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¿Qué es la usucapión o prescripción adquisitiva?

La usucapión es un término jurídico que indica un modo de adquirir la propiedad por el transcurso del tiempo. Esta adquisición se lleva a cabo mediante una posesión continuada durante el tiempo que exige la ley, el cual es de 20 años sin justo título y 10 años con justo título. (debido al cambio de Código, se editó el artículo para que sea consecuente con la regulación del Nuevo Código Civil y Comercial.

Requisitos legales para la usucapión de inmuebles

Para que la posesión de lugar a la usucapión, se requieren ciertos requisitos:

– Posesión en concepto de dueño, o posesión propiamente dicha. Lo que implica que el poseedor debe tener la disposición de hecho del inmueble, pero ejercerla a título de dueño, como si fuera el dueño. Se excluye de este concepto la tenencia, por lo cual locatarios, comodatarios, etc., no tienen posesión en este sentido, ya que reconocen en otro la propiedad del inmueble. Para que un tenedor pase a poseer como dueño, es necesario un acto que se denomina interversión de título, el cual consiste en actos exteriores claros e indubitables que impliquen la exclusión de cualquier otro propietario.

– La posesión debe ser ostensible y continua. En el nuevo código se elimina la exigencia de que sea pacífica y sin vicios, en tanto la calificación de la posesión ya no tendrá importancia. Teniendo en cuenta que el art. 1.930 presume la continuidad, la prueba de ser discontinua la posesión estará a cargo de quien la afirme.

-Debe ser continua e ininterrumpida por el plazo que establece la ley. Existe la posibilidad de unir en determinados casos la posesión actual a la posesión anterior, computándose todo el tiempo a los efectos de la usucapión. El plazo como se mencionó anteriormente es de 10 años en caso de poseer justo título y de 20 años en caso de no poseerlo.

 

Requisitos para iniciar el juicio de usucapión: (Provincia de Córdoba)

1) Un plano de mensura del inmueble poseído del que surja, si se pudiere determinar, que inmuebles resultan afectados en todo o enparte, confeccionado al efecto por profesional autorizado y visado por la repartición catastral de la Provincia, con una antiguguedad no mayor a 5 años.

2) Un estudio de los antecedentes sobre la titularidad del dominio y la condición catastral de los inmuebles afectados, suscripto por profesional competente.

3) La prueba de que haya de servirse el titular y que acredite el tiempo de posesión: testigos, pago de impuestos, realización de mejoras, etc.

Iniciado el trámite, se solicitan informes a distintas reparticiones públicas, se ordena la publicación de edictos, y se coloca un cartel en la propiedad con las referencias necesarias acerca de la existencia del juicio, en en lugar del inmueble visible desde el principal camino de acceso.

 

Se debe señalar que la adquisición de la propiedad se realiza por el solo transcurso del tiempo de la posesión, el juicio de usucapión tiene efectos declarativos y tiene como fin poder inscribir la titularidad del inmueble a nombre del poseedor.

Cualquier consulta comuníquese con nosotros y con gusto lo asistiremos.

 

Actualización:

Puntos a tener en cuenta si va a comprar una  posesión:

Ante la cantidad de consultas de personas que compran una posesión o quieren comprar una posesión hay que aclarar algunos puntos:

– La única forma de escriturar del poseedor es mediante el juicio de usucapión. La usucapión no es un trámite, es un juicio que implica que se debe producir prueba y se realiza contra el dueño original del inmueble.

– La inscripción en el registro de poseedores de la provincia de Córdoba o Tierras para el futuro, tiene únicamente un valor de publicidad extra. Si bien, la misma posesión de un bien como dueño es una forma de publicidad, la inscripción en el registro de poseedores genera una anotación en el registro como poseedor. Dicho trámite no otorga escritura traslativa del dominio, únicamente sirve para hacer conocer a terceros que se es poseedor del inmueble a través de la anotación en el Registro de la propiedad.

– La usucapión es un juicio que tiene un costo, tanto en tasas, honorarios, planos, como en tiempo, por lo cual se debe a tener en cuenta este factor al comprar una posesión de un bien. El valor de una cesión de posesión tiene que ser sensiblemente inferior a la compraventa de un terreno.

– Antes de comprar debe ser extremadamente cuidadoso, averiguar todo lo posible los antecedentes del poseedor. Tenga en cuenta que si va a hacer el juicio de usucapión va a necesitar toda la prueba posible a los fines de demostrar los veinte años de posesión, pago de impuestos, testigos, facturas de gastos, construcciones realizadas, etc.

– Adquirir una posesión significa un riesgo, ya que el dueño puede recuperar el bien a través de la acción de reivindicación. Como poseedor de mala fe, está sujeto a que el dueño solicite el retiro de lo construido por el poseedor y a costa de éste. También el dueño puede elegir quedarse con lo construido, abonando el mayor valor que adquirió el bien.

 

Te dejamos también un video donde explicamos varios aspecto de este tema y que puede serte de utilidad:

¿Estás en condiciones de iniciar una usucapión?

Si cumplís con los requisitos y necesitás iniciar el trámite judicial, te recomendamos actuar cuanto antes.

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4.282 Comments

  • ezequiel

    buenas tardes,les paso a detallar mi situación para que puedan asesorarme.
    Tengo 27 años y vivi en la casa de mi abuela toda mi vida,mi abuela desde mis 2 años de vida se fue a tucuman y nunca mas volvió,se desligo por completo de los impuestos,mi madre mantuvo la casa hasta mis 13 años,momento en el cual ella se fue con su actual marido y me dejo a cargo de la casa a mi,desde ese momento,ya hace 14 años que estoy en la casa solo,pago la luz y tengo una deuda de tasas municipales de 3000 pesos,hice incontables mejorar en el terreno y guardo recibo de todo aquello que invertí en la casa, Desde una bolsa de cemento a un tornillo,yo quisiera que me asesoren como puedo hacer para poner la casa a mi nombre y venderla,ya que me salio una oportunidad laboral en santa fe y no quiero dejar que la casa caiga en manos de desconocidos….

    Desde ya muchas gracias

    Soy de Merlo,Provincia de Buenos aires.

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Ezequiel: es complicado el caso, hay que probar varios extremos, incluido la accesión con la posesión de tu madre, y hay que ver los años en que eras menor de edad. De todos modos, un juicio de usucapión no es rápido, por lo cual quizás te convenga alquilar la casa, en vez de venderla.

      Reply
  • david

    DR. GRACIAS POR SU RESPUESTA,ANTERIOR, pero le hago otra consulta, el terreno antes dicho no tiene nomenclatura catastral,por lo cual no tiene deuda anterior,y no hay forma de empezar a pagar impuestoas, esto ,lo averigue en la municipalidad, y me dijeron que era normal , por que se encuentra en una zona semiurbana, por lo que hay muchos terrenos que nunca se escrituraron, mi pregunta es , si puedo agrimensurar para pedir nomenclatura y de esta manera pagar servicios espero, pueda ayudarme.gracias.
    Tambien,(Y DISCULPE LA IGNORANCIA) quisiera saber si hay alguna forma de contratar sus servicios a distancia.

    Reply
  • Luciano

    Muchas gracias. Saludos.

    Reply
  • Luciano

    Buen día. Mi consulta es la siguiente. Me ofrecieron un terreno, el cual no tiene escritura pero una familia lo cuido durante más de 20 años. No se si tienen algun impuesto pago, lo sabré en unos día recien. La venta se haría con una ceción de derechos. En caso de no haber impuestos, pero si testigos, puedo iniciar el juicio de usucapión? Puedo comenzar una construcción en el terreno? Gracias y saludos.

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Luciano: lo mejor es tener además de testigos otro tipo de pruebas que puedan acreditar con un poco más de certeza la fecha a partir de la cual se empezó a poseer, ya que los testigos solos no son suficiente. Si se pueden acreditar esos veinte años, podrás hacer el juicio de usucapión.
      Respecto a empezar a construir, es decisión tuya, si está bien acreditado el plazo de 20 años, entoncés no vas a tener problemas, si no está tan claro, podés construir, ya que como poseedor tenés los mismos derechos que un dueño, pero con los riesgos que la situación conlleva (ya que serías poseedor de mala fe y el dueño si aparece y gana la reivindicación, puede pagar o exigir que se retiren las mejoras realizadas).

      Reply
  • david

    hola que tal,quiero ocupar un terreno abandonado por mas de 30 años, pero quisiera saber si puedo hacer algún papel con escribano, para acreditar posesión pacifica, y mejoras, ya que esta en muy mal estado por el descuido., y saber, si este me serviría como justo titulo para escriturar en diez años y no en veinte.Tengo el aval de los vecinos ya que temen que se meta alguien desconocido al terreno,pero nadie quiere correr el riesgo de invertir en la limpieza ,o, de esperar el plazo estipulado por la ley y ante la posible aparición de un dueño perder lo invertido.Que pasos debería seguir para no correr tantos riesgo? desde ya gracias.

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      David: no, ningún escribano puede convertir esa situación en justo título. Por lo cual deberán pasar veinte años de posesión para escriturar. Respecto a los riesgos, de invertir en el terreno, siempre están, mientras no tengas el tiempo establecido por la ley.

      Reply
  • Carlos

    Hola, Me ofrecieron un terreno con posesion veinteañal, en la zona de Alta Gracia, me dicen que se hace todo ante escribano, pregunto se puede comprar? o tendre problemas a futuro….

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Carlos: más allá de que se haga la cesión de los derechos posesorios, debés pedir que te acompañen todos los antecedentes y pruebas de esta posesión veinteañal, ya que los vas a necesitar para protegerte de cualquier acción de reivindicación del dueño, o si querés iniciar el juicio de usucapión.

      Reply
  • karina

    quisiera saber si me pueden responder

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Karina: es como decís, pero deberías consultar el expediente para estar segura de lo que se hizo en tu caso, habría que consultar el expediente. En qué juzgado está radicado? Si querés mandame los datos a abogadocordoba@live.com

      Reply
  • vane

    Hola:
    mi pregunta es, que debo reclamar o que debo aceptar en cuanto a dinero o terreno , ya que mis padres cuidaron durante 37 años una casa con un lote amplio,y al fallecer mi padre, quien habitaba solo esa propiedad los ultimos 14 años , se presento el dueño legitimo del amplio lote a proponernos un dinero, lo que nose es cuanto debo aceptar o que debo reclamar, si alguien me responde se los agradezco.

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Vane: lo recomendable es que tengas una entrevista con un abogado y éste te lleve la negociación. Desconozco el valor del terreno y tendría que conocer más detalles sobre la situación de hecho para ayudarte. Si sos de Córdoba podés pasar por mi estudio y lo hablamos, si no, te recomiendo que busques un profesional de tu ciudad.

      Reply
  • Ivone

    Hola Dr. Herrera, mi consulta es si puedo hacer una usucupación de una propiedad, que estaba a nombre de mis abuelos, al fallecer mi abuela, mi abuela inicio el sucesorio de su esposo, cuyos herederos eran 2, una tía y mi padre, al fallecer mi padre, se hizo la suceción de él, quedando como herederos mi hermano y yo, por la parte de mi padre. Es decir que a la fecha quedamos como herederos mi tía, mi hermano y yo (por la parte de mi padre) y la parte de mi abuela, este condomio está ya registrado en la Dirección de inmueble, en 1999 fallece mi abuela y se trtato de iniciar la sucesión de la parte de ella 2001, pero por motivos económicos y porque mi tía y mi hermano viven en otra provincia desde hace más de 20 años, no enviaban el poder para continuar, se llego a la etapa de publicar los edictos pero yo en ese momento no contaba con medios económicos para hacerlo, yo vivo en esa casa desde hace más de 40 años (desde que nací) y aporte´y pago hasta la fecha todos los impuestos que estan al día y mejoras que hice en la casa, desde 1990 cuando empece a trabajar. Desde ya muchas gracias

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Ivone, entiendo en principio error no se puede hacer usucapión, ya que al ser condóminos, la posesión aprovecha a los demás. Pero habría que ver en detalle. Hay que probar que tu posesión excluía a los otros herederos.

      Reply
  • Livio

    Buen Día Doctor:
    Mi nombre es Livio, y mi consulta es la siguiente: resulta que mis padres adquirieron un dpto. atravez de una cesion de derechos de compra del mismo en un remate hace mas o menos 20 años, es decir la persona que le vendio les cedio ese derecho que habia adquirido en un remate del dpto y luego nunca inscribieron a su nombre la escitura. El tema es paso el tiempo y solo tienen la copia de esa escritura de cesion de derechos y para poder inscribir en el registro les piden acta de remate del expte original, el cual averiguamos se extravio ya que data de 1985, y nos dijieron que esa copia no sirve y hay que iniciar usucapion. esto cierto? no se puede hacer un tramite mas rapido? vivimos aca desde el 91, pagamos impuestos y se adquirio con compra de esa cesion. gracias

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Livio: si hay copias, se puede pedir que se reconstruya el expediente, y solicitar el oficio de inscripción ahí. Pero si no, van a tener que hacer la usucapión, que es un juicio que toma su tiempo.

      Reply
  • Raúl

    Estimados
    Soy de buenos aires y hemos decidido con mi señora aprovechando que tenemos parientes y amigos irnos a vivir a cordoba definitivamente.
    les consulto lo siguiente, donde tengo que averiguar o consultar por terrenos abandonados, municipales, etc. y cuales son los pasos a seguir, desde ya agradezco mucho su tiempo y si es posible me respondan a mi mail

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Raúl: no existe un lugar donde den esas informaciones. En algunos municipios del interior sé que dan esa información en la municipalidad (lo suelen hacer para tener alguien que pague la tasa municipal), pero depende del municipio.

      Reply
  • alberto hernan gallegos ortega

    hola, soy de caborca y mi abuela posesiono un terreno ganadero desde 1938 que le pago a la nacion y nunca se obtuvo el titulo de propiedad, pero fue el primer solicitante, en 2010 tratamos de sacar el titulo de dicha propiedad, y al solicitar los expedientes en el catastro municipal nos enteramos y manifiesta el catastro que en la misma propiedad se encuentra otra persona como propietario, y con un titulo expedido por la Reforma Agraria en 1988. mi pregunta como puedo obtener el titulo de mi abuela, y que vailides tiene ese titulo expedido por la Reforma Agraria, gracias, saludos

    Reply
  • Alejandra

    Hola, como es la situación de ocupar cuando la casa esta en quiebra? donde o se puede averiguar si el dueño de la casa esta muerto o tiene herederos o no? se puede pedir a catastro un a listado de casas que acrediten deuda? se puede pedir explicitamente a catastro un listado de inmuebles que acreediten deudas?
    Desde ya Muchas Gracias!

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Alejandra: no, no te van a dar esa información en catastro. Y respecto a ocupar una casa, hay que tener en cuenta lo que establece el art. 181 inc. 1° del Código Penal.

      Reply
  • gerardo

    hola te quería hacer una pregunta, como averiguaste por internet la edad del dueño del inmueble?

    Reply
  • claudio

    no sé si es importante pero olvidé mencionar que el terreno está en gral pueyrredón. y también me olvidé de agradecerle,así que muchísimas gracias!

    Reply
  • claudio

    Tengo la posibilidad de comprar un terreno que está siendo usado para que pastoreen caballos.El dueño del terreno tiene todos los papeles en regla(escritura,impuestos etc),nunca lo usó,pero no se cuanto hace el dueño de los caballos lo está usando e incluso lo alambró.Quiero saber si él puede reclamar el derecho a poseer la parcela.No quisiera comprar y verme envuelto en un litigio,o lo que es peor,perder los únicos ahorros que tengo al no poder tener derechos sobre lo que compré(no poseo ningún otro bien).

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Claudio: tendrías que averiguar mejor la situación, quizás lo mejor es que antes de realizar la operación el dueño envíe una carta documento al dueño de los caballos, intimándolo a dejar el terreno. Para ver que aduce éste último.

      Reply
  • analia

    la mujer no tiene pruebas de ser la poseedora de ese lote y tierras del futuro me rechazo la carpeta por ese motivo…

    Reply
  • analia

    buenas tardes… mi caso es q una mujer de rio ceballos me cede 20 años de posesion de un lote. hacemos la escritura, pago los impuestos de rentas de 13 años, y cuando voy a la municipalidad a pagar municipal me dicen q el lote esta a punto de ser rematado. puedo parar el remate me dijeron… ahora la pregunta… puede el lote quedar para mi? o le estoy haciendo un favor al dueño con pagar la deuda q es de $5mil mas los honorarios del abogado?

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Analía: si la señora no tiene pruebas de la posesión de ese lote, va a ser difícil que prospere un juicio de usucapión. Sería casi como empezar a poseer desde que empezás a tener el terreno. No conozco la situación del lote para aconsejarte mejor sobre si te conviene pagar o no la deuda.

      Reply
  • karina

    hola soy de rio tercero. compre en diciembre 2008 en remate un 50%indiviso de un terreno (quiebra Palmero)libre de todo gravamen, y un 50% al socio en forma particular. hoy y de casualidad me entero que en mi municipio tengo una deuda por el 50% de la parte comprada en forma particular. Averiguo en rentas de la provincia y no tengo deuda alguna. la muni dice que esa deuda existe y que la tienen que cobrar (tasas y obra de cloacas)no es que se pide un informe de deuda al fisco (afip, rentas, municipios etc)y estos deberian dar el monto total de lo que debe cada terreno, que la deuda es indivisa,? espero algun tipo de respuesta.si desean saber mas de esta quiebra les paso mi tel por privado. gracias

    Reply
  • Gustavo

    Dr,vivo en Tucumán en casa de mis abuelos desde 1995, viviamos solos los tres. Mi abuelo falleció en el 2003 y mi abuela en el 2004, tengo las escrituras de la casa que están a nombre de mi abuelo. desde 2008 los servicios estan a mi nombre (luz, agua, etc) lo que no se pagó desde el fallacimiento de ambos es el impuesto inmobiliario que está claro a nombre de mi abuelo, yo me casé y continuo viviendo en la casa ahora con mi familia. Como tengo que hacer para poner a mi nombre la casa? Gracias

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Gustavo: para poner a su nombre la casa, le va a tener que comprar la parte correspondiente a los coherederos.

      Reply
  • nahuel

    Hola que tal vivo en un terreno en el cual mi hermana era inquilina,ella abandono el terreno y quede habitando yo hace ya mas de 22 años y pago la luz hace 12 años los impuestos pague por un tiempo todo a nombre de el despues deje de pagarlos queria saber que derechos tengo el dueño de el terreno fallecio y aparentemente paso a ser fiscal el terreno que puedo hacer para que sea legalmente mio tengo un papel firmado x mi hermana y el donde yo figuro como fiador principal pagador desde el año 1985 vivo en moreno pcia bs as

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Nahuel: si tiene 20 años de posesión, puede iniciar el juicio de usucapión. Es un juicio que va a tomar su tiempo. Pero al final del mismo va a poder escriturar a su nombre.

      Reply
  • Florencia Cordoba

    Mi consulta es la siguiente:Soy Florencia,presidenta de un Centro Vecinal de Salsipuedes. Tenemos un terreno dado por la Municipalidad para plaza, espacio publico. Hoy acabo de hablar con el Secretario de Gobierno y me dice que si llega a aparecer el legitimo dueño (que no se hace cargo del terreno hace más de 10 años) y dice que es de él, tiene todo el derecho a sacarnos la plaza. Estamos haciendo los papeles de preinscripción administrativa pero dijo que lleva mucho tiempo, incluso años. NUestro Centro Vecinal, está poniendo todo en la plaza, y lo hacemos con nuestro dinero. Hay alguna forma de que quede asentado que es espacio publico (en tramite) y que no se puede tocar? Gracias

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Florencia: es verdad, si aparece el dueño, puede recuperar el bien. Por el momento van a tener que estar en esa situación un poco precaria en lo referente al dominio, ya que el dueño del terreno no lo donó ni nada.

      Reply
  • SERGIO

    mi consulta es sobre un terreno q pertenece a mi abuela pero ella viajo y dejo los papeles en su casa en ese momento el hombre que vivia con mi tia se apropio de los documento,construyo una casita precaria y el ahora alquila ahi, pero mi abuela pretende recuperar los documentos y el no quiere entregarlos. que debo hacer? que pasos debo seguir?

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Sergio: su abuela había escriturado o tenía solamente boleto de compraventa? Hace cuanto el hombre usurpó el terreno?

      Reply
  • gustavo

    hola soy gustavo a mi me prestaron una casa del ipv aca en san juan la mujer no volvio mas y cuando volvio me iso una denuncia por usurpacion al cual ya hace 5 años que yo estoy alli el juez me dio 10 dia para desalojarla , esas casa no se pueden vender ni prestar ni alquilar no se que hacer soy descapacitado y tengo la tenencia de mi hijo de 5 años somos los dos solo por favor no se que hacer ayudeme ……..

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Gustavo: habría que consultar el expediente para poder darle una respuesta. Si no es de Córdoba, busque un abogado de su zona para que vea el expediente y lo ayude.

      Reply
  • Lorena

    Hola, quisiera saber si se puede hacer la usucapion en este caso?
    mi abuelos fallecieron los dos mi viejo y mi hermano viven hace mas de 20 años que mis abuelos se fueron del campo a vivir a bs as y fallecieron alli, ahora me entero que unos hermanos de mi viejo abrieron una sucesion sin avisarle a el, resulta que mis tios jamas estuvieron o no hicieron nada en el campo de mis abuelos y ahora aparecen y lo quieren vender puedo usar la ley de usucapion en este caso? mi viejo y mi hermano hicieron muchisimas mejoras en el campo durante estos 20 años que puedo hacer para que no lo dejen sin nada a mi viejo y a mi hermano?

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Lorena: puede darse, pero va a ser un poco complicado, es un caso que hay que estudiarlo bien, ver las circunstancias de hecho. Si hay posesión, hay que probar que la misma excluye a los otros herederos. Si no, está la posibilidad de presentarse en la declaratoria como heredero y reclamarle a los coherederos el gasto de las mejoras, tener un crédito contra la sucesión y así aumentar la parte que les tocaría.

      Reply
  • adrian

    mi padre compro un terreno edifico y luego de 30 años aparecio el vendedor reclamando y diciendo que va a vender nunca se escrituro y no hay boleto si planos que fueron presentados este figura en el dominio mimadre siempre vivio ahi mi padre fallecio hace años que podemos hacer ya que siempre nos sentimos dueños del lugar y nos sentimos desconcertados por esta actitud

    Reply
  • karina

    muchas gracias doctor, nuestro abogado nos dijo q esto sería largo pero q teníamos q presentar testigos q sabían q jamás nos desentendimos del campo y facturas de inversiones q hicimos ahí.

    Reply
  • karina

    mi abuelo era propietario de 130 hect en sgo del estero tenemos declaratoria de herederos pero un tio al q le permitió quedarse ahi xq no tenía hogar ahora presenta usucapion, mi tio tiene registrado el domicilio en el campo desde 1983 a 1999, luego viene a mi casa y registra dom en juzgado federal desde 1999 a 2008 y luego cambia el dom a otra localidad desde 2008 a la fecha sin embargo ahora presento usucapion. lo puede pedir aunq el campo esta incluido en sucesion y nosotros le permitimos seguir ahi dado q mi abuelo nos hizo prometer q lo dejaríamos mientras viva? hay testigos q escucharon eso además d q vivió 8 años con nosotros. me olvidaba, mi hna menor de 19 años, nació en el campo tenemos acta de nac. gracias

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Karina: tienen que buscar un abogado y presentarse en la usucapión, lo expliqué en varias respuestas, en el caso de coherederos, tu tío va a tener que probar la interversión de título, no basta la mera inacción de los herederos.
      Buscá un abogado de allá que sea versado en derechos reales.
      Saludos.

      Reply
  • cesar

    hola mi consulta es por que mi papa compro unas 20hectareas hace mucho tiempo compraron acciones y derecho luego se las vendio hace 25AÑOS!!!!!!!!! a una persona hicieron el voleto de compraventa!!! quedaron en escriturar y nunca se hizo por que el adquirinte nunca lo llamo a mi papa para escriturar!!! las hectareas nuna fueron utilisadas por quien la compro simpre fue monte ni un alambre lindero les puso hace poco llego alguien queriendOnos!! comprar el terreno diciendo que el averiguo y la propiedad es nuestra, la persona que lo compro o sea A LA QUE LE VENDIO MI PAPA HACE 25 AÑOS fallesio poco despues de comprarla y no sabemos si podemos recuperar ese terreno y de poder hacerlo como tendriamos que proceder por que no tenemos papeles boleta de impuestos nada porque todo se tiro una ves q fue vendido,qu hacemos URGENTE!!!!!!! muchas gracias!!!!!!!!!!!

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      César: En este otro post escribí algo que te puede ayudar sobre la prescripción de la acción de escrituración, si nunca se hizo escritura y no hubo tradición, la acción de escriturar prescribe a los diez años, si el adquirente tuvo la posesión continuada, la acción no prescribe. Que no hayan sido utilizadas no significa que no haya tenido la posesión, lo importante es si se hizo tradición o no.

      Reply
  • emmanuel

    hola que tal le paso a contar vivo en un terreno hace mas de 10 años. era de mi abuelo pero el no tiene papeles del mismo o los perdio. pero los impuestos vienen a nombre de mi padre .el me podria hacer el papel de compra y venta? y que tendria que hacer para empezar hacer la escritura a mi nombre?

    Reply
    • Emiliano Herrera

      Emmanuel: habría que ver a nombre de quien está el terreno (pedir un informe al registro de la propiedad), si está a nombre de su abuelo habría que hacer la declaratoria de herederos, su padre le podría hacer una cesión de derechos hereditarios onerosa para que usted realice el trámite, si está a nombre de su padre, simplemente van a un escribano y hacen la escritura.

      Reply
  • claudia

    hola,pense que en la escritura de sesion de derecho posesorio,que es labrada por el escribano saldria esa situacion de embargo,de no ser asi como se maneja eso(porque no lo se) tendre que dar aviso del embargo.saludos

    Reply
  • Enrique

    Cuando existe una demanda por division de condominio, que tiempo legal hay para responderla?

    Reply
    • Emiliano Herrera

      Enrique: Depende de dónde es usted. En la notificación debe decir el plazo, en Córdoba se tramita como juicio abreviado y tiene seis días para comparecer y contestar la demanda.

      Reply
  • dante hugo cruz

    paso a explicar mi situación , soy uno de los nietos del dueño de una propiedad que falleció, el su señora ( abuela) sus cuatro hijos también fallecieron uno de ellos mi padre, habito esa propiedad pagando moratoria previa levantamiento de exención impositiva que tenían ellos por ser jubilados,y me he hecho cargo de arrglos de la misma , como baño nuevo y otros , hace 9 años , aclaro que con mis hermanos y primos esta todo bien y de acuerdo que yo me quede con ella ( de palabra claro) mi consulta es; que debo hacer esperar los 20 años y seguir pagando impuestos para iniciar un juicio de usucapión?

    Reply
    • Emiliano Herrera

      Dante: si hay acuerdo entre los herederos, hagan la declaratoria de herederos. Realicen una cesión de derechos hereditarios.

      Reply
  • LAURA

    HOLA QUE TAL MI PREGUNTA ES:MI SUEGRO ME REGALO UN TERRENO Y VIVO EN EL HACE MAS 13 AÑOS PERO EL SOLO TIENE BOLETO DE COMPRA Y VENTA Y QUISIERA ESCRITURAR. QUE DEBO HACER? GRACIAS ESPERO SU RESPUESTA A LA BREVEDAD

    Reply
    • Emiliano Herrera

      Laura: que su suegro le haga una cesión del boleto y se contacten con los vendedores para escriturar. En caso de que se nieguen iniciar juicio de escrituración.

      Reply
  • Jair Casas

    Estimado, mi consulta es la siguiente: yo compre un terreno hace 15 años a una persona la cual de buena fe entre los dos me cedio el mismo y quedo en hacerme la escritura una ves que termine de pagar la deuda correspondiente. Han pasado los años hasta la fecha y nunca hicimos la escritura, yo ya he edificado en el terreno, me hago cargo de los impuestos etc. Mi miedo es saber si aun no hecha la escritura, me pueden quitar el terreno.

    Reply
  • taylor viscarra

    Buenas tardes mi consulta es yo actual mente vivo con mi madre y mi
    hermana ase 20 años en lote que compro mi padre en nombre de su
    herma , .. Lacasa lo construyo mis padre …porloq me dijo mi padre finado
    motivo por loque compro en nombre de su hermana que no tenian DNI documento nacinal de identidad … Asepoco falllecio mi padre…. la hermana
    de mi padre biene aser mi tia escuche hablar de q nos desalojaria de la casa.. Que es loq deberiamos de haser…. Mi padre nos dejo la casa sin documento ..porque mi padre y mi madre se separaron mi padre se consoguio otra familia y .vivian aparte en otra casa q compro… Que debemos hacer al respecto ..rcias..por la ayuda.

    Reply
  • Carolina

    Hola Emiliano buenas tarde mi caso es el siguiente: En el año 2002 el abuelo de mi ex, nos regala un terreno,sin papeles, solo nos entrega un RECIBO del año 1973 donde figura que ha entregado una seña por dos lotes. En el año 2002 EN UNO DE LOS DOS LOTES hemos construido una hermosa casa y tenemos el lugar en optimas condiciones. Tengo solo como prueba el que pago la luz desde ese año,algunos recibos de sueldo, las facturas de los celulares, resumenes de las tarjetas de creditos,etc etc… no guarde las facturas de materiales de construccion (que ahora voy a empezar a guardar!) esto es para constatar en que vivo ahi por supuesto.
    El tema es el que llevo solo 10 años asi que todavia no puedo iniciar el juicio por “usucapión».
    MI PROBLEMA ES QUE NO SE POR DONDE EMPEZAR!!! ME IMAGINO QUE ES PAGANDO LOS IMPUESTOS MUNICIPALES:
    Yo quisiera pagarlos desde el año que POSEO EL TERRENO ¿eso esta bien?¿ A DONDE DEBO DIRIGIRME Y CON QUE DATOS? eso es lo que me preocupa, EN EL BOLETO DICE LOTE N°27 Y N°28 Y LUEGO DICE 107e y 107d? No se cual de los dos lotes es!!! por eso queria dirigirme al registro de la plata para asesorarme, para saber algo mas sobre el terreno.
    Bueno no se si te confundi,solo quisiera saber por donde empezar y que datos necesito esto me tiene muy preocupada. Bueno desde ya te agradezco por tu tiempo y muchas gracias!!

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    • Emiliano Herrera

      Carolina: Te recomiendo que hagas una consulta personal con un abogado, ya que podría haber posibilidades de regularizar la situación, pero habría que ver los detalles, si hay herederos de ese abuelo, por ejemplo. Es una buena idea pagar los impuestos,hay que ver cuanto deben, porque prescriben a los cinco años (siempre y cuando no hayan interrumpido la prescripción iniciando juicio). Tendrías que averiguar los datos del lote en catastro o en el municipio.

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  • hector

    HOLA…LE HAGO UNA CONSULTA HACE 33 AÑOS QUE VIVO EN UN TERRENO QUE NO ESTA AMI NOMBRE ,EL DUEÑO NUNCA VINO ,Y LO UNICO QUE SE ES QUE EL DUEÑO VIVE EN CAPITAL FEDERAL NO ME ANIMO A HUBICARLO POR TEMOR AQUE SE LO OCURRA SACARME DEL TERRENO DONDE VIVO HACE 33 AÑOS.HABRA ALGUNA MANERA DE ESTAR AL DIA ? Y QUE ESTE TERRENO PASE AMI NOMBRE? DESDE MUY AGRADECIDO POR SU RESPUESTA, VIVO EN LA LOCALIDAD DE FCIO VARELA (PCIA DE BS.AS)

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    • Emiliano Herrera

      Héctor: si está viviendo hace 33 años, lo que debería hacer si quiere regularizar el título de su propiedad es hacer un juicio de usucapión. Si tiene 33 años de posesión, nadie lo puede sacar del inmueble donde vive.

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  • Miguel

    Con Institucional me refiero a que es una vivienda de la policia. La desafectaron para adjudicarla a mi esposo. Y pasaron ya 28 años y no pudo escriturar. Gracias

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    • Emiliano Herrera

      Tendría que ser más claro, si se la adjudicaron, por qué razón no pudo escriturar? explique más detalladamente la situación.

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  • Alejandro

    Hola Dr. soy de Bariloche y mi consulta es la siguiente,yo compre un lote y en la negociacion aparecieron irregularidades el que me lo vendia supuestamente testaferro del dueño resulto un estafador.Yo me quede con un boleto de compra venta sellados por rentas de la provincia pero sin la certificacion de firmas. consulte al ente y me dijeron que el sello era legal yo por mi parte pague el sellado para legalizarlo.De ahi en mas me llegan los impuestos a mi nombre en rentas de la prov no asi en catastro del municipio por que no me quisieron brindar datos del lote.Averigue elnombre del Sr.pero no lo pude localizar .Mi intencion era tratar de negociar la venta con el pero fue imposible.(tengo la sospecha que el hombre ya ha fallecido )lo que tengo a favor es que desde que fue el agrimensor y cercamos el lote en el año 2008 nunca aperecio nadie a reclamar,aclaro que no usurpe en su momento era un descampado y daba mucha inseguriad por el crecimiento de pastizales.En la actualidad estoy construyendo y pago los sevicios de luz y agua a mi nombre.Que me recomienda cuanto tiempo debo esperar para poder efectuar un reclamo legal. yo quiero pagar por ello por que es lo unico que tengo.Agradesco una respuesta y desde ya gracias por su tiempo.

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    • Emiliano Herrera

      Alejandro: usted compró un bien a quien no era el dueño? y no puede ubicar al dueño ni a los herederos? Busque un abogado de su provincia que le haga las averiguaciones de los datos correspondientes. El abogado está habilitado a solicitar informes.

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  • mariano

    Hola , estoy viviendo en un departamento hace 27 años , los primeros 2 años tenia contrato, luego segui en el depto hasta el momento pagando la renta a la dueña sin contrato alguno ,osea que estoy hace 25 años en el departamento sin contrato alguno. El tema es que la dueña murio y no dejo ningun heredero ni tiene parientes. me puedo quedar con el depto por usucapion? espero su respuesta,muchas gracias de ante mano

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    • Emiliano Herrera

      Mariano: en realidad si usted pagaba un alquiler, no tenía la posesión, era solamente un tenedor.

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  • Margarita

    Esta a nombre del hermano de mi suegra,en EEUU viven la viuda y las hijas, pero no tienen ningún papel de la casa (el titulo de propiedad se perdió) en el registro de la propiedad e inmueble esta a nombre del hermano.

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    • Emiliano Herrera

      Margarita: en principio les diría que sí, les recomiendo una consulta profesional para ver el caso con más detalle, pero parece que podría hacerse una usucapión.

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  • claudia

    hola,quiero transferir un lote que tengo en posesion,pero tiene un embargo,se puede transferir igual ante escribano publico?

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    • Emiliano Herrera

      Claudia: ¿informaste al comprador que está embargado? La posesión se puede entregar tranquilamente más allá del embargo, pero deberías informar al comprador.

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  • maury

    Hola Emiliano, estubimos viendo un par de lotes por el lado de potrero de garay, pasando la localidad, a unos 10km, cerca de los espinillos creo, la cuestión es que aparentemente se está loteando toda la zona (solo quedaban 11 lotes) y se aplica la modalidad de derecho de poseción, los vende una inmobiliaria y ellos mismos getionan la escritura, lo cual toma casi 2 años (tema juicio y todo eso)… Si esta inmobiliaria posee derechos de poseción de hace unos 2 años, pueden darme una escritura de aca a 2 años? O suena muy a «verso»?

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    • Emiliano Herrera

      Maury: puede haberlo obtenido de otro poseedor anterior, habría que ver los antecedentes que tienen.

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  • Silvina

    Necesito saber como y donde denuncio la posesión que tomo una gente sobre un lote con una casa casi destruida pagando solo cinco años de impuestos.
    Evidentemente quieren apropiarse de un lote que hace años esta abandonado pero que tiene sus dueños en otra provincia. Se los puede denunciar? Donde, hay que dirigirse a rentas o al municipio para radicar esta denuncia? Gracias

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    • Emiliano Herrera

      Silvina: podría hacer la denuncia por usurpación, en la policía, pero lo mejor sería si puede avisar a los dueños del terreno, para que defiendan sus derechos.

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  • Margarita

    Hola, mi consulta es la sgte: En 1960 el hermano de mi suegra saco un crédito hipotecario con el que se compro un terreno, mi suegra se hiso cargo del crédito(tengo copia de la cancelación del mismo) y construyo la casa, el hermano nunca vivió en la misma(aunque los servicios vienen a su nombre), en 1965 fue a vivir a EEUU donde falleció hace 2 años. Actualmente vive mi suegra y con mi marido construimos otra casa en el fondo del mismo terreno, podemos escriturarla por usucapión? Gracias.

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  • Luciana

    hola, como se inicia una posesion veinteañal de una persona fallecida para q luego lo hereden sus hijos? es decir, la persona que podia solicitar la posecion veinteañal, q estan a su nombre los impuestos, falleció, pero sus hijos y flia siguen habitando ese mismo inmueble desde siempre.

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    • Emiliano Herrera

      Luciana: lo pueden iniciar los herederos como continuadores de la posesión del fallecido.

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  • flavia

    hola doctor un gusto.yo soy de buenos aires capital federal. mi pregunta es la siguiente,en mi barrio habia una casa abandonada hacia 7 años con una deuda de ABL de 13 años, la titular fallecio hace ya 7 años y yo ingrese al inmueble con mi bebe de 1 año y mi mama, la casa esta en muy malas condiciones. yo ingrese y la estamos arreglando, en que condiciones estoy si aparece un supuesto heredero??

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    • Emiliano Herrera

      Flácida: depende de cuando aparezca, pero en cualquier caso tendría que devolver la propiedad, salvo que se cumplan 20 años.

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  • graciela

    Hola,te cuento mi caso;hace 20 años compramos con el ahora,ex marido,el fondo de comercio de la panaderia de los padres de éste sin papeles q acrediten esta compra.pasaron 10 años aprox.y nos enteramos q la habian hipotecado x una carta documento q llega al lugar en el cual vivíamos y trabajabamos(hasta ese momento pagamos el alq).pasaron los años y mis ex suegros fallecieron y ahora las hnas de mi ex marido quieren vender y/o le paguemos un alq.a ellas cuando una de ellas fué la encargada de hacer hipotecar el lugar(más la casa de soltero de mi ex marido)y sin haber pagado nunca las hipotecas.yo me divorcié hace 2 años pero seguimos trabajando en la panadería.la pregunta es si ellas pueden desalojar a mi ex marido?x otro lado el tema de la casa de él,mis hijos(tres,26,27 y 29 años)pueden tomar partido para recuperar esa casa si su padre no se «mueve»xq cree q la hna(la misma q con la panadería,pidió para hipotecarla) le está «manejando»bien el tramite?es más, hubo cierto tipo de amenaza de parte de una de las hijas de ésta,diciendo q si no aceptaba el trato le iba a ir peor.muchas gracias x leer esta consulta.

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    • Emiliano Herrera

      Graciela: no es clara su consulta en lo que dice de la casa de soltero, está a nombre de quien? ya se pagaron esas hipotecas?

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  • cesar

    CREO QUE NO!!!! pero para contestarte mas seguro en que acto consiste la entrega de posecion????? yen cualquiera de los casos como deberia proceder???? GRACIAS

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    • Emiliano Herrera

      César: significa que le entreguen el inmueble y hagan uso del mismo. La tradición puede darse de varias formas pero en general se puede resumir con que el inmueble esté a disposición del adquirente.

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