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¿Qué es el tracto abreviado?

Muchas veces cuando se trata de vender una casa de una sucesión se recomienda hacerlo por tracto abreviado. Mucha gente tiene dudas respecto al significado de esta expresión; para explicarla hay que aclarar algún concepto de derecho registral previamente.

Uno de los principios del derecho registral es el tracto sucesivo. Esto significa que en el Registro de la Propiedad debe haber un encadenamiento de las sucesivas transmisiones del dominio, de tal manera que la nueva transmisión se apoye en la anterior. Así, por ejemplo, para que se inscriba la venta de una propiedad es indispensable que quien vende figure en la matrícula como propietario. Se debe poder ver toda la cadena de transmitentes y adquirentes.

El tracto abreviado es justamente una excepción a ese principio, regulada por el art. 16 de la Ley 17.801. En el tracto abreviado, una persona que no figura en la matrícula del Registro como propietario —el heredero— vende directamente a un tercero el inmueble. Esto se hace para abreviar las transferencias de dominio, ya que sería superfluo inscribirlo a nombre de los herederos para luego transferirlo al comprador.

Para poder realizarlo, el escribano necesita una copia de la declaratoria de herederos, pero no una copia simple: el juez indica expresamente que dicha copia es apta para tracto abreviado y que se encuentran abonadas las tasas judiciales correspondientes. Es un abogado quien gestiona esa copia ante el juzgado.

Qué permite
Vender sin inscribir
Del causante al comprador directo
Requisito clave
Copia apta para tracto
Expedida por el juzgado
Acuerdo necesario
Unánime
Todos los herederos deben acordar
Plazo estimado
1 a 2 semanas
Una vez dictada la declaratoria
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Tracto sucesivo vs. tracto abreviado: la diferencia clave

Para entender el valor del tracto abreviado, conviene comparar ambos caminos cuando un heredero quiere vender un inmueble:

Sucesión completa (camino normal)
1
Declaratoria de herederos
2
Inscripción del inmueble a nombre de los herederos
3
Adjudicación y partición entre herederos
4
Escritura de venta al comprador
5
Inscripción a nombre del comprador
Tracto abreviado (camino corto)
1
Declaratoria de herederos
2
Copia apta para tracto abreviado
3
Escritura directa al comprador
Se eliminan los pasos 2, 3 y 5 del camino normal. Menos costos y menos tiempo.

Requisitos para hacer un tracto abreviado

Requisito Detalle
Declaratoria de herederos Debe estar dictada por el juez competente. Es el paso previo imprescindible.
Copia apta para tracto No es una fotocopia simple. El juez certifica expresamente que esa copia es «apta para tracto abreviado» y que las tasas judiciales están pagas.
Acuerdo unánime Todos los herederos declarados deben estar de acuerdo con la venta. Si uno se niega, no puede hacerse el tracto.
Comprador identificado Debe existir un comprador concreto. El tracto abreviado no inscribe el bien a nombre de los herederos: lo transfiere directamente al adquirente.
Escribano público La escritura de venta la confecciona el escribano, quien solicita en préstamo el expediente sucesorio al juzgado.
Abogado interviniente La gestión de la copia apta puede hacerla cualquier abogado, no necesariamente el de la sucesión. Si hay varios letrados intervinientes, se requerirá la conformidad de todos ellos conforme a la Ley 9459 (arancel de abogados de Córdoba).

Preguntas frecuentes sobre el tracto abreviado

¿Cuánto cuesta el tracto abreviado?
En Córdoba, el costo del tracto abreviado se compone principalmente de: 2% de tasa de justicia sobre el valor del inmueble, más el 1% de la Caja de Abogados, ambos calculados sobre el valor fiscal o de venta del bien. A eso se suman los honorarios del escribano por la escritura de venta y los impuestos de sellos correspondientes. Consultanos para una estimación según tu caso concreto.
¿Cuánto tarda el trámite?
En Córdoba, una vez dictada la declaratoria de herederos y notificados los herederos, el trámite puede ser muy ágil: en condiciones normales la copia apta para tracto abreviado puede obtenerse en una o dos semanas. A eso se suma el tiempo del escribano para preparar la escritura. Es uno de los procedimientos más rápidos dentro del proceso sucesorio.
¿El tracto abreviado tiene vencimiento?
La copia apta para tracto no tiene un plazo de vencimiento fijo establecido por ley. Una vez expedida por el juzgado, la intervención judicial termina: es el escribano quien toma la documentación y confecciona la escritura de venta. No hay un plazo impuesto por el juzgado para escriturar. Sí conviene no demorar la operación para evitar que varíen las condiciones pactadas entre las partes.
¿Quién paga los costos del tracto abreviado?
Por regla general, las tasas judiciales y los honorarios del abogado para obtener la copia apta están a cargo de los herederos vendedores. Los honorarios del escribano y los impuestos de la escritura se distribuyen según lo acordado entre comprador y vendedor, habitualmente conforme a la costumbre local de cada jurisdicción.
¿Se necesita el acuerdo de todos los herederos para la venta por tracto abreviado?
Hay que distinguir dos momentos. Para obtener la copia apta para tracto, en Córdoba no se exige la firma de todos los herederos para solicitarla ante el juzgado —puede pedirla cualquier abogado con intervención en la sucesión. Para la escritura de venta en sí, en cambio, sí se requiere el acuerdo de todos los herederos, ya que todos son cotitulares del bien. Si algún heredero se niega a vender, los restantes deberán iniciar una acción de división de condominio o resolver la situación judicialmente.
¿El inmueble pierde valor si se vende por tracto abreviado?
No. El precio de venta es un acuerdo libre entre las partes. El hecho de que la operación se realice por tracto abreviado no implica ninguna disminución del valor del inmueble ni afecta los derechos del comprador. Una vez inscripta la escritura, el comprador queda como titular registral pleno.
¿Se puede hacer tracto abreviado para autos y vehículos?
Sí. El tracto abreviado aplica a cualquier bien registrable —inmuebles, automotores, embarcaciones, aeronaves— siempre que esté inscripto a nombre del causante. En el caso de automotores, el trámite se realiza mediante un oficio librado por el juzgado al Registro del Automotor, en el que se consignan los datos de la operación y del comprador. El Registro inscribe la transferencia directamente a nombre del adquirente sin necesidad de inscribirlo antes a nombre de los herederos.
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Te asesoramos en todo el proceso: declaratoria, copia apta para tracto y coordinación con el escribano.
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EH
Dr. Emiliano Herrera
Abogado — Matrícula Provincial MP 1-34377 · Federal M.F. Tº 502 Fº 536
Herrera & Flamenco Abogados · Arturo M. Bas 136, Piso 6, Of. C · Córdoba

Nota legal: Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico profesional. Cada caso presenta particularidades que requieren análisis individualizado. Para una consulta personalizada contactanos por WhatsApp o al correo herreraflamencoabogados@gmail.com.

588 Comments

  • Gabriela

    Dr buenos dias. Le consulto, salimos favorecidos con el nuevo procrear por puntos, y presentamos la documentación en el banco para el credito. La casa la tenemos vista y hablada con los hijos , son cuatro, pero nos dicen hoy que tenemos que tener un tiempo, por que les falta el tracto abreviado para poder vender la casa. Disculpe mis dudas.. esta casa es apta para poder comprarla con este tracto abreviado? cual es el tiempo que se logra el tracto abreviado? significa que ya hubo declaratoria de herederos y sucesion?

    Reply
  • Gabriela

    Dr buenos dias. Le consulto, salimos favorecidos con el nuevo procrear por puntos, y presentamos la documentación en el banco para el credito. La casa la tenemos vista y hablada con los hijos , son cuatro, pero nos dicen hoy que tenemos que tener un tiempo, por que les falta el tracto abreviado para poder vender la casa. Disculpe mis dudas.. esta casa es apta para poder comprarla con este tracto abreviado? cual es el tiempo que se logra el tracto abreviado? significa que ya hubo declaratoria de herederos y sucesion?

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  • ROCIO

    Hola Dr. Un casa con sucesión de tracto abreviado está apta para escritura? Quiero comprar una en este estado pero es condición del banco (quien me da el préstamo) que se pieda escriturar.

    Reply
  • susana

    Buenos dias Dr : fallecio uno de mis padres , es necesario o conveniente iniciar la sucesion ahora o esperar a cdo mi madre no esté ?
    Desde ya muchas gracias.

    Reply
  • luci

    Buenas noches soy dueña del 25% de una propiedad (casa con terreno)(mi tia tiene el 75% y habita la casa)queria saber : -si inicio la sucesion debo terminarla si o si para poder habitarla?
    -yo quiero vender mi parte ,si o si debo hacer subdivision y escritura para definir mi porcentaje o puedo obligarla de otra manera?

    Reply
  • Brenda

    Hola, buenas tardes, tengo una pregunta. Cuando ya esta hecha la declaratoria de herederos, y fue hace mas de 10 años y el abogado ya cobro sus honorarios, recien ahora se quiere hacer algo con la propiedad, el abogado puede reclamar dinero de nuevo por tracto abreviado?
    Muchas gracias

    Reply
  • monica

    buenos días: nosotros somos cuatro hermanos,y tenemos hecha la declaratoria de herederos. queremos inscribir el auto de mi padre, para poder venderlo. el problema es que uno de los hnos., reside en exterior y no nos envía su documento para la inscripción. tenemos forma e poder terminar los tramites? ya hace dos años que esta lista la declaratoria, y ahora nos planteamos la necesidad abandonar el auto en l calle,ya que no nos dan solución al tema, y no sabemos que responsabilidad nos cabe. ya no podemos mantenerlo, dada la imposibilidad de venderlo. hay alguna solución, cuando no tenemos la colaboración de este hermano para enviarnos la documentación? desde ya, muchas gracias por su opinion.

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Monica: es su abogado quien debe resolverle la situación, no puedo asesorar interviniendo otro letrado. Un saludo.

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  • JONATAN

    HOLA

    DENTRO DE LO NORMAL QUIEN PAGA EL TRACTO ABREVIADO. EL COMPRADOR O VENDEDOR?

    Reply
  • Lisandro

    Buenas tardes Dr.mi consulta es la siguiente,mi padre fallecio siendo titular de el inmueble donde vivimos mi madre y yo unico hijo,desde ya ella casada con el en primeras nupcias como lo dice en la escritura.Lo que quisiera saber por favor es,que nesecitariamos para vender la casa bajo tracto abreviado,mi nombre solo aparece en el documento que el habia echo cuando puso la casa a bien de Flia.Saludos

    Reply
  • Lucianne

    hola Dr. Herrera. Quisiera consultarle, por AI he sido declarada heredara universal de los bienes de mis padres. De mi padre ya extinto heredo una propiedad inmueble el que habito actualmente en el interior de Còrdoba , y con 12 coherederos màs una propiedad de mis extintos abuelos paternos en la provincia de La Rioja. Ya hay Declaratoria de herederos de esa propiedad. Ahora los 12 coherederos quieren vender y se harìa por tracto abreviado. Siendo que son provincias distintas, es decir el inmueble a vender se encuentra en La Rioja, con que documentaciòn ingreso yo en esa venta en provincia de extraña jurisdicciòn?????

    Reply
  • Natalia

    dr. le comento mi caso mi papa compro cuando estabacasado con mi mama un lote se hizo la subdivision y nunca se escrituro,mi mama fallecio como hacemos para poder hoy escriturar ese lote, si no hay escritura solo boleto y subdivision.

    Reply
  • Liliana Romero

    Doctor Somos tres hermanos mis padres fallecieron tenemos tres casas en el mismo terreno yo vivo en la casa del fondo con mi marido. Con mis hermanos no hay trato ellos quieren vender porque tienen otra casa cada uno pero yo estoy de acuerdo con la venta por tracto abreviado lo que me preocupa es si en la audiencia que pidio la abogada que puso mi hermana estoy obligada a firmar la venta aunque no me alcance para comprar otra casa donde vivir. Esta hecha la declaratoria de herederos. Gracias

    Reply
  • susana fugazza

    Buenos día Dr. hace unos días iniciamos una sesión de herederos de la casa de mi madre, que esta viva, para ponerla a nombre de las 3 hijas. ayer fue un a agrimensor y me hablo de que hay que hacer una escritura nueva. No se puede hacer por tracto abreviado ,ya que el día
    de mañana la casa se vende automáticamente cuando mi madre no esté. ya que me parece un gasto inútil hacer 2 escrituras por tan poco tiempo

    Reply
  • Pedro Martinez

    Doc.mis hermanos y yo tenemos la Declaratoria de herederos del inmueble de mis padres queremos venderlo previa cancelacion de la hipoteca que tiene…pero solo la parte de adelante de la casa x q en el fondo hay otra casa q vive uno de mis hermanos…deberiamos hacer la subdision primero?…gracias…saludos

    Reply
  • Ezequiel D.

    Buenas tardes Doctor.
    Para vender por tracto abreviado ademas de la tasa de justicia que mas hay que tener pago? Honorarios de abogados? Si el inmueble tiene deuda de Aysa, impuestos provinciales y municipales tambien?

    Muchas gracias
    Atte
    Ezequiel D.

    Reply
  • Osvaldo

    Buenas noches , realice una venta por tracto abreviado pero sucede que con muchas mala suerte el escribano interviniente fallecio y la inmobiliaria que participo de dicha venta no tiene registro por que fue en 2003 , en ese momento dado que el escribano fallecio poco tiempo despues de realizar ese acto , yo no tengo ni copia de la declaratoria de heredero ni copia de la escritura original , dado que se vendio solo una inudad funcional de las 4 que componen el PH .- Como puedo hacer para recuperar esos escritos ? soy de la pcia de Buenos Aires

    Reply
  • osvaldo

    Hola Dr soy de rio cuarto Cba argentina. Hace unos años fallecieron mis padres y nos dejaron una prpiedad grande que subdividimos con mi unica heramana ya fallecida pero quedando mis 7 sobrinos. ya hicimos declaratorias cada uno en vida de mi hermana y mis sobrinos la de su madre (mi hermana). todo listo para escriturar la escribana me habla de unos 30.000 para pagar pero me pide copia del tracto abreviado, otra vez verlo qa mi abogado que me cobra el 3% y mis sobrinos tambien tienen que llevar copia del tracto abreviado 3%. Esto es asi? porque es mucho dinero para juntar o se puede obviar algun tramite?

    Reply
  • CAMILA

    Le aclaro además, Doctor, que nunca se inició DH. Saludos.

    Reply
  • CAMILA

    Hola Dr. Mi consulta es la siguiente. Mi papá tiene la posesión de un inmueble de propiedad de mi abuelo, el cual falleció hace ya casi 20 años, durante todos esos años él pago impuestos y mantuvo la propiedad en condiciones. Los demás herederos (un hermano vivo, el resto son todos sobrinos) nunca mostraron interés en la propiedad, incluso no viven en la misma localidad, viven en otras provincia. Mi abuela también falleció antes que mi abuelo. La pregunta es que opciones tiene mi papá de lograr que esa propiedad sea registrada a su nombre? Es complicado desde mi punto de vista. Pero qué me recomienda como lo más factible y menos engorroso dentro de lo posible, dada la situación que de por sí ya es compleja. Desde ya muchas gracias. Saludos cordiales. Camila.-

    Reply
  • Gabriela

    Buenos días, quería consultar: mi abuela fallece en la provincia de Cordoba ya que hacia 2 años que vivia alli pero desconozco si realizo cambio de domicilio. Tenia un departamente en Capital Federal. Los herederos serian su hijo y dos nietas, siendo yo una de ellas.
    La duda que tengo es respecto a los pasos a seguir y en dónde:
    1) se debe realizar declaratorio de herederos primero y luego se puede hacer el tracto abreviado para poder vender ese departamento?
    2) la declaratoria, debe realizarse en la provincia de Cordoba donde falleció y quienes estemos en Capital Federal, viajar para allá? O podemos empezar a gestionarlo aca en Bs As?
    3) de esta forma, se evita realizar el proceso sucesorio?
    GRacias!

    Reply
  • Julieta

    Hola Dr quería hacerle una consulta. Abrimos el sucesorio de mí madre, mi papá mi hermana y yo, ya tenemos declaratoria, y mi padre y hermana nos cedieron a mí y a mi pareja por un precio la totalidad de los derechos y acciones hereditarios y gananciales. Ahora solicitamos que manden a inscribir el único inmueble declarado a nuestro nombre por oficio y el juez nos dice que el cesionario o sea mi marido es un TERCERO y no puede inscribirse respecto a él x oficio. Tengo entendido que el Cesionario pasa a ocupar el lugar del cedente con todos sus derechos. Es así? Que forma es la correcta?

    Reply
  • Silvia Rodriguez

    Buenas noches doctor: Compré un lote a pagar una parte contado y el resto en cuotas a cinco años.
    No alcanzó el dueño a escriturar porque falleció.tiene cuatro herederos.
    Yo sigo cumpliendo con las cuotas y a la heredera que todos los meses le pagó.me dice que pronto vamos a escriturar.Ya paso un año que firmé boleto compraventa.Que debería hacer.Gracias

    Reply
  • nicolas

    hola dr. mi consulta es la siguiente: quiero comprar una casa con un crédito hipotecario del banco nación arg. la casa esta en tracto abreviado (los hijos de los dueños realizaron la sucesión).
    Existe algún impedimento para que el banco no me acepte dicho inmueble por ese motivo?
    cuando me pidan la fotocopia del titulo, que les muestro?
    perdon si alguna de las preguntas suena incoherente, pero no entiendo nada y el banco me sabe decir tampoco.
    desde ya muchas gracias
    Nicolas Passera- Clorinda – Formosa

    Reply
  • mirtha

    con gran generosidad se brinda………gracias,yo no consulte nada ,me instrui

    Reply
  • calixta

    Buenas tardes
    Mi pregunta es la siguiente, señe un depto en la costa. Me preguntaron si yo ponía el escribano, dije que no conocía ninguno. Me dijeron que elegían uno ellos de la costa, así los impuestos venían a mi nombre sin hacer tramite aparte, Que en 20 días me llamaban para escriturar. Me llamaron a los 20 días para decirme que no tienen escribano, que ponga uno yo, y que la escritura es por tracto abreviado. Mi pregunta es, es correcto que me avisen después del tracto abreviado.? Que pasa si ya no quiero seguir con la operación. y que consecuencias me puede traer lo del tracto abreviado Muchas gracias

    Reply
  • carlos

    Hola doctor mi consulta es si existe en España también el tracto abreviado. Se puede realizar en ese pais?

    Reply
  • Alberto

    Buenos días, queria saber que plazos y pasos hay luego de que se abona la tasa de justicia en el tramite sucesorio, estoy por adquirir una propiedad y hace un mes el heredero abono la tasa de justicia, quisiera saber si lo que queda va a tardar mucho más o ya queda poco y se debería expedir rapido, la declaratoria de herederos ya esta desde hace 3 meses aproximadamente.
    Esto es en Pcia de Bs As
    Muchas Gracias

    Reply
  • Analia

    Estimado Dr. Mis padres fallecieron y queremos abriri la sucesion, en vida nos donaron a cada uno propiedades , en mi caso, tengo una casa dela que soy propietaria junto con una de mis hermanas. Ahora mi hermana me pide la escritura para sacar un prestamo hipotecario, yo quiero esperar a iniciar la sucesion, en que me perpuede perjudicar? puede hacerlo?

    Reply
  • Pablo

    Hola, Dr. le quería hacer una pregunta. Mi vecino me quiere vender su propiedad. La misma tiene escritura a nombre de sus padres, ambos fallecidos. Primero falleció el padre y se hizo la declaratoria de herederos, señalándose en la misma como tales a su esposa (ahora fallecida) a mi vecino y a su hermana.
    Ahora bien, leyendo algunas de sus repsuestos entiendo lo siguiente. Con la declaratoria del padre… tendría que ir a un escribano para solicitar que se anote para tracto abreviado excluyendo a la madre ya fallecida.
    Luego iniciar la declaratoria de la madre también asentandose el tracto abreviado.
    Se puede hacer así? y que ambos hermanos firmen la venta. o que uno ceda el derecho sucesorio y firme el otro?
    La cesión de derecho sucesorio en que momento se debe realizar?
    Saludos

    Reply
  • Paz

    BUENAS TARDES, SOY DE CABA, QUISIERA CONSULTAR: EN EL CASO DE QUE SE VENDA POR TRACTO ABREVIADO ( ESTA LA DECLARATORIA DE HEREDEROS PERO TODAVIA NO SE ORDENO LA INSCRIPCION DE LA MISMA)- LA PARTE VENDEDORA ES: 1 HOMBRE VIUDO (1/2 INDIVISA) Y SUS 4 HIJOS, DE LOS CUALES 1 FALLECIO ANTES QUE LA MADRE ( LA MADRE SERIA LA OTRA TITULAR REGISTRAL DEL INMUEBLE QUE TENDRIA 1/2 INDIVISA TAMBIEN), Y ELLA ( LA HIJA) TIENE UN HIJO MENOR DE EDAD. ADEMAS, UNO DE ESTOS HERMANOS ESTA EN OTRO PAIS PERO ESTA DE ACUERDO CON LA VENTA.
    1- SE TIENE QUE ESPERAR HASTA QUE SALGA LA ORDEN DE INSCRIPCION DE LA DECLARATORIA?
    2- SE DEBE PEDIR AUTORIZACION AL JUEZ POR EL MENOR QUE POR DERECHO DE REPRESENTACION SERIA HEREDERO, DIGAMOS.
    3- EL PODER DE ESTA PERSONA LO DEBE HACER EN SU PAIS Y ENVIARLO A CABA, DIGAMOS?
    MUCHAS GRACIAS.

    Reply
  • adrian

    hola cuanto tarda normalmente en salir una declaratoria de herederos ? siendo dos los unicos ? es para vender por tracto abreviado, y que gastos tiene el comprador gracias

    Reply
  • Paola

    Hola Dr. mi consulta es la siguiente: Estamos por iniciar una sucesion por una casa. Somos 3 hermanos (ambos padres fallecidos). Se inicia por tracto abreviado. Una vez obtenida la Declaratoria de Herederos, se puede vender la propiedad…Pero de los 3 hermanos, solo 2 estamos de acuerdo en la venta, el otro hermano habita hace 42 años la vivienda y No quiere desalojar ni tampoco vender. SE PUEDE VENDER LA PROPIEDAD IGUAL, O SE NECESITA LA FIRMA DE LOS 3 PARA VENDER??. Que podemos hacer para poder vender si el No quiere??.
    Saludos cordiales,
    Paola de Paraná- Entre Rios

    Reply
  • martin

    Dr. buenas tardes, quiero comprar un terreno cuyos dueños no están inscriptos como propietarios sino que es el padre fallecido de ambos el que figura como duelo, ellos me dicen que tienen la declaratoria de herederos realizada y quieren vender por tracto abreviado, es factible la compra y hacer la escritura a mi nombre? que papelería necesitaría para dicho tramite. no quiero tener problemas. muchas gracias.

    Reply
  • patricia

    Buenos Dias

    Mi pregunta Dr. es estamos terminando la sucesion de mi madre, que empezo hace 15 años, mi padre le quiere ceder una parte a mi hermano creo escuchar que es un tercio, no estoy de acuerdo, esto es asi?, lo puede hacer igual, gracias

    Reply
  • lucia arias

    holas buenas tardes dr..queria hacerles dos preguntas: 1) en casa de mi abuela nos encontramos viviendo junto a unas de mis tias.. son 5 herederos de la casa y una de mis tias ya inicio el juicio sucesorio… mi pregunta es : si o si un juicio sucesorio debe terminar en la venta del inmueble por mas que uno de los herederos n okiera venderlo?? que tiempo demora un juicio sucesorio???
    y la otra pregunta es : tenemos un terreno de mi padre que se encuentra usurpado..tenemos la escritura del mismo..pero mi papi fallecio ( estando a su nombre la escritura) hace 3 meses..podemos iniciar un juicio de desalojo contra esos habitantes ilegales?? o si o si debemos primero iniciar un juicio sucesorio antes que el juicio de desalojo??

    Reply
  • Florencia

    Estimado doctor, agradezco de este espacio para resolver algunas dudas. Al respecto de la temática, mi consulta es: ¿es necesario como condición sine qua non tener un potencial comprador del inmueble objeto de la sucesión para realizar el tracto abreviado o se puede dejar lista la petición dentro del expediente con el correspondiente auto del juez para luego poder vender (en ese caso no habría comprador a la vista) y así no pasar por doble inscripción?

    Gracias!!

    Reply
    • marcela

      me gustaria saber lo mismo xfavor. te respondio o pudiste saber la respuesta. gracias

      Reply
  • alberto

    Dr. tengo un depto. para vender con la declaratoria inscripta de herederos que somos mi hermana y yo, y el escribano me pide la escritura original que esta en el expediente archivado. dice que no es suficiente el testimonio para escriturar, esto es asi?

    Reply
  • Indira Novoa

    Buen día Dr. Quiero saber si la Declaratoria de Herederos es un papel donde indica qué tal persona puede vender tal propiedad? Mi pregunta va orientada a saber si yo, siendo concubina del único heredero debo figurar en algún papel? Gracias.

    Reply
  • carlos ariel salvo

    Dr. soy Ariel la consulta es la siguiente: mi tio abuelo fallecio hace 30 años tenia dos terrenos y mi abuelo su hermano empezo una sucesion pero tambien fallecio. Ahora mi mama se presenta como heredera hija de su hermano que seria su sobrina.mi mama ademas tiene un hermano que vive en chubut a mas de mil kilometros. Se puede hacer venta por tracto abreviado sin que intervenga mi tio que talvez no este de acuerdo en hacer algo al respecto o participar de la venta? Con declara que es hermano se puede hace la venta?.

    Reply
  • mario

    Dr. somos tres hermanos con una propiedad 50 por ciento de mi padre y el otro de un tío ambos fallecidos, tenemos las declaratorias de herederos por ambas parte, mi pregunta es que mis primos nos quieren ceder su parte, que tramite deberíamos hacer. mucha gracis

    Reply
  • Cintia

    Hola doctor mi consulta es caso de tracto abreviado de sucesión testamentaria,que tiene pedir el escribano?

    Reply
  • Felipe Gonzalez

    Buenas tarde Doctor, suponiendo que realizo la declaratoria de herederos y solicito inscribir por tracto abreviado la parte de una herencia que me corresponde lo que realizo, pero finalmente cambien las circunstancias y desee inscribir a mi nombre la propiedad, ¿hay un tiempo estipulado por la ley para permanecer dicho inmueble en modo de tracto abreviado y que vencido este supuesto plazo deba inscribirlo obligatoriamente a mi nombre o a nombre de alguien? espero haber sido claro, muchas gracias.

    Reply
  • Marilyn

    Dr una consulta. Cuanto sale de honorarios un tracto abreviado? Aparte de la taza y caja.

    Reply
  • Matias

    Hola Dr, tengo una consulta, la situación es la siguiente: Mi padre y madre fallecieron, nosotros somos 4 hermanos (pero 1 falleció, y tiene 2 hijos); es decir que somos 3 hermanos y los 2 hijos mayores de edad de mi hermano fallecido. Y estamos todos de acuerdo para vender. ¿Que deberíamos hacer para vender el inmueble que era de nuestros padres?. Saludos, y gracias de antemano.

    Reply
  • LAURA

    DR QUISIERA SABER NOSOTROS TENEMOS LA DECLARATORIA DE HEREDEROS SOMOS MI MAMA, MI HERMANA Y YO. MI PREGUNTA ES PUEDE MI MAMA FIRMAR ALGUN PODER PARA QUE NOSOTRAS QUEDEMOS COMO HEREDERAS DEL 50% CADA UNA Y VENDER LA PROPIEDAD? Y EN ESE CASO SE VENDERIA POR TRACTO ABREVIADO? MUCHAS GRACIAS

    Reply
  • Juan

    Buenas tardes! Se trata de la casa de mi abuela, ella vive…mi abuelo no, mi papá también falleció(antes que mi abuelo) y tengo una tía, es decir hermana de mi papá, esta última hizo un trato abreviado a nombre de su hijo, y nosotros no figuramos en ningún lado, esto es una maniobra fraudulenta? Y siendo que mi abuelo falleció en la ciudad de La Plata, todo esto fue resuelto en quilmes. Ese inmueble estaba como bien de familia, lo sacaron próximo posterior a intentar a mi abuela en un geriátrico, se realizó en enero del 2015. La sucesión de mi padre de inicio a fines del 2015, y este año salió la declaración de herederos. Agradecería su opción.

    Reply
    • agustina

      hola ya que no te contestan y el Dr. esde Córdoba – Primero tenes que saber si la casa estaba a nombre de tu abuelo casado para ver cuanto le corresponde a tu abuela – Si la compraron casados el 50 % es de tu abuelo y lo único que va a sucesion de tu abuelo es el 50 % restante – E cuanto a quienes heredan mitad tu padre y mitad tu tia , como tu padre no esta heredan sus hijos y cónyuges pero siempre sobre el 50 % de tu abuelo.-
      Si tu abuelo murió en La Plata la suc podía estar allí o don de lo soliciten de común acuerdo los herederos Si las cosas son como decis tu tia no declaro a tu padre y quedo como única heredera y le habra hecho firmar algo a tu abuela –
      Antes que nada saca un informe de dominio de la propiedad y que te la estudien –
      no se de donde sos pero si necesitas de La Plata averiguar algo mandame a mi correo

      Reply
  • Eliana

    Hola quería saber los papeles necesarios para tramitar un tracto abreviado de dos vehículos. La declaratoria ya está hecha. Si usted lo hace me podría pasar presupuesto.

    Reply
  • Seba

    Buen día doctor, fallecieron mis suegros. Y quedan como únicas herederas de una casa mi novia y su hermana. No se hizo ninguna sucesion todavia, y no sabemos por qué trámite empezar. Dada la situación financiera no pueden hacer la sucesión. Y a la casa hay que hacerle muchas refacciones por lo que quieren es venderla. ¿Nos podría guiar un poco de qué hacer? Si es posible esto de tracto abreviado. Se le agradecería mucho.

    Reply
  • marcelo

    hola doctor estoy interesa compra de una propiedad q el dueño adquirio por remate judicial pero lo hago a través del banco nacion e pide escritura y planos por lo q se ya esta inscripta registro propiedad la Plata pero seria x tracto se puede o tiene q tener el vendedor copia escritura anterior dueño para poder hacerla tasar por el banco

    Reply
  • Nelly

    Dr. Le hago una consulta, mi mamá heredo una propiedad de su segundo matrimonio y yo soy su única hija de su primer matrimonio y su única heredera, ella quiere dejar la propiedad a mi nombre, la sucesión está en trámite ya se hizo la declaración de herederos y sólo falta el oficio e inscripción, se puede hacer un tracto abreviado para este caso? Ya que según le dijeron a mi mamá, escriturar a nombre de ella y después hacer la donación le saldría más caro. Gracias

    Reply

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