Además del precio y la entrega del bien, la principal consecuencia del boleto de compraventa inmueble es el derecho y la obligación de escriturar. En el siguiente video te explicamos distintos aspectos de esa obligación, que se desarrolla también en este artículo.

 

El vendedor, en virtud del contrato, debe transferir al comprador la propiedad de la cosa, y como establece el artículo 1137 del CCyCN, está obligado también a poner a disposición del comprador los instrumentos requeridos por los usos o las particularidades de la venta, y a prestar toda cooperación que le sea exigible para que la transferencia dominial se concrete..

Muchas veces sucede que por falta de dinero en el momento o por otras situaciones particulares las partes realizan la venta por boleto y nunca realizan la escritura. 

Suele suceder que luego, por el paso del tiempo no haya acuerdo para escriturar o que el vendedor haya fallecido, o por alguna razón alguna de las partes se niega a firmar la escritura y hay que requerir judicialmente.

Hay que decir que la obligación de escriturar es común a ambas partes, no sólo el vendedor está obligado, sino también el comprador, debiendo ambos prestar la debida colaboración.

Lo primero que se recomienda en estos casos es contactar al vendedor o a sus herederos para que realicen la escrituración

En caso que no haya resultado, deberá requerirlo vía carta documento.

Es importante destacar que es importante que la obligación sea exigible, y que la otra parte esté en mora, por lo cual la intimación es indispensable en caso que no esté establecida la mora automática.

Asimismo, en los casos en que no hay un plazo determinado, como paso previo se deberá pedir a un juez la fijación de un plazo ante la ausencia de acuerdo entre las partes.

En caso de incumplimiento de esta obligación ante la intimación, la posibilidad que queda es realizar un juicio de escrituración, donde el juez suple al vendedor remiso y ordena la realización de la escritura. 

Hay que recordar que en la provincia de Córdoba y en otras jurisdicciones de nuestro país, hay una etapa de mediación prejudicial obligatoria, etapa a la que las partes están obligadas a concurrir bajo pena de multa.

Pero muchas veces sucede que han transcurrido más de cinco años (plazo de prescripción del código civil y comercial) de la realización del boleto de compraventa o desde que la obligación era exigible. ¿Puede entonces el vendedor o sus herederos negarse a escriturar? ¿Perdió el comprador la acción de escrituración?

Aquí hay que distinguir dos supuestos, según haya mediado o no entrega de la posesión del bien al comprador:

  1. Si nunca se hizo la tradición o entrega de la posesión, la acción de escrituración está prescripta y el vendedor podría oponer dicha defensa. 
  2. Si la tradición se realizó y el comprador ha pagado la totalidad del precio y se encuentra en posesión pacífica del  bien, la acción de escrituración no prescribe, ya que ello importa por parte del vendedor el reconocimiento tácito de su obligación de escriturar, que interrumpe el curso de la prescripción.

En caso de que por algún motivo la sentencia fuera de imposible cumplimiento, no pudiendo firmarse la escritura, el juez deberá determinar la indemnización sustitutiva.

Si tenes consultas envianos tu consulta a herreraflamencoabogados@gmail.com o por whatsapp haciendo click en el botón.

2.104 Comments

  • Guga

    Buenas noches Dr. Hace un año compre un departamento a estrenar y firme un boleto donde me dan la posesion y se comprometen a escriturar pero en el mismo no figura ningún plazo. Prometieron de palabra escriturar a los dos meses de la posesion pero paso el tiempo y todavía no lo hicieron. Se puede iniciar alguna acción legal aunque en el boleto no figure plazo de escrituracion? Gracias espero dpsu respuesta

    Reply
  • Nestor Toribio

    Hola, mi padre que aun vive, compro un terreno hace mas de 30 años, el boleto de compra venta se perdio y solo tenemos la libreta de pago sellada firmada y sin recibos, el impuesto de arba y los impuestos municipales impagos que siguen viniendo a nombre de mi padre, fuimos a hacer amojonamiento y dos manzanas incluso la calle estan alambradas y el cuidador llamo a su jefe quien dice que no podemos entrar que todo es su terreno, no pude entrar, y tuve que irme, se puede hacer algo ? puedo recuperar el terreno ? perdon la molestia, esperando su respuesta saluda atte, Nestor

    Reply
  • elina

    Hola Dr. Compre 2 lotes pagados totalmente x mi, hice 2 boletos compra-venta , pero uno a nombre de mi hoy ex pareja, puedo venderlos sin «su consentimiento» asi como estan o en su defecto escrirurar ambos a mi nombre o debo tener una cesion de su parte? Si lo hago, venderlos o escriturar (plan PROCREAR) que puede reclamarme legalmente?

    Reply
  • yenifer supelano

    Buenos días abogado, cordial saludo.
    Deseo adquirir un lote la heredera es hija única pero no cuenta con escrituras, es legal la compra.

    Agradezco su atención prestada.

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Yenifer: no tiene la escritura del terreno pero tiene la declaratoria de herederos? Ha pedido un informe de dominio para verificar la propiedad del lote?

      Reply
  • javier

    Buenos dias, he comprado un terreno alla por el año 1998, a una persona (A) que tambien lo habia adquirido por boleto a su cuñado (B) viudo, al dia de hoy los 2 fallecidos, el titular registral es una inmobiliaria lo cual reconoce al (B) ya que es quien hizo boleto directamente con ellos, este señor (B) tiene 2 hijos con vida, los cuales no tienen problemas en firmarme, hice un boleto comun, adjuntando copia de acta de fallecimiento del (B) , y de su hija, y la inmobiliaria no me lo acepto, quiero saber si se pueden oponer, o que tipo de boleto debo hacer, aclaro que la inmobiliaria me dice que debo hacer con ellos y su escribana corriendo con todos los gastos, una re apertura o un agregado de la sucesion ya que tambien esta fallecido el firmante.-

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Javier: habría que ver los boletos de compraventa para ver el tema de gastos y demás.

      Reply
  • Romina

    Hola, quiero comprar un terreno cuya vendedora tiene la escrituración por ley Pierri en el año 1997 (tiene todos los papeles en regla e impuestos a su nombre) pero no realizó la consolidación a los diez años. Ella lo compró hace 40 años mediante boleto de compraventa e hizo uso hasta la actualidad…. antes de avanzar en la negociación y pedir el informe de dominio quiero saber si es viable que yo pueda escriturar luego… Muchas Gracias

    Reply
  • Ana Laura

    el departamento tiene deuda desde 1995 hasta el dia de la fecha ya que es una suma bastante grande.

    Reply
  • Ana Laura

    Hola buenas tarde emiliano herrera, queria hacer una consulta mi papa en el año 2011 compro un departamento a compra y venta sin escriturar a la cual el departamento tiene deuda desde el año 1995 hasta 2010, la dueña de la propiedad fallecio asi que su heredero se lo vendio a mi padre. en el dia de la fecha estoy viviendo yo. pero nose como hacer para escriturar a mi nombre ya que nose nada de la persona ala cual le vendio la propiedad a mi padre. en este caso que se hace?

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Ana: pero el dueño de la propiedad era la señora que murió? Respecto a la deuda, habría que ver porque es posible que parte de esa deuda esté prescripta.

      Reply
  • Susana

    Hace 20 años se compró la casa aproximadamente. Saludos

    Reply
  • Susana

    Buenas tardes; mi consulta es la siguiente: Hace aproximadamente con mi esposo compramos una casa; tenemos el boleto de compraventa. Por cuestiones económicas no se hizo la escritura; hoy estamos separados; y mi esposo no quiere escriturar para que yo no pida el divorcio y la división de bienes. Podré escriturar yo? Obviamente manifestando mi estado civil y que figure como esposo en la escritura sin que él vaya a firmar? Para luego hacer el divorcio? Saludos cordiales.

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Susana: aunque no esté escriturado, igual se podría pedir la división de bienes, ya que es un derecho que forma parte de la sociedad conyugal.

      Reply
  • ariel

    Hola Emiliano, mi tema es el siguiente, vivo con mi mama, ella esta separada de mi papa, es decir, vivimos nos dos en la casa, mi papa, por razones que no se, llego a que le hagan un juicio y la casa forma parte de la demanda, hicimos bien de familia, pero el juicio es anterior, bien, en este caso, si mis padres se divorcian, la casa se divide en sus partes, y el juicio, altera la parte de mi mama?, se desvincula del juicio? en realidad el juicio es contra mi padre, gracias

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Ariel: habría que ver varias cosas, además de la anterioridad de la constitución como bien de familia, es algo que se puede contestar únicamente en una consulta personal con un abogado.

      Reply
  • jesus

    Dr, osea que conviene mas hacerlo de esa forma, seria mejor… lo mantendre al tanto por las dudas que me surja algo, muchas gracias

    Reply
  • Majo

    Hola. En el 83 mi mama compro un lote y lo puso a nombre de mi hno mayor que a su vez reparte partes iguales a sus 6 hnos, esto consta en el boleto de compra vta. Aun 2 vivimos ahi, jamas se pago nada ni se escrituro. Puedo pedir una moratoria y quedarme con mi casa? Gracias

    Reply
  • jesus

    Hola Dr. mi caso es el siguiente, vivimos en casa de los abuelos (ellos ambos fallecidos) de mi mujer, ella esta a cargo de su madre y su tia, desde los 18 años, las dos con un tratamiento riguroso psicologico, el tema es que nos casamos tuvimos un hijo y por razones de no dejar a su madre y tia, seguimos viviendo aca, a la casa le hemos instalado toda la coneccion de luz nueva, gas natura, cerramos el frente, instalacion de agua fria (caños nuevos) pintamos toda la casa, pucimos el pizo, compramos termotanque, cocina, heladera, (cosas basicas que no habia) ampliamos la cocina entre muchas cosas mas. el tema es el siguiente, hemos dejado mucho dinero invertido y queria saber si hay alguna posibilidad de pasar la casa a nombre de mi mujer, los tios de parte de la madre estan de acuerdo, en rentas averguamos y hay una deuda bastante alta, nos conviene seguir invirtiendo o es posible una USUCAPION? tengo entendido que uno viviendo 3 años antes del año 2009 tiene la posibilidad de hacer dicho tramite, será tan así? desde ya muy agradecido, un abrazo.

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Jesús: si los tíos de su esposa están de acuerdo, conviene hacer la declaratoria de herederos de sus abuelos y una cesión de derechos hereditarios más que una usucapión.

      Reply
  • Alicia

    Buenos días Doctor:
    Mi pregunta es la siguiente, estoy por comprar un terreno con posesión de 50 años en la provincia de córdoba. El poseedor tiene impuestos al día, si la adquiero, cuando podría hacer juicio de escrituracion?

    Reply
  • Leonardo

    Hola Doctor,mi caso es : en el 2013 fallecio mi madre,que vivia conmigo,en una propiedad a nombre de mis abuelos,yo soy unico hijo y vivo en pareja desde 1993,con una hija,yo me hice cargo de los impuestos y construi otra casa en el fondo ,donde nos mudamos con mi vieja tambien hasta que fallecio,vivi toda la vida ahi ,tengo 43 años, mi vieja tenia un hermano q fallecio hace 33 años,antes que mis abuelos,y nunca hicieron un reclamo,ni los hijos,son 6,ni la mujer,ahora que fallecio mi vieja,pueden reclamar algo?,yo puedo considerarme dueño,e iniciar un juicio de usucapion?ya que siempre me hice cargo de todo desde 1991?.Gracias

    Reply
  • Manuel

    Doctor, estoy por comprar una terreno en carácter de cesión de boleto, Nunca se escrituró porque la firma que loteo y vendió se disolvió,el actual dueño del boleto inició juicio de escrituracion que está en trámite y puede salir en un año y medio, que se debe hacer, el juicio lo debo continuar yo, lo continúa el, esto se puede hacer, comprar un boleto con un juicio por escrituracion pendiente?

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Manuel: juntamente a la cesión del boleto, hagan la cesión de los derechos litigiosos. Tengan en cuenta que ésta se debe hacer por escritura pública.

      Reply
  • silvia

    Hola,compre un inmueble hace casi 13 años,tengo un boleto compra/venta firmado por la dueña,quien ya padecia una enfermedad y por la cual fallece antes de hacer la escritura,tiene un hijo mayor unico ,mi duda es como hacer para escriturar…gracias.

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Silvia: van a tener que hacer la declaratoria de herederos de la señora para poder escriturar.

      Reply
  • Roberto

    Doctor gracias por atenderme..el caso es que hace 7 años vendí por boleto un departamento en prov,. Bs As, resulta que el comprador no quiere escriturar, pero a dos por tres tengo cuestiones de intimaciones por deudas de expensas y demás.. a todo esto esta también el riesgo impositivo ya que para el fisco tengo un inmueble por el cual tengo que pagar bienes personales etc. y que además no puedo justificar… ¿como obligo al comprador a escriturar , hay forma?

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Roberto: hay que hacer una intimación por carta documento para escriturar, vaya a un abogado con el boleto para que le redacte una intimación. En caso de que el comprador no cumpla con su obligación luego de esa intimación, estará en mora y podrá ser demandado para que escriture, debiendo hacerse cargo de las costas y demás. Saludos.

      Reply
  • margarita

    Buenas tardes Dr., en el año 2004, compramos el 50 % de un dto en la costa, el mismo era de un familiar mio y un amigo, al fallecer este ultimo, heredan dos hermanos, uno de ellos residia en Europa, firmamos boleto con posesión, pagado totalmente y esperando un poder de Europa, fallece el vendedor. Escrituré el 25%, del hermano que vivia en Bs As y el otro 25%, no pude, dado que los herederos, A PESAR DE TENER MUY BUENA VOLUNTAD, no hacen sucesión porque viven todos en Europa. Mucho agradecería que me informara como seguir, para poder escriturar como corresponde.

    Muchas gracias,

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Margarita: el vendedor propietario del 25% restante que falleció tenía domicilio en Europa?

      Reply
  • melisa

    hola ,que tal Dr le comento …mis padres adquirieron una vivienda que ellos mismos tenian que construir ,todos los materiales y terreno fueron donados por la municipalidad de bahia blanca,mis padres estan separados ,pero siguen casados,nunca se divorciaron …a mi mama la canso tanto(problemas) con la casa, que ella se fue y el se quedaba con la casa y en esta vive actualmente una hermana de 17 años ,el metio a su pareja e hijos de esta a vivir en la casa,yo quisiera saber si mi mama o hermana puede iniciar la escrituracion de la casa ,para que el dia de mañana,si a mi papa le llegara a pasar algo la pareja no se quede con la casa.yo en mi poder tengo el convenio que firmaron mis padres con la municipaliad y en ese entonces intendente (en este dice:a los adherentes en calidad de tenedores precarios)espero su respuesta ,gracias.

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Melisa: habría que leer ese convenio para ver si habilita a realizar alguna acción para exigir la escrituración. Llevelo a un abogado para que lo analice.

      Reply
  • Micaela

    Dr, buenas noches antes que nada, le explico cual es mi situaciòn, yo compre un terreno en el 2007 en Dock Sud, a mi me costo mucho comprarlo y resulta que el vendedor me dice qu esta un juicio porque alli exiten unos ocupantes y yo compre igual porque me dijeron que ese juicio terminaria pronto, ahora el dia 11 tenemos una audiencia con los ocupantes y el juez, mi abogada no sabe decirme, pero que no me cedieron los derecho litigiosas seria un problema? ya que el propietario anterior no me cedio los derechos litigiosos y ahora no quiere hacerlo, el titulo del terreno esta a mi nombre pero el juicio de desaloja a nombre del que me vendio, es posible que se lo entreguen a el siendo yo el titular de dominio.?
    Muchas gracias por su respuesta.

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Micaela: disculpe, pero sería una falta de ética de mi parte opinar de un juicio que lleva una colega, ella conoce el expediente, todas las dudas siempre hay que dirigirlas al abogado que tiene su expediente.

      Reply
  • Cecilia

    Buenas tardes Doctor, quisiera saber si puedo escriturar un terreno que es copropiedad, es decir un solo dueño que posee dos manzana vende 50 terrenos de iguales medidas, ellos me dicen que si lo puedo escriturar y si pongo una casa industrializada deberé levantar 1 metro de ladrillos para que la municipalidad me apruebe el plano, mi pregunta es si yo compro el terreno cuanto tiempo lo puedo escriturar y si es verdad de los muros para la casa me la tomen en los planos.
    Gracias

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Cecilia: tiene que ver bien el contrato de venta, ya que el vendedor debería hacerse cargo de subdividir los lotes que tiene.

      Reply
  • Luisina

    Doctor, que accion corresponderia iniciar y contra quien, si soy compradora por boleto de un inmueble, habiendo entre el titular registral y yo, tres boletos sobre el mismo inmueble, siendo yo la cuarta compradora por boleto , aclaro que no son cesiones de boletos, solo boletos de compraventa. Gracias

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Luisina: es una acción de escrituración, por más que no estén nominados como cesión, en la práctica se pueden considerar como cesiones y se puede pedir la escrituración al titular, siempre y cuando tengas todos los boletos de compraventa.

      Reply
  • jorge

    Mira Lic. Tengo en mi poder el contrato de compra venta de un terreno ya se venció el plazo de pagos y no lo finiquite por que resulta que el dueño del terreno ya no apareció al parecer sufrió un secuestro y la familia ya no quiso recibir ningún dinero de esto ya hace mas de un año osea que no se termino de pagar puedo tramitar mi escritura con ese documento que poseo ya que construí y quiero seguirle pero quien me asegura que no voy a perder todo lo que ya hice en el terreno es un terreno que se fracciono y se hizo una colonia nueva y la mayoría de los predios están en la misma situación que puedo hacer Lic. Por tu atencion muchas gracias.

    Reply
  • Beatriz

    He comprado un departamento hace tres años y he firmado un boleto de compraventa certificado ante escribano. Lo estoy ocupando desde ese entonces porque pague el precio total de dicho inmueble. Pero el vendedor por causas que desconozco no me otorga la escritura. Debo pagar las expensas adeudadas? Debo iniciar juicio de escrituracion?
    Muchas gracias

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Beatriz: si, habría que ver lo que dice el contrato de compraventa de las expensas igualmente. Y respecto a la escrituración, lo primero es hacer una intimación por carta documento, lo tendría que hacer un abogado.

      Reply
  • Andrés

    Quería consultarle por el siguiente tema. Hace 20 años mis abuelos nos regalaron a mi hermana y a mi 2 terrenos y años mas tarde mi padre se lo vendió a una persona que aún sigue viviendo allí, pero que solo tiene un boleto de compraventa simple y no escrituró. Hoy debe impuestos tanto municipales como provinciales y por supuesto están a mi nombre y de mi hermana. Ya me puse en contacto reiteradas veces con el comprador, incluso le he mandado cartas documento, pero no hay caso. Debo iniciar juicio? Tengo la escritura en mi poder, si no escritura que pasa? Muchas gracias

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Andrés: si, habría que analizar la posibilidad de iniciar el juicio de escrituración. Ante el incumplimiento de la otra parte de su obligación, es el camino a seguir.

      Reply
  • Soledad

    Hola dr. Herrera le comento la situación de mi padre. Es dueño de un local comercial (es un solo local pero en los registros figura como local7 y local8) hace mas de 20 años (con escritura pública), siempre se lo alquilo porque no vivimos en esa provincia (bsas-tandil). Hace 1 año falleció el último inquilino, y desde allí que no pagamos rentas. Mi hermano fue hace unos días a rentas con intención de averiguar cuanto se debe y poner abonar, a lo que le respondieron: del local7 se debe $… y el local 8 se encuentra vendido desde el año 2011 a persona x, quién aclaro que si bien habia comprado el inmueble, las boletas debian seguir llegando al dueño anterior porque ese fue el arreglo. Nunca vendimos el local, ni contemplamos la idea, no conocemos al supuesto nuevo dueño. Mis inquietudes son: al presentar solo la escritura y dni mi padre puede comprobar que sigue siendo el unico dueño o se necesita otro tramite?. En cuanto a la responsabilidad de rentas se puede accionar?, ya que creo que no puede ir una persona y decir que es dueño sin escritura y que lo registren. En cuanto al supuesto nuevo dueño que medidas tomar?. Espero que me pueda orientar. Desde ya, le agradezco por su tiempo.

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Soledad: puede ser un error, han pedido un informe de dominio al registro de la propiedad?

      Reply
  • YSABEL

    Hola,en el año 2007 compre un inmueble lo hicimos con boleto de compra venta en el cual el vendedor me transmite el poder irrevocable x 50 años ,que le dieron a el las vendedoras, estas herederas del inmueble ,o sea (soy la segunda compradora),ahora quiero escriturar pedi un estado de Dominio y las titulares son las herederas,no las puedo ubicar dicen estar fuera del pais..,mi pregunta es si con ese Testimonio del boleto de compra venta puedo escriturar?de la sucesion solo tengo los autos ,no tengo nº de expte , ni legajo,y quiero escriturar para vender. Muchas gracias. Saludos cordiales.

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Ysabel: si, se puede, hay que ver lo que dice el boleto de compraventa, la fecha del mismo, etc. Tendría que acercarse a un abogado para que analice cuál es la mejor vía.

      Reply
  • Mayan

    Hola Dr.en marzo del pasado año a mi amiga le remataron el 50% de su propiedad de mutuo acuerdo yo me presento en subasta y con su dinero (amiga),,,oferto y gano la subasta,,ya tengo posesión del inmueble,,,yo ahora deseo y es mi obligación q ese inmueble vuelva a ser de EELA en su totalidad q debo hacer antes de escritura,,,.. Esta con muy poco dinero!!…hay alguna nota o poder q pueda yo hacer a su beneficio,, x si cualquier cosa me sucediera???desde ya mil gracias!!!!

    Reply
  • Ariwl

    Que tal doctor? Preguntó desde lo más profundo de mi ignorancia. Me ofrecen una casa con un terreno pequeño y me ofrecen sólo un boleto compraventa. Hay posibilidades luego de escrituraria como es debido? Que recaudos debería de tener? Gracias.

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Ariel: pedir un informe de dominio para ver que la persona que aparece como vendedor en el contrato de compraventa es el titular real.

      Reply
  • adrian

    que tal doc una consulta si es tan ambable compre un terreno hace tiempo por medio de inmobiliaria y tengo boleto «figura como cesion de boleto» y todo legal, pero no escriture ya que al final no necesite el terreno, ahora lo quiero vender: 1 que tendria que hacer un boleto tal cual me hicieron ami con cesion y 2 en el caso que sea factible el punto 1, al que le vendo yo luego si quiere escriturar puede hacerlo con el dueño original
    osea A dueño original B yo C tercero —— como seria C puede directamente reclamar a A yo para saber y orientar a mi comprador. (o A puede decir que no le vendio a C) yo a C le entregaria copia de mi boleto donde figura A como dueño………espero que me haya entendido gracias…..espero respuesta

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Adrián: si, siempre que el comprador esté de acuerdo, usted puede ceder su posición contractual, también es importante notificar al vendedor de la cesión. Saludos

      Reply
  • Cristian

    Hola Dr. tengo una consulta sobre una situación que tengo. En el 2007 se firmo el boleto de compra venta de un terreno. Por problemas personales tuve una inhibición de bienes y esta persona no pude escriturar. Pasaron algunos años y esta persona inició un juicio de escrituración que ya tuvo sentencia y está en las instancias finales según entendí de leer el acta. Ahora bien, esto esta claro que esta persona va a escriturar pero mi gran duda viene por el impuesto inmobiliario. A partir de que se firmó el boleto de compra venta dejé de pagar esos impuestos y ahora ARBA me embargó el sueldo para cobrar la deuda. Como debería proceder? La deuda a quien corresponde? Otro punto que no mencioné es que esta persona sabiendo que podrían haber problemas no escrituró a los 30 días de haber solicitado el informe de dominio. Desde ya gracias.

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Cristian: respecto a que lo último, sobre la culpabilidad de la no escrituración, deberías haberlo planteado oportunamente en el juicio de escrituración. Respecto al impuesto inmobiliario adeudado, sí podrías reclamar, de todos modos habría que leer el contrato de compraventa para ver si establece algo al respecto.
      Saludos.

      Reply
  • ana María

    buen día dr, le hago una pregunta,yo adquirí con mi marido que falleció un terreno en el año 1972, dicho lote lo adquirí a través de un convenio proconsorcio(que ya no existe),en el cual nos comprometemos a pagar cuotas,finalizadas las cuales el vendedor se obliga a escriturar, ya se efectuó el pago sin embargo nunca se hizo escritura,que debo hacer,debo iniciar juicio de escrituracion o sucesión previa ? aclaro queactualmente vivo en otra casa,ahí continúa mi sobrino

    Reply
  • veronica

    hola doctor me gustaria saber en que articulo o ley esta que se puede alquilar siendo hijo unico aunque no este terminada la sucecion porque el abogado penalista dice q es estafa

    Reply
  • walter

    Dr.Herrera mi consulta es la sig. Firme un boleto por la venta de mi dpto.y el comprador me entregaba otro en parte de pago. Asi figura en boleto. Al momento de escriturar me entero que vendio el dpto. Que daba en parte de pago. En el boleto decia que se harian las 2 escrituras juntas. Al haber vendido el comprador ese dpto.no pudo concretarse la operacion. Y ahora me inicia juicio de escrituracion. Ademas de no haber pagado el precio total no cumplio con clausulas boleto. Y el juicio lo inicia en 2010 siendo el boleto del 2004 y nunca le di posesion. Gracias

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Walter: pero es sencillo contestar esa demanda, ya que hay un incumplimiento de la otra parte.

      Reply
  • gloria

    hola doctor! hace 19 años adquirio mi ex marido una casa por medio de infonavit el vivio solo 2 años conmigo en el 2001 nos separamos y hasta el 2005 logre el divorcio desde ese tiempo los gastos de casa corren por mi cuenta .el caso es que infonavit no tiene como ni podemos escriturar porque los terrenos pertenecen al municipio.ya lleve un juicio de usucapión desde hace 3 años pero me la denegaron este año por que el lic fundamento muy mal la demanda y obvio el Lic ya no me da la cara ,mi pregunta es si puedo iniciar un nuevo juicio y que posibilidades de escriturar tengo,me comentan que un notario puede darme una carta de posesión esta puede favorecerme para que pueda escriturar.que puedo hacer ayuda por favor.de antemano muchas gracias por su atención.

    Reply
  • gloria garcia molina

    hola doctor! hace 19 años adquirio mi ex marido una casa por medio de infonavit el vivio solo 2 años conmigo en el 2001 nos separamos y hasta el 2005 logre el divorcio desde ese tiempo los gastos de casa corren por mi cuenta .el caso es que infonavit no tiene ni podemos escriturar poque los terrenos pertenecen al municipio.ya lleve un juicio de usucaption pero me la denegaron por que el lic fundamento muy mal la demanda y obvio el Lic ya no me da la cara ,mi pregunta es si puedo iniciar un nuevo juicio y que posibilidades de ganar tengo.que puedo hacer orienteme por favor.

    Reply
  • sonia

    Dr,le hago la siguiente consulta compre x boleto compra venta lote con fecha de escriuracion en octubre, en 3 meses, quisiera saber si al momento de escriturar puedo poner como titular del dominio a mi hija menor de edad. Como donacion, siendo ella la propietaria del mismo, con clausula se usufructo a mi favor. Desde ya muchas

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Sonia: si, se pueden hacer escrituras simultaneas y en el mismo acto hacer la venta y la donación.

      Reply
  • alfredo

    bs tardes doctor soy alfredo hace 2 meses compramos una casa con una cesion derechos y acciones el q nos vendio tiene otra cesion del 2008 estuve averiguando sobre el titular del terreno q la vendio en 1957 y estarian fallecidos queria saber si puedo hacer la escritura o que otro tramite puedo hacer

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Alfredo: si hicieron una cesión de derechos y acciones, para tener el título vas a tener que iniciar un juicio de usucapión.

      Reply
  • Fabiana

    Hola doctor, mi consulta es la siguiente, si se vendió una propiedad en santa teresita (partido de la costa) se firmo boleto compra venta y se le dio un poder por cuatro años firmado por la parte vendedora a la martillera para que hiciera los tramites correspondientes a la escrituracion, y hace unos días apareció la martillera que había comprado para avisar que hagamos un nuevo poder para poder escriturar ya que no pudo hacerlo, pero la parte vendedora se ve afectada hace largo tiempo ya que no se pagan servicios e impuestos y eso provoco un perjuicio a la parte vendedora y ahora no quiere hacer ningún poder mas y quiere hacer valer la clausula del boleto que habla sobre la mora y quiere hacer cumplir su derecho y exigir el doble de la suma percibida o los 30 dolares de multa diaria de acuerdo a lo firmado en el boleto. Que posibilidades hay de poder realizar y hacer valer esta clausula? Muchisimas gracias

    Reply
  • David

    Hola, mi consulta es la siguiente: Vendí un lote mediante boleto hace 35 años; el comprador nunca escrituró pese a que en el mismo se aclaraba que se deberia escritura como máximo a los 360 días de laejecución del boleto. El comprador ha desaparecido de la faz de la tierra, nunca pago ningún impuesto, de hecho ya sufrí dos intimaciones de arba y los tuve que pagar yo por amenaza de embargo por arba, para quién sigo figurando yo como dueño y pagué todo (arba y municipal hasta 2015). Como deberia hacer para quedarme otra vez con dicho terreno de manera legal.Gracias . David

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      David: si el comprador ha mostrado total desinterés y abandonado el terreno, sin poder ubicar su paradero, teniendo vos el título, simplemente recuperando la posesión del terreno ya podrías disponer del mismo.

      Reply
  • Alejandro

    Hola Doctor, mi consulta es la siguiente, hace 12 anos vendi un departamento y ya esta cancelado, resulta que sali de garante de mi hija y hace unas semanas me salio el embargo preventivo de esta propiedad que no es mia ya la vendi hace 12 a;os pero nunca se la escrituro.
    saludos

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Alejandro: dado que el afectado es el comprador, él debe presentar una tercería para que se levante ese embargo, ya que tiene un mejor derecho sobre ese bien.

      Reply
  • Micaela

    Hola, lo felicito por la página, me ha sido de mucha utilidad. Quería realizarle una consulta. En el 2004 mis padres compraron un casa en un terreno subdividido. Realizaron el boleto de compraventa y luego escrituraron. Todo en orden. En ese mismo año el dueño también vendió la casa ubicada en la otra parte del terreno subdividido, ellos realizaron solo boleto de compraventa y nunca escrituraron. Estos vecinos vivieron unos años en esa casa y luego se mudaron a otra provincia. Hace unos día se comunicó con mis padres el dueño anterior pidiendo información sobre el vecino al que él le realizó la venta porque necesitaba contactarse ya que nunca escrituraron y él aparece en el veraz, consecuencia de las deudas de esa casa que aún figura a su nombre. Mi pregunta es la siguiente, yo quisiera comprar esa casa, es muy problemática la situación? Tengo que resolverlo con el dueño que tiene la escritura a su nombre o con el que tiene el boleto de compraventa? Las deudas que se generaron también pueden ser un problema?

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Micaela: lo más prolijo sería acordar con ambos, ya que eso evitaría cualquier tipo de conflicto futuro. Después si es imposible contactarse con los compradores, vean la otra opción, pero recomendaría que trates de comprar la casa a los compradores, así todas las partes quedan tranquilas.

      Reply
  • Yamila

    Muchísimas gracias por su respuesta!! Le agradezco mucho.. Y con un compra\ venta necesitó la firma de mis hermanos? O sólo puedo arreglar con mis padres??

    Reply
  • Yamila

    Hola doctor! Le comentó mi situacion, mis padres de palabra me dieron un terreno que esta ubicado en la parte de atras de su vivienda! Mi casa esta casi finalizada! Y hoy por hoy no puedo escritura debido a que ellos y mis hermanos no quieren firmar mi escritura! Increíble no? Puedo hacer algo al respecto? Le agradezco su atención! Saludos

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Yamila: no, porque la donación solamente se realiza por escritura pública, hasta que no la realizan, no tiene validez, y no tenés ninguna acción para exigir el cumplimiento de la promesa.
      Por ahora sólo tendrías la posesión del terreno, pero para tener el dominio vas a necesitar que realicen la escritura.
      Saludos.

      Reply
  • Jose luis

    Hola mi consulta es hace 4 años compre un terreno boleto a una empresa sin escritura hace 2 años me dieron la posesion del terreno,empeze a construir y ahora salio la escritura y la escribana me quiere cobrar la escritura con lo q tengo construido.
    Eso es asi? Y si es asi deberian haberme dicho antes de empezar a construir?
    Compre un terreno y ahora debo escriturar una casa?

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      José Luis: la escritura debe hacerse por el precio de venta que tiene el contrato, siempre que se ajuste a la realidad.

      Reply
  • Noelia

    Buenas noches mi consulta es la siguiente mi pareja compro en el año 2012 un inmueble baldío por medio de una cesión de boleto de compraventa y posee los siguientes antecedentes de dominio en orden cronológico división de condominio (año 1973), boleto de compraventa (año 1997) y cesión de derechos y acciones (año 2004) y por último su cesión de boleto. La última titular con escritura registrada esta fallecida como así también la persona a la cual le había otorgado un poder, mis consultas son las siguientes que conviene hacer un juicio por escrituración o usucapión y en el boleto del año 1997 una de las cláusulas dice que la escritura debe realizarse en una determinada escribanía pero dicha cláusula no se trascribe ni menciona en las posteriores cesiones (año 2004 y 2012) entonces puedo realizar la escritura por medio de otro escribano. Desde ya muchas gracias. Saludos.

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Noelia: si los herederos están dispuestos a escriturar, lo más facil es que hagan la declaratoria y escrituren. Es la primera opción que hay que intentar antes de empezar a plantearse un juicio de usucapión. Descartada esa opción, se puede ver el camino a seguir.
      Saludos.

      Reply
  • Facundo

    Dr. Una consulta. Que pasa si se hizo una cesion gratuita de acciones y derechos hereditarios por instrumento privado hace un tempo. Y ahora el cedente no quiere firmar la escritura para presentarla en el juicio sucesorio. Gracias. Saludos

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Facundo: esa cesión no tiene ningún valor, ya que no cumple con la forma establecida por la ley.

      Reply
  • cristian

    Buen dia doctor…en mi caso hice un juicio de escrituracion y salio a mi favor, tengo en mano la escritura judicial, mi pregunta es… ahora como sigue el tema?…tengo entendido que esa escritura hay que enviarla a algun lugar para obtener el titulo de la propiedad…puede ser??? Gracias desde ya por su tiempo

    Reply
    • Dr. Emiliano Herrera

      Cristian: consulte con el abogado que le llevó el juicio, si ya hay un profesional interviniendo no corresponde asesorar por este medio. Disculpas.

      Reply

Leave a Comment

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Herrera & Flamenco Abogados

El Estudio Jurídico tiene sede en la ciudad de Córdoba en la oficina ubicada en la calle Arturo M. Bas 136 piso 6 of. C. Está conformado por un equipo de profesionales caracterizado por su capacitación, y el compromiso con sus clientes para darles los mejores resultados posibles. Brindamos atención personalizada a todos y cada uno de nuestros clientes. Consultas al teléfono: (0351) 7724728 o al correo herreraflamencoabogados@gmail.com