con las comunicaciones y condiciones legales pertinentes; no autoriza un desalojo por vías de hecho.
14. Incumplimiento y resolución
EL LOCADOR podrá resolver por las causas del artículo 1219, entre ellas cambio indebido de destino, falta de conservación o abandono en los términos de la norma y falta de pago de dos períodos consecutivos. EL LOCATARIO podrá resolver por los incumplimientos del locador previstos en el artículo 1220. Se observarán la buena fe, las intimaciones y las comunicaciones que correspondan. No se autoriza cortar servicios, cambiar cerraduras ni retirar bienes para recuperar el inmueble.
15. Resolución anticipada por el locatario
EL LOCATARIO podrá resolver anticipadamente en cualquier momento, notificándolo por un medio fehaciente y abonando el equivalente al diez por ciento (10%) del saldo del canon locativo futuro, calculado desde la fecha de notificación de la rescisión hasta la fecha de finalización pactada, conforme al artículo 1221. La liquidación identificará las fechas, el canon y las condiciones de actualización aplicables. Si hubiera precio pagado por adelantado correspondiente al período no devengado, se practicará la liquidación de la indemnización y de las obligaciones pendientes, y se devolverá el saldo que corresponda dentro de [CANTIDAD] días, sin perjuicio de derechos imperativos aplicables.
16. Restitución, vencimiento y llaves
Al finalizar, EL LOCATARIO restituirá el inmueble y las llaves, dejándose constancia de fecha, estado, medidores, documentación y reservas concretas. La continuación luego del vencimiento se rige por el artículo 1218: no constituye tácita reconducción, sino continuación en los mismos términos hasta que una parte la concluya mediante comunicación fehaciente. EL LOCADOR no podrá condicionar la recepción de llaves al pago previo de deudas o reparaciones, sin perjuicio de sus reclamos y de la consignación judicial que corresponda. Los daños posteriores a la entrega no generan automáticamente nuevos alquileres: deberán acreditarse y reclamarse conforme a derecho.
17. Demora en la devolución
Si, concluida la relación conforme a derecho y siendo exigible la restitución, EL LOCATARIO retiene ilegítimamente el inmueble, responderá por la ocupación y los perjuicios que correspondan. La cuantificación y el reclamo respetarán los límites y las vías legalmente previstos, sin duplicar indemnizaciones por el mismo perjuicio.
18. Cobro y actuaciones judiciales
El canon y las prestaciones periódicas asumidas por EL LOCATARIO podrán reclamarse por la vía prevista en el artículo 1208, con los requisitos procesales de la jurisdicción competente. Los daños, penalidades y otros conceptos deberán reclamarse por la vía que legalmente corresponda; el acuerdo no crea por sí solo un título ejecutivo para cualquier deuda. Los gastos de reclamo deberán ser procedentes, razonables y acreditados, y las costas judiciales se regirán por la decisión y las normas aplicables.
19. Domicilios y comunicaciones
EL LOCADOR constituye domicilio en [DOMICILIO] y correo electrónico [EMAIL]; EL LOCATARIO, en [DOMICILIO] y correo [EMAIL]; cada garante, en el indicado en su identificación y correo [EMAIL]. Los cambios se comunicarán fehacientemente. Los domicilios electrónicos se acuerdan conforme al artículo 75 para las comunicaciones que resulten válidas por ese medio. Cuando se exija notificación fehaciente deberá poder acreditarse contenido, envío y recepción. Las notificaciones judiciales se regirán por las normas procesales y lo dispuesto por el tribunal competente.
20. Sellado, certificaciones y obligaciones fiscales
El impuesto de sellos, si corresponde según la jurisdicción y sus exenciones, y los gastos de certificación de firmas se distribuirán así: [DETALLAR]. Cada parte cumplirá sus obligaciones tributarias propias; EL LOCADOR emitirá los comprobantes que correspondan. Las partes cumplirán las condiciones de registración en RELI si solicitan beneficios fiscales que la requieran. Se atenderán asimismo los registros o requisitos locales que resulten aplicables.
21. Jurisdicción, anexos y firmas
Las partes acuerdan la intervención de los tribunales legalmente competentes de [LOCALIDAD Y PROVINCIA], en cuanto la elección sea válida y sin desplazar competencias imperativas ni derechos de consumidores cuando correspondan. Integran este contrato los anexos firmados y las modificaciones escritas. Se firman [CANTIDAD] ejemplares de igual tenor en [LOCALIDAD], el [FECHA], entregándose un ejemplar a cada parte. Firman EL LOCADOR, EL LOCATARIO y, si corresponde, cada GARANTE, con aclaración y documento.
Anexo I · Inventario y acta de entrega
ANEXO I — INVENTARIO Y ACTA DE ENTREGA: inmueble [IDENTIFICACIÓN]; fecha y hora [DATOS]; ambientes y estado [DETALLE]; muebles y artefactos [DETALLE]; instalaciones y medidores [DETALLE Y LECTURAS]; llaves y accesos entregados [DETALLE]; defectos conocidos [DETALLE]; fotografías incorporadas [IDENTIFICACIÓN]; ocupantes, cuando corresponda [DETALLE]; observaciones [DETALLE]. Firmas y aclaraciones de ambas partes. Al finalizar, labrar un acta de devolución con fecha, llaves recibidas, estado y reservas específicas.
Preguntas frecuentes
¿Un alquiler temporario puede durar más de tres meses?
El artículo 1198 vigente permite acordar el plazo. La duración por sí sola no determina la modalidad: deben coincidir el destino real, las condiciones de la ocupación y las reglas locales. No debe usarse un contrato turístico para encubrir vivienda permanente.
¿Qué diferencia hay entre alquiler temporario y vivienda permanente?
El temporario responde a una estadía y finalidad transitoria concretas. La vivienda permanente satisface una necesidad habitacional estable. Por eso no conviene cambiar solamente el título de un mismo contrato.
¿El propietario puede quedarse con todo el depósito?
El modelo no prevé una pérdida automática. Deben identificarse y justificar las deudas o daños imputables, rendir cuentas y devolver el saldo en el plazo pactado. El desgaste normal no se trata como un daño atribuible al inquilino.
¿Qué pasa si cancelo o me voy antes?
Hay que distinguir una reserva de un contrato ya celebrado. Este modelo mantiene la regla del artículo 1221 para la resolución anticipada por el locatario, y pide acordar expresamente las condiciones de reserva sin desconocer normas imperativas ni derechos de consumo aplicables.
¿Cómo consigo el modelo de alquiler por temporada en Word?
Completá el formulario con mail y WhatsApp y elegí recibir el modelo editable por correo. El texto íntegro sigue visible para leer, copiar o imprimir sin registrarte.
Si tu inmueble tiene otro destino, consultá el modelo de alquiler vivienda o el modelo de alquiler comercial. Elegir el modelo correcto ayuda a no mezclar condiciones de vivienda, comercio y turismo.
Fuentes: Código Civil y Comercial, artículos 75 y 1187 a 1226, y ARCA: RELI e incentivos fiscales. El modelo es orientativo y no incluye una revisión individual de tu situación, del inmueble ni de los garantes.
Elegí cómo querés resolver tu contrato de alquiler
Podés usar el modelo por tu cuenta o pedir asistencia profesional. Atendemos en Córdoba y ofrecemos consultas y redacción a distancia para otras provincias. El alcance de cada servicio se acuerda según tu caso.
Para entender una cláusula, decidir antes de firmar o resolver una duda concreta.
Revisamos cláusulas y, según el servicio acordado, documentación, ingresos, respaldo patrimonial e informes de los garantes.
Redactamos el contrato para tu inmueble, las condiciones pactadas y la garantía elegida.
Consultas por deuda, daños, devolución del inmueble o problemas con garantías. Evaluamos la intervención según la jurisdicción.
La revisión de garantes permite evaluar riesgos con la información disponible. El presupuesto detalla los informes y verificaciones incluidos; no garantiza el cobro futuro.
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Herrera & Flamenco Abogados · Córdoba, Argentina
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