Llegan muchas consultas al blog sobre el régimen de pasantías, una de las principales es si al pasante le corresponde vacaciones.

Es un tema de respuesta complicada, ya que en la ley no está demasiado claro. La ley y la reglamentación se refieren al régimen de licencias en general y remite al ámbito personal del convenio colectivo de trabajo aplicable a la empresa. La reglamentación exige que en el acuerdo individual de pasantía se identifique el convenio colectivo aplicable al personal. Se deduce entonces que las vacaciones que estén reguladas en convenios colectivos serán extensibles a los pasantes en las mismas condiciones. En la reglamentación de la ley anterior, expresamente el artículo 9 del decreto 1227/2001 decía que les correspondía a los pasantes contratados por un período de un año o más gozar de un receso anual de 15 días corridos sin reducción de la compensación dineraria.

En el caso en que las vacaciones no estuvieran contempladas expresamente en el convenio colectivo, la situación se complica un poco más porque habría que ver si en el texto existe una norma que remita a la aplicación complementaria de la LCT o la ley de empleo público aplicable al organismo empleador.

De todos modos conviene tener en cuenta que la retribución que recibe el pasante es una asignación estímulo y no un salario. También tener en cuenta que ahora el plazo máximo de la pasantía es de un año, renovable por seis meses más, por lo cual al año ya estaría asegurado el descanso anual. El problema de interpretación viene de la ambigüedad de la expresión licencias que usa el legislador tanto en la ley como en la reglamentación, no haciendo en ningún caso referencia expresa a vacaciones. Es un tema que tampoco tiene decisiones jurisprudenciales que marquen el camino en la interpretación, al ser la ley relativamente nueva.

17Comentarios

  • Karen

    Si realizo una pasantía y al mismo tiempo tengo un trabajo en blanco. ¿Por esta razón debo declarar ganancias o realizar algún otro procedimiento?

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  • Fabiana Velázquez

    Pero como puede estar asegurada las vacaciones? A mi me renuevan cada 6 meses. Y no tengo entre renovación «dias de descanso »
    Empecé haciendo una pasantia en el Tribunal de faltas de tucuman, en abril 2019, fue hasta 31 de junio. El segundo contrato es de 01/07 hasta el 31/12/19. De ahí nos hacen otra renovación inmediatamente. No tengo días libres y si fuera por la repartición no me van a dar las vacaciones. Así que estoy buscando algo más concreto, desde que escribió esto hasta la fecha, no salió algún fallo ? Decreto ?gracias

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Justamente, un problema muchas veces es que el Estado, ya sea nacional, provincial o municipal quien debería ser el primero en cumplir la ley, es el que más la viola con modalidades laborales ilegales.

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  • Martin

    Buenas tardes,

    Hago una pasantia hace un año y un mes, en la cual me tomo siempre que rindo el día por examen. Recién este año me dijo mi jefa que solo me corresponden 10 días de examen por año (en el cual el año pasado me tome mas de 10 y nunca me dijo nada) como seria ese tema?

    Desde ya muchas gracias.

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  • evelin

    Buenos días, mi consulta es la siguiente. Al día de la fecha me encuentro trabajando y estudiando. Estoy en el ultimo año de la carrera, donde debo realizar practicas profesionalizantes lo que me tomara un mes.
    Ahora bien, en mi trabajo deben darme esos días o solo puedo tomarme días por examen o algo por el estilo?
    Desde ya muchas gracias.

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    • Dr. Emiliano Herrera

      Hola, no, no hay licencia por esos motivos. Tu empleador no va a pagar un mes de sueldo mientras hacés pasantía en otro lado, en todo coordina con tu trabajo por tema horarios o licencia sin goce de sueldo. O busca un lugar de pasantía con horarios flexibles.

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  • yeye

    hola tengo una consulta yo entre como pasante en marzo de 2011 durante un año y medio. Quede en blanco en septiembre 2012 hasta el dia de hoy. Este año cumpli 5 años. quisiera saber si las vacaciones me corresponden por 21 dias o el tiempo de pasante no suma?

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  • Agustina Oliva

    Hola! Tengo una consulta.. fui pasante seis meses, renuncié y no me quieren pagar las vacaciones. Me dijeron que no teníamos relación laboral al ser pasantía y por ende no me corresponde cobrarlas. Es así? Gracias!!

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  • Lula

    Hola Jorge,en tu caso no tendrías vacaciones ya que hace un mes que ingresaste,ni siquiera en un trabajo firme,al menos que arregles con la empresa.

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  • jorge

    Buenas ? Una consulta ? Estoy haciendo las pasantias en mi trabajo ya tengo un mes y me toca salir de vacaciones, como se aria en este caso ?

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  • Lucìa

    Hola, quería saber cómo había resultado en sus casos el tema de las vacaciones durante la pasantía. Finalmente les dieron los días?
    Gracias!!!

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  • Laura

    Quisiera saber cual es el regimen que regula las paasantias de estudiantes extranjeros. Tengo un establecimiento agropecuario y me proponen recibir estudiantes de español que desean hacer pasantias en el campo. Que legislacion regula esto? que tramites deberia hacer? que cosas tengo que tener en cuenta?
    Muchas gracias
    Laura

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  • Ezequiel

    Hola mi nombre es Ezequiel, estuve leyendo las respuestas anteriores y quiero volver a preguntar sobre el tema de las vacaciones. Yo trabajo en un hotel de cadena, estoy en blanco, tengo contrato por 1 año, y entre a trabajar mitad de octubre de 2011. quería saber si por ley de pasantías me corresponden días de vacaciones o si esos días son proporcionales a los días que trabaje. Muchas gracias.

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  • Lucia

    Estoy yendo a una serie de entrevistas para entrar a una empresa como pasante y por lo que veo es muy factible que quede. Lo que me gustaría saber es si en caso de entrar puedo llegar a pedir o me pueden dar vacaciones proporcionales a los días trabajados en el período de verano.

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  • Ramiro

    Muchas gracias por la informacion, resulta muy util y es muy grato que la hagan publica de esta forma, tan accesible para todos
    saludos
    Ramiro

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  • Bitacoras.com

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