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¿Qué es la usucapión o prescripción adquisitiva?

La usucapión es un término jurídico que indica un modo de adquirir la propiedad por el transcurso del tiempo. Esta adquisición se lleva a cabo mediante una posesión continuada durante el tiempo que exige la ley, el cual es de 20 años sin justo título y 10 años con justo título. (debido al cambio de Código, se editó el artículo para que sea consecuente con la regulación del Nuevo Código Civil y Comercial.

Requisitos legales para la usucapión de inmuebles

Para que la posesión de lugar a la usucapión, se requieren ciertos requisitos:

– Posesión en concepto de dueño, o posesión propiamente dicha. Lo que implica que el poseedor debe tener la disposición de hecho del inmueble, pero ejercerla a título de dueño, como si fuera el dueño. Se excluye de este concepto la tenencia, por lo cual locatarios, comodatarios, etc., no tienen posesión en este sentido, ya que reconocen en otro la propiedad del inmueble. Para que un tenedor pase a poseer como dueño, es necesario un acto que se denomina interversión de título, el cual consiste en actos exteriores claros e indubitables que impliquen la exclusión de cualquier otro propietario.

– La posesión debe ser ostensible y continua. En el nuevo código se elimina la exigencia de que sea pacífica y sin vicios, en tanto la calificación de la posesión ya no tendrá importancia. Teniendo en cuenta que el art. 1.930 presume la continuidad, la prueba de ser discontinua la posesión estará a cargo de quien la afirme.

-Debe ser continua e ininterrumpida por el plazo que establece la ley. Existe la posibilidad de unir en determinados casos la posesión actual a la posesión anterior, computándose todo el tiempo a los efectos de la usucapión. El plazo como se mencionó anteriormente es de 10 años en caso de poseer justo título y de 20 años en caso de no poseerlo.

 

Requisitos para iniciar el juicio de usucapión: (Provincia de Córdoba)

1) Un plano de mensura del inmueble poseído del que surja, si se pudiere determinar, que inmuebles resultan afectados en todo o enparte, confeccionado al efecto por profesional autorizado y visado por la repartición catastral de la Provincia, con una antiguguedad no mayor a 5 años.

2) Un estudio de los antecedentes sobre la titularidad del dominio y la condición catastral de los inmuebles afectados, suscripto por profesional competente.

3) La prueba de que haya de servirse el titular y que acredite el tiempo de posesión: testigos, pago de impuestos, realización de mejoras, etc.

Iniciado el trámite, se solicitan informes a distintas reparticiones públicas, se ordena la publicación de edictos, y se coloca un cartel en la propiedad con las referencias necesarias acerca de la existencia del juicio, en en lugar del inmueble visible desde el principal camino de acceso.

 

Se debe señalar que la adquisición de la propiedad se realiza por el solo transcurso del tiempo de la posesión, el juicio de usucapión tiene efectos declarativos y tiene como fin poder inscribir la titularidad del inmueble a nombre del poseedor.

Cualquier consulta comuníquese con nosotros y con gusto lo asistiremos.

 

Actualización:

Puntos a tener en cuenta si va a comprar una  posesión:

Ante la cantidad de consultas de personas que compran una posesión o quieren comprar una posesión hay que aclarar algunos puntos:

– La única forma de escriturar del poseedor es mediante el juicio de usucapión. La usucapión no es un trámite, es un juicio que implica que se debe producir prueba y se realiza contra el dueño original del inmueble.

– La inscripción en el registro de poseedores de la provincia de Córdoba o Tierras para el futuro, tiene únicamente un valor de publicidad extra. Si bien, la misma posesión de un bien como dueño es una forma de publicidad, la inscripción en el registro de poseedores genera una anotación en el registro como poseedor. Dicho trámite no otorga escritura traslativa del dominio, únicamente sirve para hacer conocer a terceros que se es poseedor del inmueble a través de la anotación en el Registro de la propiedad.

– La usucapión es un juicio que tiene un costo, tanto en tasas, honorarios, planos, como en tiempo, por lo cual se debe a tener en cuenta este factor al comprar una posesión de un bien. El valor de una cesión de posesión tiene que ser sensiblemente inferior a la compraventa de un terreno.

– Antes de comprar debe ser extremadamente cuidadoso, averiguar todo lo posible los antecedentes del poseedor. Tenga en cuenta que si va a hacer el juicio de usucapión va a necesitar toda la prueba posible a los fines de demostrar los veinte años de posesión, pago de impuestos, testigos, facturas de gastos, construcciones realizadas, etc.

– Adquirir una posesión significa un riesgo, ya que el dueño puede recuperar el bien a través de la acción de reivindicación. Como poseedor de mala fe, está sujeto a que el dueño solicite el retiro de lo construido por el poseedor y a costa de éste. También el dueño puede elegir quedarse con lo construido, abonando el mayor valor que adquirió el bien.

 

Te dejamos también un video donde explicamos varios aspecto de este tema y que puede serte de utilidad:

¿Estás en condiciones de iniciar una usucapión?

Si cumplís con los requisitos y necesitás iniciar el trámite judicial, te recomendamos actuar cuanto antes.

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4.282 Comments

  • angnel ramon mamidana

    hola mi nombre es angel yo vivo con mi madre vivimos en un lote o terreno en el cual llega rentas y los impuestos municipales a nombre nuestro desde hace ya 28 años el problea es que en el mismo lote al fondo vive una familia y en el medio supuestamente tambien pero no hay edificacion ni tampoco se conoce al dueño ya que nunca se aparecio con mi vecina del fondo queremos «usurpar» por asi decirlo teniendo en consideracion que rentas y los impuestos vienen como si fuera un lote y no 3 y ya hace 28 años que pagamos, para agarrar la mitad para cada uno y quiero construir mi casa y el hijo de mi vecina tambien yo quisiera saver que riesgo corro si de que algun dia aparesca ese supuesto dueño y me saque

    desde ya muchas gracias

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Angel: disculpe pero no es clara la descripción de la situación. No queda en claro cuantos lotes son, supongo que se trata de otro lote que queda atrás del suyo.

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  • ezequiel

    Hola quisiera saber que tramite tengo que hacer para poder pasar los impuestos de la casa donde vivo a mi nombre, es una casa en la que vivimos hace aproximadamente 12 años nunca se pago los impuestos y yo quiero hacerme cargo de la deuda. Desde ya muchas gracias

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Ezequiel: usted es poseedor? tiene que preguntar en rentas de su provincia. Si no se puede, muchas veces en el banco se puede hacer una certificación al momento de pagar para dejar asentado quién es el que hace el pago del impuesto.
      Saludos.

      Reply
  • mariano

    hola yo tenia 24 años cuando me hise cargo del terreno y ahora tengo 38 años…igual mi consulta era para estar mas tranquilo nomas,ya consulte un abogado y me dijo que los deje hablar nomas ya que no pueden hacer nada..tambien fui a averiguar para la escritura y entregue todo y me dijieron que esta todo ok y que solo debo esperar el sorteo para ver que escribano me toca…muchas gracias por todo =)

    Reply
  • leila

    hola mi consulta es la siguiente mi abuela cuido un terreno por mas de 40 años nunca pago sus impuestos porque lo cuidaba de buena fe,yo intente ubicar a los dueños para comprarlo y no existen luego le pregunte a mi abuela que me contara la historia del terreno y me dijo que eran todos lotes que eran de una compania que quebro y se los remataron averigüe y el dueño era un titular accidental osea un testaferro o escribano el cual nunca aparecio se que se deben desde el año 85 alb y desde hace 10 rentas. la cuestion que mi abuela hace un par de años enfermo y los vecinos lo cercaron quiero saber si hay alguna forma de comprarlos ah rentas llega a la antigua direccion de mi abuela yo recibo las boletas como hago ya que no tengo la usurpacion y no quiero pagar los inpuestos porque por mas que los pague si no tengo la usupacion no me sirve pagar. hable con una abogada le lleve los papeles que tengo y me dice que me precente como dueña que hago quiero comprarlo…

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Leila: con usurpación se refiere a posesión? Si no tiene la posesión ni el dominio, yo diría que mucho no puede hacer. Salvo ubicar al propietario y comprar el terreno.

      Reply
  • alejandra

    hola,mi consulta es la siguiente,compre dos lotes en alta gracia ,se los compre ala heredera y en estos momentos estamos esperando que salga el tracto abreviado para escriturar a mi nombre(hicimos boleto de compra venta certificado)tambien pagamos los impuestos e hicimos el amojonamiento atravez de un agrimensor, ya empeze a construir sobre uno de los lotes,pero hace poco vino un hombre que trabaja en una inmobiliaria a decirme que el compro hece lote con derechos posesorios veiteañales,pero cuando nosotros hicimos la averiguacion atravez de una gestora no salio que nadie lo habia comprado,que deveria hacer en este caso? ya que este hombre nos dijo que el tiene derechos y que nos tiraria la construccion abajo .desde ya les agradezco su pronta respuesta.

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Alejandra: el señor no tiene derechos, en todo caso, no había ningún signo de posesión en el lote que puediera indicar un tercero con derechos por lo que usted me cuenta. Por lo cual, ustedes deberían seguir con la construcción y terminar los trámites de escrituración.

      Reply
  • tian

    Necesitaria saber un poco mas especificamente cuantiempo necesito es el proceso de usucapion o posecion 20 añal en la provincia de bs.as.
    Gracias

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Tian: no sé si se refiere a cuánto dura el trámite, si es así, no puedo responderle esa pregunta. Porque no trabajo en provincia de Buenos Aires, sino en Córdoba, y porque no corresponde estimar el tiempo de un juicio que puede depender de muchas variables (si hay contraparte o no, el tiempo que demoren los oficios, etc.).

      Reply
  • silvana

    Hola este año compre un terreno en bariloche, el que los dueños fallecieron en el año 51, nunca pagaron impuestos, etc. y quiero comenzar a hacer todos los pasos correctamente para poder usucapir dentro de 20 años. el problema es que encontre en internet que el titular tiene un juicio por ejecucion fiscal por parte de la municipalidad de bariloche, iniciado en el año 2006,sin sentencia aun, puede interferir en el juicio de usucapion que antes de que yo tomara la posesion del mismo estuviese en litigio?

    Reply
  • Hector

    Dr. hace dos años compre un terreno en Ostende, pero jamas hice la transferencia. quien me lo vendió no aparece por ningún lado. Es decir tengo el titulo de compraventa solamente. hace unos días apareció una persona que dice tener papeles de compra venta. en arba ya no vienen los impuestos a mi nombre, lo consulte y efectivamente esta a nombre de otra persona. aparentemente es un terreno fiscal… estoy desesperado que me aconseja?

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Héctor: habría que averiguar si el que le vendió el bien es el mismo dueño o un tercero. La respuesta difiere respecto a si se los vendió la misma persona o distintas personas, si eran dueños o no.

      Reply
  • Axel

    Dr Herrera. Le consulto lo siguiente.Mi abuelo, fallecido, era propietario de 5 has en el interior de la provincia de Córdoba.Tenemos las escrituras completas del sitio (plano también),hemos puesto al día Rentas y comenzamos la declaratoria de herederos. El terreno estuvo años sin que lo visitemos. Hace unos meses lo visitamos y vimos que han sido sembrados por alquien. El la comuna que comprende el lugar, el pte. comunal nos dijo: «creo que ese terreno está en usucapión». Solicitamos un informe de dominio por medio de un abogado y el titular sigue siendo mi abuelo y no tiene embargo ni inhibición.
    si realmente existe usucapión, donde debe figurar?
    Espero que pueda comprender mi consulta. Saludos y gracias.

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Axel: si estuviera en usucapión tendría que haber un cartel que lo indique así en el terreno. También se puede averiguar en el juzgado correspondiente al lugar donde está ubicado el bien, si se ha iniciado el juicio. Si esta gente que usurpó el terreno, no tiene veinte años de posesión, entonces ustedes van a poder hacer valer sus derechos y recuperarlo, accionando o presentándose si hay un juicio iniciado. Cualquier otra cosa en que pueda ayudarles, escríbanme a estudioherrera@outlook.com
      Saludos

      Reply
  • liliana

    Doctor mi consulta es la siguiente nosotros entramos como cuidadores en un club hace 28 años en la casa no habia ni agua ni luz nosotros hicimos ambas conexines la luz esta a mi nombre jamas recibimos pago alguno ya que cuando habia actividad nosotros haciamos la limpieza .en la vivienda hicimos innumerables mejoras hace 18 años no hay actividad tengo derecho al menos a una parte del terreno donde esta la vivienda desde ya muchas gracias

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Liliana: podrían tener algún derecho. No le doy una respuesta concreta, porque esto es un caso para ver más detalladamente, y para hacerle muchas más preguntas. Pero le recomiendo una consulta personal con un abogado de su localidad, es la mejor forma para examinar el caso a fondo.

      Reply
  • Sergio

    Doctor. tengo la declaratoria de posesion de un terreno en Agua de Oro, pague los derechas de alambrado,desmalezamineto y edificacion en la Comuna, todo en base de un plano de amojonamiento rtealizado por profesional de Cordoba y aceptado por la Comuna. Ahora y cuando empiezo a cosntruir, me dicen que no siga hasta tanto confeccione el plano de mensura. pero el plano en catastro no lo firma el propietario ?? o está contemplado que lo haga el poseedor ? Pueden obligarme a realizar un plano que se vencera en un o dos años y que aL PEDIR LA USUCAPION DEBERE CONFECCIONAR OTRO PLANO??? Agradezco cualquier sugerencia.-

    Reply
  • mariano

    hola mi pregunta es esta,.mi abuelo cuido durante muchos años un terreno vecino ya que el dueño se fue a españa y jamas volvio..con el tiempo mi abuelo me dijo que averigue que deuda tenia el terreno y me haga cargo de el..yo hise el tramite en la plata y me hicieron una chequera con la cual pague toda la deuda y luego construi en el terreno y le hise mejoras y de esto ya pasaron 16 años.pero ahora resulta que un tio mio heredo la casa de mi abuelo y dise que el terreno le pertenese a el porque entra en la herencia por usucapión..eso es posible o me quieren engañar ??? ahh mi abuelo murio 2 meses despues de que yo hise los tramites en la plata

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Mariano: si el que pagó y se hizo cargo del terreno sos vos, entonces el poseedor serías vos, no tu abuelo. Ya que tu abuelo era cuidador (tenedor), y vos al hacerte cargo te convertiste en poseedor. Si fuera tu abuelo el poseedor, entonces sí, los herederos serían continuadores de esa posesión. Habría que ver cuántos años tenías cuando tomaste el terreno, si podías adquirir la posesión. Es un caso para ver en más detalle. Deberías consultar personalmente con un abogado.

      Reply
  • carlos

    Hola soy Carlos, tengo un terreno en una localidad de Córdoba que la Municipalidad sacaba a Remate y yo me hice cargo de la deuda y estoy pagando el impuesto (¿o tasa?) municipal, ahora quiero pagar el impuesto inmobiliario e iniciar la ¿usucapion? En este momento no estoy viviendo en ese terreno pues aún no he construido una pieza para poder hacerlo Tengo varias dudas: 1) ¿Que derechos tengo sobre el terreno? 2) ¿Me lo pueden ocupar? y de ser así ¿Lo puedo recuperar? 3) ¿Puedo iniciar el juicio de usucapion? 4) ¿Debería instalarme en él? Muy bueno y útil el foro del Estudio Muchas gracias

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Carlos: si usted tiene disposición del terreno es poseedor. Por lo cual es como si fuera un dueño, puede repeler a terceros que quieran ocupar el mismo. Pero tiene que haber posesión efectiva, no únicamente el pago de impuestos. No es necesario instalarse en el terreno, pero una forma de mostrar la posesión sería cercar el lote. La usucapión se puede realizar tras veinte años de posesión pacífica e ininterrumpida.

      Reply
  • MEG

    Hola! mi pregunta es la siguiente:
    Compre un terreno en septiembre de 2007, y hace un año salio la escritura el cual deje una seña minima para empezar los tramites… al dia de la fecha por cuestiones economicas, no he podido ir a dejar el dinero. Mi pregunta es la siguiente si en septiembre de este año se cumplen cinco años, se pierde el terreno o al salir la escritura hay otros plazos legales… en este caso hasta cuando yo puedo juntar el dinero para escriturar sin que corra peligro el lote. Saludos!

    Reply
  • beto

    Estimado Dr Herrera , hace unos dias compramos , los derechos posesorios un lote de terreno a su poseedor , este lote esta registrado desde el año 1999 y en su momento se alambro y cuido durante todos estos años con el pago en forma no-continua de los impuestos , se firmo el boleto en escribania se pago lo convenido y se realizo un convenio de pago con la pvcia de lo adeudado en impuesto , en el terrreno hay una contrucion de larga data ,inabitable y de poco costo esta para tirar abajo , que en su momento cuando se estaba contruyendo el poseedor realizo una denuncia de intruzamiento ante el juzgado de paz de la localidad,y se paro esta contrucion nosotros al concurrir al terreno un vecino nos avisa que ese terreno tiene otro dueño , que fue el que quiso construir y despues dejo todo ( la contrucion a demoler ) y ademas nos informo que tambien tiene plano de mensura , nos pusimos a averiguar y nos informamos que esta persona que comenzo a construir y despues desaparecio tiene un plano de mensura desde el año 2006 y solo ha continuado con el pago de impuestos , ambos planos de mensura son identicos con las mismas medidas pero el nuestro paga desde el año 1999 y el de este sr. desde el 2006 ,nosotros ya entramos al terreno , estam os alambrando y haciendo algunos arreglos , como limpieza etc. que nos aconseja Ud los pasos a seguir hasta ahora no tengo noticias del otro poseedor de mensura y poseo la documentacion de la denuncia ante el juez de paz de la localidad y el boleto de cesion de derecho ante escribano junto a toda la documentacion …desde ya muchas gracias.. agradecere su respuesta

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Beto: si este hombre no es dueño, y únicamente es alguien que pretendía usurpar el terreno, aunque pague impuestos, los verdaderos poseedores son quienes usan el terreno. Distinto sería si ese hombre es el dueño.

      Reply
  • andy

    hola queria consultarle si mi papa tenia un lote donado eran lotes privados y el dueño lo dono a el y el fallecio mi pappa yo queria saber si yo como unica hija tengo derecho sobre ese lote

    Reply
  • ESTEFHANY

    MI CONSULTA ES:ESTUVE VIVIENDO POR DIEZ AÑOS EN UN TERRENO PAGANDO IMPUESTOS MUNICIPALES Y RENTAS ESTOY AL DIA.SUCEDE QUE NO TRAMITE USUCAPTION Y AHORA OTRA PERSONA LA ESTA TRAMITANDO QUE ME RECOMIENDA HACER? DESDE YA MUCHAS GRACIAS SOY DE PROVINCIA BS AS

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Estefhany: tenés que presentarte en el juicio, buscar un abogado. Si estás viviendo en el terreno, no puede haber otra persona que se diga poseedora.

      Reply
  • daniel

    Perdido el juicio , que perjuicios economicos tendria yo como intruso, tendria que pagar las costas del abogado de la otra parte ? y los arreglos ,llamese alambrados ,porton, iluminacion , galpon, desmalezamiento y cuidados etc ,etc, se pierden ? desde ya muchas gracias .

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Daniel: si, seguramente si pierde el juicio deberá pagar las costas del juicio. Respecto a los arreglos, el dueño puede optar por pedir la remoción de cualquier arreglo o pagar el mayor valor que adquiera el inmueble por los mismos.

      Reply
  • liliana

    Doctor entramos como cuidadores sin sueldo,la casa no tenia ni agua ni luz con mi esposo hicimos poner ambas cosas la luz esta a mi nombre nosotros hicimos innumerables mejoras,hace como dieciocho años que el club no tiene actividad quiero saber si tengo derecho a algo desde ya muchas gracias.

    Reply
  • belen

    Hola queria saber que puedo hacer yo vivo en un lote donde separe mi espacio deterreno que ya edifique hace mas de veinte años..las personas que eran dueñas murieron y nunca se supo nada..
    El problema es que en el mismo lote estan otras personas y dicen que ellos van a pagar todos los impuestos y se van a qedar con todo que puedo hacer??

    Reply
  • Marcos

    Mi consulta es sobre un terreno posesorio desde el año 1999 en el cual tiene los impuestos al día, jamás nadie lo reclamo, se le hizo mejoras, poseemos testigos. Se encuentra en villa general belgrano. Cuando podemos empezar a hacer el jucio de Usucapión? Desde ya muchas gracias.

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Marcos: sacando las cuentas, 2019. Cuando se esté por cumplir el plazo, conviene ir empezando con los trámites previos, como la mensura y el estudio de títulos.

      Reply
  • aris

    quisiera que me asesorara porque ya tiene 50 años que mi mamá vive en una casa que heredaron sus tios pero un hijo de ellos es el que tiene las escrituras a su nombre y ha pagado impuestos(predial y agua)y tenia que cederle los derechos a mi mama pero no lo quiere hacer y tampoco se presta a dialogar pero no sabemos mas que quiere sacarnos ya tiene 3 años q ofresimos a mi tio una gratificacion economica por lo que ha pagado de impuestos pero no nos dice si si o no los acepta y tenemos miedo a que nos despoje. podemos realizar los tramites de escrituracion por derecho de usucapion o que podemos hacer estamos desesperados que podemos hacer, ademas mi mama no ha guardado los recibos de luz solo tiene algunos y no contamos con comprobantes de otros pagos. gracias

    Reply
  • belen

    Hola vivo en la casa de mis suegros, ellos estan vivos mi marido es hijo unico la casa es de ipv, y se debe hace mas de 20 anos si yo pago la deuda puedo poner la escritura a nombre de mi hijo?? Mi suegra esta dispuesta a firmar

    Reply
  • Mariana

    Estimado Dr Herrera,

    Mi consulta es:

    Si quiero comprar un terreno de los que se ofrecen en punilla en Cordoba en las municipalidades, como me aseguro de que lo adquiera como propietaria y no como una cesion del espacio, que términos debo observar para hacer una compra venta de las llamadas » perfectas » osea de dueño con tiulo de propiedad a compradora en este caso yo.

    Una segunda consulta si me permite el abuso de su tiempo y buena voluntad:

    Si me decido por un lote no necesariamente municipal, a que organismos oficiales debo concurrir y que detalles debo buscar para asegurarme que el lote no este en proceso de titularizar a una persona por posesion del mismo, y que no exista ninguna irregularidad sobre la escritura el plano y demas.

    Le agradezco enormemente su atencion,

    Loa saluda Atte, Mariana L

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Mariana: y para ser propietaria, le tienen qué transferir el dominio. En el mismo acto jurídico qué realiza está la respuesta. Debería pedir un informe en el registro de la propiedad, para averiguar quién figura allí como titular, y gravámenes que pueda tener. Si van a escriturar e interviene un escribano, el notario debe pedir ese informe. Si va a adquirir una posesión, como hacen algunos municipios, también pida informe al registro, y busque en rentas cómo está el pago de los impuestos.

      Reply
  • nidia

    hola quisiera saber como puedo actuar en el caso mio mi suegro habia comprado 3 terreno a cuota y uno al contado de los cuales el ultimo como pago al contado se le dio un recibo no mas…en total son 4 terrenos y le dio a cada uno de sus hijos asi en palabras en esa epoca el señor q le vendio el terreno estaba vivo resultase q ahora su hijo queria poner al dia su terreno y su papa extravio el unico recibo q tenia del recibo y se fueron a reclamarles a los hijos del señor fallecido hoy en dia y dicen ellos q no tienen nada de documento q se extravio muchos de ellos cuando el señor fallecio y queriamos saber como podriamos recuperar ese lote porq sin el recibo sus hijos dicen q es imposible

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Nidia: a qué se refiere con recuperar? En poder de quién está el lote actualmente? y en qué año se hizo la compra?

      Reply
  • marcos

    Hola.
    Me llego una cedula sobre una prescripcion adquisitiva,mi padre vendio esa casa pero la señora jamas hizo las escrituras y ahora con mi padre fallecido inicio esta demanda para tener la facultad de escriturar mediante la prescripcion adquisitiva. no tengo ningun interes en la cosa.
    Mi pregunta es si debo responder a la cedula o apersonarme en el juzgado?

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Marcos: quizás lo más sencillo sería presentarse y allanarse. O directamente no presentarse en el juicio.

      Reply
  • daniel

    Hola, estoy hutilizando un terreno hace 17 años en el cual hice un mantenimiento y un taller semiprecario …hace unos dias ha aperecido un hermano del titular ya fallecido y me quiere despojar de inmediato , que posibilidad tengo yo de quedarme con el terreno y cuanta el que recien aparece por primera vez en su vida ? No hice nada en tierras del futuro ni pague impuestos ya que un vecino me decia que era de el (no era verdad) Ahora el hermano del fallecido hizo un plan de pago de impuestos …desde ya muchas gracias …

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Daniel: depende, si puede probar solamente 17 años, y no 20, en un juicio es muy probable que lo gane el propietario. Lo mejor en estos casos en que no hay un derecho cierto es arribar a una solución negociando con la otra parte.

      Reply
  • CLAUDIA ALEJANDRA

    otra pregunta Dr., hay una quinta escriturada a nombre de mi abuela y sus dos hijas (mama y tia)y las 3 fallecieron hace 20años, los herederos somos tres hermanas y dos primo que viven en españa, pero todos le regalamos de palabra, nuestra parte a una hermana (Gabriela) quien siempre vivio y actualmente vive en esa propiedad y cobra una pension por discapacidad. La pregunta es la siguiente: que juicio le es mas econoico y mas rapido: uno por usucapion o haer la sucesion? pero creo que respeto de la sucesion hay que hacer una de cada dueña fallecida y a su vez de cada marido de ellas tambien fllecidos… que me aconseja?? Muchas gracias!!!!

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Claudia: habría que ver las fechas de fallecimiento de cada uno para caer cuántas declaratorias hay que hacer. Pero aunque sean varias, si tenían domicilio en la misma ciudad, se simplifica, ya que se puede hacer todo en un mismo expediente.

      Reply
  • CLAUDIA ALEJANDRA

    Dr. ante todo lo felicito por disipar tantas dudas… mi tema es el siguiente: hace mas de 20 años compramos con mi marido un lote donde edificamos un taller y hasta la actualidad esta funcionando, es en la pcia. de Bs. As. y lo adquirimos por medio de boleto de compra/vta., pero por razones economicas no pudimos escriturar. el dueño fallecio hace mas de 5 años, y aca todos creen que somos dueños porque el taller es muy reconocido. Inicio juicio por usucapion?? que pasa si al comenzarlo aparece la viuda del anterior dueño?? es muy caro un juicio de esta naturaleza? Desde ya muchas gracias por su tiempo.-

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Claudia: lo más económico sería buscar a los herederos del hombre y hablar con ellos para escriturar. Si no, te queda la opción de hacer juicio de usucapión, que va a demorar un tiempito. Respecto a los costos, varían de acuerdo al valor del terreno.
      Saludos.

      Reply
  • beto

    Estimado Dr Herrera , hace unos dias compramos , los derechos posesorios un lote de terreno a su poseedor , este lote esta registrado desde el año 1999 y en su momento se alambro y cuido durante todos estos años con el pago en forma no-continua de los impuestos , se firmo el boleto en escribania se pago lo convenido y se realizo un convenio de pago con la pvcia de lo adeudado en impuesto , en el terrreno hay una contrucion de larga data ,inabitable y de poco costo esta para tirar abajo , que en su momento cuando se estaba contruyendo el poseedor realizo una denuncia de intruzamiento ante el juzgado de paz de la localidad,y se paro esta contrucion nosotros al concurrir al terreno un vecino nos avisa que ese terreno tiene otro dueño , que fue el que quiso construir y despues dejo todo ( la contrucion a demoler ) y ademas nos informo que tambien tiene plano de mensura , nos pusimos a averiguar y nos informamos que esta persona que comenzo a construir y despues desaparecio tiene un plano de mensura desde el año 2006 y solo ha continuado con el pago de impuestos , ambos planos de mensura son identicos con las mismas medidas pero el nuestro paga desde el año 1999 y el de este sr. desde el 2006 ,nosotros ya entramos al terreno , estam os alambrando y haciendo algunos arreglos , como limpieza etc. que nos aconseja Ud los pasos a seguir hasta ahora no tengo noticias del otro poseedor de mensura y poseo la documentacion de la denuncia ante el juez de paz de la localidad y el boleto de cesion de derecho ante escribano junto a toda la documentacion …desde ya muchas gracias

    Reply
  • Adriana

    Hola! iniciamos el trámite de usucapion de 3 terrenos que son linderos a nuestra quinta.Los ocupamos hace 21 años y quisiera saber cómo se calcula el costo de los honorarios profesionales,si es un porcentaje del valor fiscal,y que otros gastos deberia tener en cuenta. Ya tenemos abogado pero me gustaria tener un dato desinteresado sobre los costos para evaluar si lo que me estan cobrando es un precio justa. Desde ya muchas gracias!

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Adriana: por una cuestión ética no se puede contestar su pregunta. De todos modos si usted arregló honorarios con su abogado por algo es. No todos van a cobrar lo mismo, ni todos los juicios son iguales en la dificultad y el trabajo. Y tampoco cobra lo mismo Messi que el cuatro de Talleres.
      Si quiere orientación sobre o mínimo que se cobra para un determinado tipo de juicio le recomiendo que busque el código o ley arancelaria de su provincia.
      Un saludo.

      Reply
  • Richard

    Hola…mi pregunta es la siguiente vivo en capital y vivimos en una casa usurpada hace 15 años la casa esta en juicio, somos 6 familias las que vivimos en la casa y averiaguamos mediante un abogado que ya estaba por salir la orden de desalojo..queria saber..que se puede hacer al respecto en caso de que llegue dicha orden..y cuanto tiempo nos dan para desalojar..y si podemos recibir alguna ayuda ya que los alquileres son muy caros…desde yaa muchas graciass..!

    Reply
  • guillermo

    Hola. Mi pregunta es sobre el poder que mi abogado me solicita le otorgue para el juicio de usucapión para el cual lo contraté. Entiendo que mi abogado puede firmar en mi nombre y quisiera saber si tengo derecho a rechazar sus decisiones si las considero perjudiciales para mi o estoy obligado a aceptar las consecuencias de lo que el decida en mi lugar. ¿ me conviene pedir que el poder esté acotado a éste juicio en particular? Gracias

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Guillermo: se firma generalmente un poder especial para ese juicio, o un poder apud acta en el mismo juzgado. No hace falta que sea un poder general. Comente sus inquietudes con su abogado, él se lo va a explicar al alcance del poder. Saludos.

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  • monica

    hola mi mama hace 40 años tiene la posesion del terreno al lado de mi casa por lo cual es como un patio aparecio un supuesto dueño mi mama no sabe que tiene que hacer me podrias acesorar gracias

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  • matias

    buenas tardes… mi consulta es respecto a un terreno que mi abuela tiene. ella hace 40 años que vive en este y mi mama y tios nacieron aca. resulta que una cooperativa compra los terrenos a una persona que decia ser el dueño de los mismo pero era un estafador y este queda preso, y la cooperativa con los terrenos. Ahora bien, hace 3 años nos iniciaron juicio de desalojo y el lunes 31 de julio de este año se nos informa que perdimos dicho juicio con lo cual hoy nos emplazaron a desalojar. Basicamente necesitaria asosoria legal y me gustaria saber si se pueden comunicar conmigo para ver el caso.
    Dejo mi mail y por correo paso mi telefono para comunicarnos..

    Atte: Diaz, Matias

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  • melina

    muchas gracias.Igual tengo que esperar llegar a los 20 años? la inscripcion en el registro de poseeros no vale como justo titulo? gracias

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Melina: no, esa inscripción no tiene muchos efectos, lo que hace es dar publicidad a esa posesión, ya que se la inscribe en el registro, pero no mucho más. Sirve más que nada para ayudar a acreditar.

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  • liliana

    doctor empezamos como cuidadores sin sueldo en la vivienda no habia luz ni agua mi esposo y yo hicimos conexcion de ambas cosas la luz esta a mi nombre,hace como dieciocho años el club no tiene actividad mi esposo y yo le realizamos infinidades de mejoras quiero saber que puedo hacer desde ya muchas gracias.

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  • patricia

    hola yo quisiea saber que puedo hacer hace 22 años que vivo en una casa que no es mia en estos 22 años nunca supe nada de los dueños yo quisiera poder quedarme con la casa soy una persona que no tengo plata como para compraruna vivienda si pueden ayudarme se los agradesere mucho gracias

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  • Claudia

    Muchas gracias me estas aclarando mucho el tema igual te voy a seguir molestando. Bien ahora mi duda es el papel que tiene mi cuñado cesión de boleto e compraventa tiene la misma legalidad que el boleto o son dos cosas diferentes. Con ese papel se puede pasar el terreno a mi nombre? Gracias y saludos

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Claudia: no, no es lo mismo, ya que el propietario no es parte en la cesión. De todos modos te estoy contestando sin haber visto el instrumento.

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  • melina

    hola mi papa se encuentra en terreno en la provincia de cordoba hace 10 años, esta inscripto en el registro de poseedores, cuanto tiempo necesita para realizar la usucapion? el problema es que tiene una enfermedad terminal y si se trata de 20 años no va a llegar, en ese caso el me podria ceder la posesion para que llegado el termino yo realice la usucapion? gracias

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  • liliana

    hola mi consulta es la siquiente hace veintiocho años que estoy en una casa que pertenece a un club de futbol el cual ya no es utilizado para hacer deportes sus responsables no aparecen me podria asesorar los pasos que debo seguir para hacer la usucapión y si puedo desde ya muchas gracias

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Liliana: en qué carácter empezó a usar la casa, y hace cuánto no hay actividad en el club?

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  • Claudia

    Mi cuñado lo compró en una inmobiliaria está a nombre de el cuando le dijimos de hacer las escrituras ya a nuestro nombre sólo nos dio un papel que dice cesión de boleto compraventa. El dueño de la inmobiliaria se llama isaias contreras y cerro no sabemos como ubicarlo

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Claudia: por lo que decís, el cedente sería el dueño de la inmobiliaria. Si no tenés el boleto original, es complicado pedir la escrituración. Quizás deberías probar contactar con los dueños originales, haciéndoles saber que te cedieron el boleto de compraventa y querés escriturar (en lo posible sin mencionar que se perdió el boleto), también buscar al dueño de la inmobiliaria, todo para conocer la voluntad de las partes.
      Como último recurso tenés la posibilidad de la usucapión, pero tiene que haber 20 años de posesión sumados los del dueño de la inmobiliaria, tu cuñado y ustedes. Saludos.

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  • ABEL DARIO

    tengo dominio a mi nombre sobre un octavo de la casa de mi abuela materna, mi tios fallecieron todos, dos solteras, una viuda y los restantes casados con hijos algunos de ellos fallecidos y oros en el extranjero,
    he logrado obtener sentencia de desalojo contra un ocupa.
    puedo usucapir contra mis condominos
    el pleito es capital

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Abel: quizás se podría, por lo que me contás. Te recomiendo una consulta personal con un abogado para que examine los antecedentes con los que contás. Saludos.

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  • dario

    Muchísimas gracias por su respuesta!!!

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  • Claudia

    Hola mi consulta es la siguiente mi cuñado nos regalo un terreno en el cual dice que perdió el boleto de compraventa lo único que tiene es la cesión de boleto de compraventa en la inmobiliaria que lo compró cerro que es lo que se hace en está caso y a nosotros nos dicen que edifiquemos tranquilo es así gracias

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Claudia: el tiene una cesión del boleto que la hizo quien? Quién es el comprador original?

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  • elena

    tengo una propiedad cuyo titular -ex esposo ya fallecido- me diera una cesion de derechos en documento privado en escribania- quiero transferirlo de la misma forma y quisiera saber si puedo o como hacerlo-
    hay una anotaciòn de embargo del año 2006 que no se reinscribiò y quisiera saber tambien si precribe a los 5 años o como es.el tema-muchas gracias

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  • dario

    Hola!..tengo un amigo que compro un terreno hace mas de veinte años y pago siempre sus impuestos…yo quiero comprarselo!!….que debo hacer para escriturarlo!?????…desde ya,muchas gracias!

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Darío: lo que tenés que hacer es una cesión de los derechos y acciones, ante un escribano. Después estarías en la misma situación jurídica que tu amigo, para escriturar podés pedir a los dueños anteriores la escrituración (el camino más sencillo y barato) o hacer una usucapión.

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  • david

    DR.El terreno esta en Mendoza.

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    • Dr. Emiliano Herrera

      David:, no conozco la situación en Mendoza, tendrías qué averiguar, pero es probable que Catastro no te permita, siendo poseedor, hacer el trámite. De todos modos, los impuestos no son la única forma de acreditar la posesión. Saludos.

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  • Facundo

    Emiliano mi caso es el sig. , hemos realizado los tramites de usucapion sobre un terreno. El mismo se hizo de forma legal por lo que me ha llegado una notificacion la semana pasada donde se resuelve ordenar la inscripcion a mi favor en el registro de poseedores. Cuya antiguedad por Dj del año 2005 es de 20 años.

    El problema es que hace 2 años atras otra persona tomo la posesion a la fuerza alambrando el terreno.

    Mi consulta es: cual seria el siguiente paso que deberia realizar ? con esta notificacion o posterior inscripcion podria tomar la posesion nuevamente ?.

    o estaria peligrando la re posesion real del terreno ?

    espero tu respuesta.
    Saludo Atte.

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Facundo: trámite de usucapión o de inscripción en el registro de poseedores? Son cosas completamente distintas.

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  • maria

    hola queria hacer una pregunta, tome posesion de unos terrenos que pagamos en cuotas y no pudimos escriturar porque el dueño murio, no tenia herederos, y ahora aparecieron personas que dicen que compraron estos terrenos, yo inverti bastante dinero. ellos tienen mas derecho que yo? solo quiero saber como se resuelve esta situacion. gracias

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